Qué propone
Enmienda los Artículos 67, 69, 70 del Código Civil de Puerto Rico y los Artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración para el Sustento de Menores. Establece que la obligación de proveer y reclamar alimentos a favor de menores surge desde el nacimiento, no durante la gestación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Referido a la Comisión de lo Jurídico del Senado el 20 de enero de 2026, donde no se recomienda su aprobación.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
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