“Para enmendar los incisos de (a) y (d) del Artículo 2.035 y los incisos (b) e (i) del Artículo 2.036
de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, con el
propósito de atemperar los estándares de adquisición de los gobiernos municipales con los del
gobierno federal.”