GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 1ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 34
INFORME POSITIVO
23 de junio de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 34, tiene a bien recomendar su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 34 tiene como propósito adoptar la “Ley del Programa de Rehabilitación de Comunidades Terapéuticas”; autorizar la implementación del modelo de rehabilitación concebido bajo el denominado Programa de Rehabilitación de Comunidades Terapéuticas en aquellas instituciones penales que así lo entienda pertinente el Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación, y atender a los confinados y las confinadas con problemas de trastornos por uso de sustancias controladas.
La Comisión de Seguridad Pública, como parte de la evaluación del P. del S. 34, solicitó Memoriales Explicativos a las agencias concernidas a expresarse sobre el tema que presenta este proyecto. De conformidad con ello, se expresaron: el Departamento de Corrección y Rehabilitación, Departamento de Salud, y la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA). Además de estas ponencias, la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes, para el análisis de esta pieza legislativa, contó con el beneficio de disponer de los memoriales provistos a la Comisión homóloga del Senado en el trámite legislativo anterior. Las entidades comparecientes en el trámite legislativo ante el Senado, fueron: el Departamento de Corrección y Rehabilitación, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), Colegio de Profesionales de Trabajo Social de Puerto Rico (CPTSPR), y la Asociación de Psicología de Puerto Rico.
A continuación, presentaremos de forma sintetizada las expresiones de las entidades comparecientes, enfatizando particularmente las preocupaciones y recomendaciones de estas.
RESUMEN DE COMENTARIOS
Departamento de Corrección y Rehabilitación:
El Departamento de Corrección y Rehabilitación manifestó que el enfoque de rehabilitación denominado como Comunidad Terapéutica ha sido reconocido como efectivo por el National Institute on Drug Abuse (NIDA). Señalaron que en una investigación publicada por NIDA y revisada en el mes de julio del año 2015, “los participantes de la comunidad terapéutica (CT) mostraron mejoras en el abuso de sustancias, el comportamiento criminal y los síntomas de salud mental; particularizando que esto es especialmente cierto para los participantes que ingresaron al tratamiento con los problemas más graves”.
El Departamento manifestó que esta medida aumentaría la gama de posibilidades y herramientas para combatir la adicción. Además, brindaría un acompañamiento para los pares que se encuentran en la misma lucha contra el uso de sustancias controladas. A esos fines expresaron que, como agencia encargada de la rehabilitación y reinserción en la comunidad de sus participantes, reconocen que la meta de alcanzar la rehabilitación del miembro de la población correccional es una llena de retos y resulta imperativo auscultar posibilidades y mecanismos que posibiliten los objetivos del Departamento de política pública. Manifestaron que, desde su punto de vista, la intención legislativa del presente Proyecto cuenta con los mecanismos necesarios como instrumento terapéutico.
En su ponencia más reciente el Departamento expuso detalladamente todos los Servicios y Programas actuales que brindan como métodos educativos, de rehabilitación y tratamiento con para los confinados y confinadas. Asimismo, expuso aquellos ‘Programas Proyectados’. Entre estos, mencionaron que implementarán una ampliación del tratamiento con buprenorfina en el Centro Residencia de Mujeres Bayamón y Ponce Máxima. El Departamento ha considerado la creación de unidades de desintoxicación ambulatoria en Bayamón 705 y Ponce 500. Además, han considerado la implementación de Unidades de Hospitalización Parcial y Cuidado Paliativo para personas con enfermedades crónicas, y un programa para pacientes con comorbilidad de diagnóstico y trastorno por uso de opioides.
Departamento de Salud:
El Departamento de Salud indicó que reconocen la necesidad urgente de abordar el uso problemático de sustancias dentro del sistema correccional, no obstante, expresaron que el proyecto en consideración resulta incompatible con los principios contemporáneos de salud pública y tratamiento basado en evidencia. El Departamento manifestó que el P del S. 34 excluye componentes esenciales para el abordaje integral del uso de sustancias y representa un retroceso en los avances institucionales hacia una respuesta salubrista, ética y basada en derechos.
El Departamento de Salud propone que a través de legislación se cree un modelo integral que sea presentado por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), asesorado por el Departamento de Salud y ASSMCA, a presentarse en un plazo no mayor de 150 días. Según la recomendación de estos, esta nueva legislación debe incluir: confirmación de un Comité Intersectorial con participación de agencias públicas, profesionales clínicos y sociales, organizaciones comunitarias y personas con experiencia vivida ( incluyendo “exconfinados”), incorporación de guías basadas en evidencia científica, como ASAM (2023), “National Governos Association”, OMS y “harm Reduction Coalition”, metaanálisis del marco legal y reglamentario vigente, para identificar vacíos, contradicciones y oportunidades de mejora, acompañado de un informe técnico-normativo con recomendaciones, adopción de principios rectores, tales como: misión clara, enfoque sistémico, evaluación con indicadores, integración de prácticas basadas en evidencia, y enfoque centrado en prevención, acceso y rehabilitación, por disposición del Secretario de Salud, considerar la apertura y disponibilidad de ciertos recursos técnicos y financieros que el Departamento de Salud puede destinar al DCR para el desarrollo e implementación inicial del modelo integral que se configure, y alinear toda política o legislación relacionada al tema de sustancias con el marco estratégico del plan interagencial para el abordaje del uso de sustancias psicoactivas en Puerto Rico desarrollado por el Departamento de Salud.
Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA):
La Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, en su memorial más reciente sobre el P del S. 34, expresó su oposición al Proyecto del Senado 34. A esos efectos, la Administración indicó que reconoce el valor histórico del modelo de la ‘Comunidad Terapéutica’ como una de las intervenciones disponibles para el tratamiento de personas con Trastorno de Uso de Sustancias (TUS), sin embargo, manifestaron que este modelo resulta limitado y potencialmente problemático como única o principal estrategia de intervención dentro del contexto correccional. Añadieron, que, según el contenido de la medida, de convertirse en Ley tendría un efecto restrictivo, clínicamente limitante y distante de las guías clínicas internacionales, además de potencialmente riesgoso en su aplicación a una población vulnerable en confinamiento. Según las expresiones de la Administración, su oposición a la medida se basan en las siguientes observaciones; limitación del modelo CT para heterogeneidad de perfiles clínicos, reconocimiento insuficiente del TUS/ TUO como enfermedad crónica, riesgo de tensiones, violencia y desestabilización en entornos correccionales, cuestionamientos éticos y de autonomía personal, falta de evidencia sólida sobre su efectividad y reducción de recurrencia y reincidencias, altos costos operacionales e infraestructurales, y desconexión con las mejores prácticas salubristas internacionales.
Colegio de Profesionales de Trabajo Social de Puerto Rico:
El Colegio de Profesionales de Trabajo Social de Puerto Rico manifestó que les preocupa el que se priorice por un solo programa o modalidad de tratamiento como estándar de cuidado para una condición tan compleja como el uso problemático de sustancias. Sobre ello manifestaron que tener una sola modalidad de tratamiento disponible presume que las personas confinadas requerirán solo ese acercamiento, descartando así otros tratamientos basados en evidencia científica los cuales pudieran resultar más efectivos. Sobre este aspecto, esbozaron que el deber del Estado es garantizar la existencia y provisión de una variedad de tratamientos basados en la evidencia científica, que puedan ser utilizados según cada caso, tomando en consideración las necesidades específicas de cada persona y su entorno social, el tipo de drogas con la que presenta problemas, la severidad del uso y la comorbilidad con otras condiciones de salud mental, entre otros varios factores biopsicosociales.
Mencionaron que, en el caso específico de las comunidades terapéuticas, estas tienen como meta de tratamiento la total abstinencia del uso de drogas. Sobre este aspecto, manifestaron que este tipo de modelo ignora que el uso problemático de drogas es una condición crónica de salud y, por tanto, debe ser tratada como tal. Manifestaron tener preocupación por el aspecto de que en las comunidades terapéuticas el proceso suele estar dirigido por pares. Añadieron que, en estas comunidades, el tratamiento se enfoca en procesos de autoayuda, dejando a un lado a los profesionales de salud física, mental y especialistas en el área. Por otro lado, indicaron que les preocupa que en las comunidades terapéuticas puedan utilizarse los métodos de confrontación y sistemas de sanciones cuando no se cumple con las normas o expectativas. Con relación a lo anterior, expresaron que esto puede colocar a las personas confinadas en mayor vulnerabilidad de ser humilladas, afectar su autopercepción y ser objeto de violaciones a su dignidad y derechos humanos.
Indicaron que la información provista en la pieza legislativa carece de referencias que permitan una revisión apropiada, y que se mencionan estudios e investigadores, pero no incluyen las referencias de forma tal que los lectores puedan evaluar y dar opinión profesional sobre estas. Puntualizaron que específicamente, en la medida no se presenta evidencia sobre la efectividad y validez de las comunidades terapéuticas.
Asociación de Psicología de Puerto Rico (ASP):
La Asociación de Psicología de Puerto Rico (ASP) manifestó que el modelo de Comunidades Terapéuticas (CT) ha sido ampliamente validado por investigaciones internacionales, incluyendo estudios realizados por el Instituto Nacional sobre el Abuso de Drogas (NIDA). Sobre ello, manifestaron que este enfoque estructurado y residencial ha demostrado reducir significativamente el consumo de sustancias controladas, la reincidencia delictiva y otros indicadores de desajuste social. Con relación a la integración de los participantes en entornos laborales y sociales, propusieron fortalecer la fase de reinserción social dispuesta en la medida mediante la creación de vínculos formales entre el DCR, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), y otras organizaciones comunitarias. Además, señalaron que es importante desarrollar estrategias específicas para apoyar a los participantes durante la fase de supervisión comunitaria, asegurando que tengan acceso continuo a servicios de salud mental y apoyo social. Sobre ello, expresaron que un sistema de seguimiento a largo plazo permitirá evaluar el éxito de la reinserción y prevenir la reincidencia.
Sobre su respaldo al presente Proyecto, la ASP manifestó:
“La Asociación de Psicología de Puerto Rico respalda la implementación del Programa de Comunidades Terapéuticas en las instituciones penales, siempre que su diseño y ejecución reflejen un enfoque integral que incluya atención a la salud mental, continuidad en la reinserción social y acceso a tratamientos médicos basados en evidencia”.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La sociedad puertorriqueña ha sufrido la problemática de las drogas y los problemas de adicción que están acarrean desde hace ya décadas. Uno de los grandes retos que enfrenta el Gobierno de Puerto Rico es el implementar programas y medidas adecuadas que puedan tratar el tema de la adicción a las drogas en la comunidad correccional. Actualmente la población correccional enfrenta grandes retos en materia de salud física y mental, lo que conlleva un esfuerzo particularizado por el Departamento de Corrección y Rehabilitación de crear medidas sustentables basadas en consideraciones científicas de efectividad, integración socio-dinámica viable, de reinserción comunitaria, y de fundamentos éticos y humanitarios.
Sobre la crisis del uso problemático de sustancias en Puerto Rico, en las poblaciones correccionales, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), indica que un 11.5% de las personas entre 18 y 64 cumplen con los criterios de diagnósticos de trastorno por uso de sustancias, conforme al DSM-5. Datos de Physician Correctional Health Management (PHMO) indican que un 73% de la población correccional tiene historial de consumo de sustancias como tabaco y alcohol, y un 41% presenta antecedentes relacionados directamente a un trastorno por uso de sustancias. Además, un 78% ha sido diagnosticado con condiciones de salud mental como depresión mayor, trastorno bipolar o esquizofrenia.
La política pública establecida en el Plan de Reorganización Núm. 2, según enmendado, mejor conocido como “Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011”, dispone que la filosofía, la política correccional y los recursos del Gobierno de Puerto Rico tienen que asignarse y utilizarse para lograr la rehabilitación de los confinados a fin de que el sistema correccional cumpla con el mandato constitucional. Es por ello por lo que en cumplimiento con estas disposiciones la Asamblea Legislativa presenta medidas como la presente que buscan al fin de cuentas la rehabilitación del confinado y su eventual reinserción a la sociedad.
La Comunidad Terapéutica como programa de rehabilitación, goza de una gran trayectoria de implementación en diferentes países del mundo. En esencia, el modelo de Comunidad Terapéutica utiliza la comunidad para proporcionar unas variadas situaciones de vida en las que los miembros pueden recrear y revivir sus relaciones en el mundo exterior, con oportunidades proporcionadas a través de un proceso de terapia grupal e individual para examinar y aprender de cualquier dificultad que se experimente. Este tipo de terapia biopsicosocial tiene un largo historial de efectividad de los cuales se han presentado escritos investigativos, ‘papers’ universitarios, estudios y reportajes. En su memorial entregado al Senado, sobre la presente pieza legislativa, el Departamento de Corrección y Rehabilitación manifestó que reconocía que el método conocido como ‘Comunidad Terapéutica’ ha sido reconocido como efectivo por el National Institute on Drug Abuse (NIDA). Sobre estos hallazgos manifestaron que en una investigación publicada por NIDA y revisada en el mes de julio del 2015, señalaron que: “en general, los estudios encuentran que los participantes de la comunidad terapéutica (CT) muestra mejoras en el abuso de sustancias, el comportamiento criminal y los síntomas de salud mental; esto es especialmente cierto para los participantes que ingresan al tratamiento con los problemas más graves”.
La Comisión de Seguridad Publica de la Cámara de Representantes estima que la aprobación de esta medida será de gran ayuda a las poblaciones correccionales que sufren de Trastorno por Uso de Sustancias (TUS). Los programas como la Comunidad Terapéutica presentan al confinado, una frecuencia de contacto humano con sus pares, estabilidad a largo plazo, contacto social positivo, preocupación genuina y mutua, características todas de un sentido de pertenecía, según descritos en la International Journal of Social Psychiatry. Además, otros beneficios que ofrece este tipo de implementación biopsicosocial es que aporta al sentido de autoestima del individuo, al entender que no es el único con una historia de vida parecida, el cual repercutió en adicción a las drogas. Asimismo, dicho programa capacita a las personas participantes al autocontrol y a manejar las críticas.
La medida en consideración presenta todo un marco fundamentado que cumple cabalmente con las disposiciones de política pública de este mal que nos afecta como sociedad. Este Programa tendrá como objetivo final la rehabilitación final y total del confinado y la prevención de la reincidencia. La implementación de este Programa no tan solo tendrá un impacto positivo sobre las poblaciones correccionales que sufran de adicción a las drogas, sino que, de manera indirecta, tendrá un impacto sobre el trasiego de drogas en estas instituciones. Asimismo, hombres y mujeres rehabilitadas saldrán a la sociedad a dar testimonio positivo y servirán como ejemplo a sus comunidades.
DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO
Conforme el análisis y los hallazgos de la medida, y el posible impacto fiscal que esta pueda tener sobre el presupuesto del Departamento de Corrección y Rehabilitación, se dispuso en el lenguaje de esta que la implementación y operación de este programa se sufragará de fondos de la partida asignada a los programas de rehabilitación en el Presupuesto Funcional de gastos del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Se dispuso que, durante la preparación del Presupuesto de cada año fiscal, a partir de la aprobación de esta ley, el Departamento de Corrección y Rehabilitación deberá solicitar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y a la Administración de Asesoría Financiera y Fiscal (AAFAF) la petición presupuestaria necesaria para cumplir con los propósitos de esta ley.
CONCLUSIÓN
Contando con el beneficio de los memoriales antes citados, esta Comisión realizó el análisis del Proyecto del Senado 34. La Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes considera es necesario adoptar la “Ley del Programa de Rehabilitación de Comunidades Terapéuticas”; autorizar la implementación del modelo de rehabilitación concebido bajo el denominado Programa de Rehabilitación de Comunidades Terapéuticas en aquellas instituciones penales que así lo entienda pertinente el Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación, y atender a los confinados y las confinadas con problemas de trastornos por uso de sustancias controladas.
Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Seguridad Pública, luego del estudio y consideración correspondiente, tiene a bien someter a este Cuerpo Legislativo su informe, recomendando la aprobación del Proyecto del Senado 34, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que acompaña este Informe Positivo.
Respetuosamente sometido,
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Hon. Félix Pacheco Burgos
Presidente
Comisión de Seguridad Pública
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