“Para enmendar los incisos (b) y (c) de la Sección 3 del Artículo 6 de la Ley Núm. 72-1993, según
enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, a los
fines de excluir a los municipios de la participación y responsabilidades del pago de primas en
aquellos casos que los empleados municipales opten por utilizar la aportación patronal para
beneficios de salud a través del Plan de Seguros de Salud de Gobierno de Puerto Rico; y otros
fines relacionados.