Qué propone
Enmienda el Artículo 1 de la Ley Núm. 7 del 24 de julio de 1952 para establecer un nuevo orden sucesorial en caso de vacante del cargo de Gobernador, donde primero pasaría al Presidente del Senado y luego al Presidente de la Cámara de Representantesantes si el Secretario de Estado no pudiera asumir el cargo. Este orden se aplica tanto para ausencia como para impedimento temporal del Gobernador.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Referido a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, donde fue emitido un informe negativo en noviembre de 2025.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Inicia sesión para comentar y reaccionar.
Sé el primero en compartir tu opinión sobre esta medida.