Para enmendar la Sección 2032.01 del Capítulo 2 de la Ley Núm. 60-2019, conocida
como el "Código de Incentivos de Puerto Rico", según enmendada, a los fines de añadir
un nuevo inciso (f) que cree el Programa de Clusters Médicos como actividad elegible
para incentivos; establecer exenciones de hasta el 100% en arbitrios de construcción para
proyectos de clusters médicos que incluyan al menos tres consultorios especializados;
condicionar dichas exenciones al intercambio estatutario de contratar al menos el 70% de
mano de obra local por un término definido de cinco años; requerir fiscalización estricta
por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC); promover la
descentralización de servicios médicos especializados alrededor de la isla; y para otros
fines relacionados.
Medida·Senado·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Aprobada→Ley
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
Enmienda la Sección 2032.01 del Capítulo 2 de la Ley Núm. 60-2019 para crear el Programa de Clusters Médicos, que permite exenciones de hasta el 100% en arbitrios de construcción a proyectos que incluyan al menos tres consultorios especializados, con un compromiso de contratar al menos el 70% de mano de obra local durante cinco años. Este programa busca descentralizar servicios médicos y promover la equidad en el acceso a salud.
Pros
•Permite exenciones del 100% en arbitrios de construcción para proyectos de clusters médicos que incluyan al menos tres consultorios especializados.
•Promueve la descentralización de servicios médicos, lo cual puede mejorar el acceso a la atención médica en regiones menos desarrolladas.
Contras
•Puede generar una pérdida fiscal inicial de $1-3 millones por año, según estimaciones de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa.
•Requiere un compromiso de contratar al menos el 70% de mano de obra local durante cinco años, lo que puede ser un requisito difícil para los inversores.
Intereses en juego
Beneficia a:
Los clusters médicos y las regiones donde se instalen estos proyectos, ya que podrían recibir inversiones y mejorar el acceso a servicios médicos especializados.
Los municipios, que podrían perder ingresos por arbitrios de construcción, y los inversores, que deben cumplir con el compromiso de contratar mano de obra local.
Quién paga o decide:
El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) se encargará de la fiscalización estricta del programa. Los municipios perderán ingresos, pero no especifica quién financia el costo adicional de las exenciones.
En qué va
Referido a Comisión(es) en la 20oa Asamblea Legislativa del Senado de Puerto Rico. No recomendada la aprobación por la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo el 17 de abril de 2026.
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