Para enmendar el Artículo 41.050 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de extender los límites de responsabilidad civil por impericia médico-hospitalaria a los que está sujeto el Gobierno de Puerto Rico, al Doctors’ Center Hospital San Fernando de la Carolina y a cualquier otro hospital cuyo dueño sea un municipio o el Gobierno de Puerto Rico, sus dependencias o instrumentalidades, independientemente de que dichos hospitales sean operados o administrados por una institución privada; y para otros fines relacionados.
Pros
- •Permite a los hospitales públicos, como el Doctors’ Center Hospital San Fernando de la Carolina, operados por entidades privadas, protegerse legalmente contra demandas civiles relacionadas con impericia médica-hospitalaria.
- •Actúa como un incentivo para el reclutamiento o retorno de especialistas y subespecialistas que hayan optado por ejercer fuera de Puerto Rico, retener profesionales médicos y mejorar la calidad del servicio en los hospitales públicos.
Contras
- •Puede generar un costo adicional para el Gobierno de Puerto Rico y los municipios, ya que estos tendrán que asumir la responsabilidad financiera por las acciones de los profesionales de servicios de salud.
- •Aumenta el riesgo legal y potencialmente financiero para los hospitales públicos, lo que podría afectar su capacidad para tomar decisiones en cuanto a la administración y operación de sus instalaciones.
Última acción: 20 abr 2026