“Para enmendar las Secciones 1033.15 y 1101.01 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida
como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico", con el propósito de establecer,
dentro de cada año contributivo, una deducción especial para individuos equivalente a los gastos
incurridos en servicios médicos veterinarios, incluyendo los costos de medicamentos recetados
para la prevención y tratamiento de sus mascotas; clarificar que los refugios privados, santuarios
y organizaciones dedicadas al rescate de animales, debidamente registradas como entidades sin
fines de lucro bajo las leyes de Puerto Rico, estarán exentas de tributación; y para otros fines
relacionados.”