“Para enmendar el Artículo 7.04(a) de la Ley Núm. 20 del 10 de abril de 2017, según enmendada,
conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, para añadir un nuevo
inciso 20 a los fines de disponer que el Negociado de Investigaciones Especiales, tendrá jurisdicción
concurrente para investigar casos de explotación financiera de adultos mayores en los que estén
involucrados personal de un establecimiento residencial, hogar sustituto o institución dedicada al
cuido de adultos mayores durante las veinticuatro (24) horas del día o parte de éstas; y para otros
fines relacionados.”