Qué propone
Enmienda el Artículo 1 de la Ley Núm. 263-1998 para establecer que las becas concedidas por concepto del pago de matrícula a los cónyuges supérstites y hijos menores (21) años, o mayores de veinticinco (25) años que estén cursando estudios post-secundarios de policías estatales o municipales fallecidos, cubrirán el 100% del costo de la matrícula. La medida también requiere que el Superintendente de Policía coordine con las autoridades para adoptar reglamentos necesarios.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada por el Senado el 4 de mayo de 2026 y remitida a la Cámara de Representantes, donde está pendiente de primera lectura.
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