Para enmendar los Artículos 3.5, 7.1, 7.2 y 7.3 de la Ley 2-2018, según enmendada, conocida como
"Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico", para fortalecer la capacidad de nuestro Gobierno
de lograr mayor fiscalización, mejorar la comunicación interagencial y asegurar la implementación
adecuada de las leyes en el procesamiento de casos de corrupción; para ordenar la actualización de
las normas o reglamentos necesarios para el cumplimiento de estas nuevas disposiciones; y
para otros fines relacionados.