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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 3ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. del S. 103

INFORME POSITIVO

16 de abril de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 103, tiene a bien recomendar su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 103, tiene como propósito establecer la “Ley Habilitadora para Implementar el Plan de Alerta AZUL”, en Puerto Rico, a los fines de contar con un mecanismo que facilite la búsqueda y captura de sospechosos de amenazar, gravemente herir o matar a policías, policías municipales o Agentes del Negociado de Investigaciones Especiales en el cumplimiento de su deber o que también facilite la búsqueda y recuperación de aquellos oficiales mencionados desaparecidos en conexión con sus deberes oficiales; establecer las facultades y deberes de las entidades gubernamentales; y añadir un nuevo inciso (y), reenumerar los actuales inciso (y) a (ll) como los nuevos incisos (z) a (mm) del Artículo 2 y enmendar el inciso (l) del Artículo 5 de la Ley 83-2025, según enmendada, mejor conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico”, a los fines de atemperarla con lo dispuesto en la medida.

La Comisión de Seguridad Pública, como parte de la evaluación del P. del S. 103, evaluó los memoriales explicativos provistos por las agencias concernidas a la presente Comisión. De conformidad con ello, se expresaron las siguientes agencias: el Departamento de Seguridad Publica (DSP), el Departamento de Salud, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), la Oficina de Servicios Legislativos (OSL), la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), y el Frente Unidos de Policías Organizados, Inc. (FUPO).

A continuación, presentaremos de forma sintetizada las expresiones de las entidades antes mencionadas, señalando particularmente las recomendaciones de estas.

RESUMEN DE COMENTARIOS

Departamento de Seguridad Publica (DSP):

El Departamento de Seguridad Pública (DSP) manifestó su aprobación del Proyecto del Senado 103, por el cual se pretende establecer la “Ley Habilitadora para Implementar el Plan de Alerta AZUL”.

El DSP reconoció que los oficiales de la Policía de Puerto Rico, los policías municipales y los agentes del Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) enfrentan diariamente riesgos graves en el cumplimiento de su deber. Destacaron que, entre los años 2019 y 2023, más de trece agentes de la Policía fallecieron en tiroteos o enfrentamientos armados con criminales. Además, enfatizaron que estos servidores públicos están expuestos a peligros incluso cuando se encuentran fuera de servicio, ya que están obligados a intervenir como agentes del orden público en cualquier momento. Añadieron que, de igual forma, los agentes del NIE, por su facultad para investigar, denunciar, arrestar y portar armas de fuego, también se convierten en blancos potenciales de la delincuencia.

El Departamento considera que la implementación del Plan de Alerta AZUL representa un mecanismo necesario para brindar una red de apoyo más efectiva y rápida a los oficiales que sean amenazados, gravemente heridos o atacados en el desempeño de sus funciones, así como para facilitar la búsqueda y captura de los sospechosos responsables de tales actos y la recuperación de oficiales desaparecidos en conexión con sus deberes oficiales. Entienden que este sistema servirá para reconocer y proteger la integridad física de estos servidores públicos que arriesgan su vida diariamente en beneficio de los demás.

Por otro lado, añadieron que Puerto Rico ya cuenta con una plataforma tecnológica autosuficiente y efectiva para la transmisión rápida de alertas de emergencia, tal como se evidencia en los planes ya existentes (Plan Ashanti, Plan Rosa, Plan Silver y Alerta Mayra Elías), regulados por el Reglamento 9330 del Negociado de la Policía (ahora Policía de Puerto Rico), promulgado en diciembre de 2021. Por esta razón, entienden que el Plan de Alerta AZUL podría integrarse de manera natural y eficiente a los sistemas ya operantes, fortaleciendo la prevención y respuesta ante incidentes que pongan en riesgo la vida de los oficiales de ley y orden.

El Departamento concluye que la implementación del Plan de Alerta AZUL constituye un instrumento adecuado para salvaguardar la vida de los oficiales de orden público y para mejorar la respuesta inmediata ante agresiones en su contra. Por estas razones se pronunciaron a favor de la aprobación del P. del S. 103.

Departamento de Salud:

El Departamento de Salud apoya la intención legislativa del Proyecto del Senado 103, considerándola una medida loable y un avance proactivo para mejorar la seguridad de los oficiales de la ley en Puerto Rico. Reconocen que la propuesta crea un mecanismo efectivo para facilitar la búsqueda y captura de sospechosos que amenacen, hieran gravemente o maten a policías, policías municipales o agentes del Negociado de Investigaciones Especiales en el cumplimiento de su deber, así como para la recuperación de oficiales desaparecidos en conexión con sus funciones. Destacaron que el proyecto se inspira en la Ley de Alerta Azul Nacional de Estados Unidos y establece definiciones claras, criterios específicos para la activación de la alerta, mecanismos de difusión al público y penalidades por declaraciones falsas, todo con el fin de garantizar una respuesta rápida y proteger la integridad del sistema.

Aunque el Departamento de Salud enfatizó su rol constitucional en velar por la salud y el bienestar de la ciudadanía, entiende que esta iniciativa contribuye indirectamente a crear un entorno más seguro para todos. Por tanto, considera que, con una adecuada implementación y supervisión, el Plan de Alerta AZUL puede tener un impacto significativo en la reducción de la violencia contra los agentes del orden.

Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP):

La Oficina de Gerencia y Presupuesto reconoce el propósito loable del Proyecto del Senado 103 de crear el sistema “Alerta AZUL” para proteger a los oficiales de orden público. Sin embargo, señalaron que la medida contiene referencias obsoletas, ya que la Ley 83-2025 estableció la Policía de Puerto Rico como entidad autónoma e independiente del Departamento de Seguridad Pública, por lo que debe corregirse esa incongruencia normativa.

La OGP recomienda consultar al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) para garantizar la interoperabilidad tecnológica y la compatibilidad con sistemas federales como IPAWS de FEMA. Asimismo, enfatizaron la necesidad de incluir de forma clara al Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres (NMEAD), al DTOP, a los policías municipales, a los medios de comunicación y al sector privado, y de definir con precisión los procedimientos de activación, coordinación y respuesta inmediata entre todas las agencias involucradas.

Desde el punto de vista presupuestario, la OGP advierte que el proyecto reconoce un impacto fiscal pero no lo cuantifica ni identifica fuentes concretas de financiamiento. La medida delega al DTOP la tarea de buscar donativos y fondos externos (federales, estatales, municipales y privados), pero no establece cómo se cubrirá la aportación local requerida ni mecanismos de financiamiento recurrente para sostener el sistema a largo plazo.

La OGP destacó que la implementación de sistemas similares en otros estados ha generado costos reales y continuos. Por ejemplo, mencionaron que en Texas se reportó un gasto anual aproximado de $182,000, mientras que Virginia incurrió en una inversión inicial de $30,000 y costos operacionales recurrentes de $25,000 al año. A esos efectos, la agencia manifestó que, aunque en algunos casos estos gastos se absorben dentro de presupuestos existentes, siempre implican partidas para personal, mantenimiento tecnológico, capacitación y actualización de sistemas.

La OGP recomendó que, antes de aprobar la medida, se solicite a las agencias concernidas una estimación detallada de los costos iniciales y recurrentes, así como la identificación clara de las fuentes de financiamiento.

Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF):

La AAFAF reconoce que el Proyecto del Senado 103 tiene un propósito loable al crear el Plan de Alerta AZUL para proteger a policías estatales, municipales y agentes del NIE, facilitando la búsqueda de sospechosos y la recuperación de oficiales desaparecidos en el cumplimiento del deber. A esos efectos, indicaron que la medida se alinea con otros sistemas de alerta ya existentes en Puerto Rico.

Sin embargo, la AAFAF enfatizó que la medida no incluye un análisis de impacto fiscal ni identifica fuentes específicas de financiamiento para los posibles gastos que genere su implementación en agencias como la Policía de Puerto Rico, el DSP o el DTOP. Puntualizaron que, conforme a la Sección 204 de PROMESA y al Artículo 5 de la Ley 1-2023, toda legislación con impacto económico debe ir acompañada de un estimado formal de costos y una certificación de consistencia o inconsistencia con el Plan Fiscal certificado. Señalaron que no surge del trámite legislativo que se haya realizado el informe de impacto fiscal por parte de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL). Ante ello, indicaron que, sin fuente de financiamiento identificada, la medida podría considerarse inconsistente con el Plan Fiscal, lo que obligaría a la Junta de Supervisión Fiscal a realizar ajustes compensatorios en otras partidas presupuestarias.

La Autoridad no objeta el avance del proyecto y entiende que puede ser recomendable siempre que se adopte compatible con los principios de neutralidad fiscal del Plan Fiscal certificado.

Frente Unidos de Policías Organizados, Inc. (FUPO):

La entidad Frente Unidos de Policías Organizados, Inc. (FUPO) se pronunció a favor de la implementación de la medida en consideración. Como recomendaciones para ser consideradas en el lenguaje de la medida, señalaron que se deben enmendar las definiciones para incluir a los policías municipales y otros oficiales del orden público con capacidad de hacer arrestos, según la Regla 11 de las de Procedimiento Criminal. Además, recomendaron que en el Artículo 4, se incluya una sección adicional, para que la alerta esté disponible cundo la vida de un familiar que resida en el mismo hogar del agente del orden público, esté en peligro, como parte de la amenaza o venganza al oficial.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 103 responde a una necesidad urgente y real. Los oficiales de la Policía de Puerto Rico, los policías municipales y los agentes del NIE enfrentan diariamente riesgos mortales en el cumplimiento del deber, tal como lo demuestran los más de trece agentes fallecidos en tiroteos entre 2019 y 2023, y aquellos que han perecido posteriormente. Por la naturaleza de sus trabajos, existe una amenaza latente que persiste incluso fuera de horas de servicio. El Plan de Alerta AZUL crearía un mecanismo ágil y efectivo de respuesta inmediata que ya cuenta con la plataforma tecnológica existente y su implementación ya ejecutada, según los planes Ashanti, Rosa, Silver y Mayra Elías, permitiendo integrar sin costo excesivo un sistema probado que salva vidas, facilita la captura de agresores y reconoce el sacrificio diario de quienes protegen a la ciudadanía.

Aunque la Ley 83-2025, supra, convirtió a la Policía de Puerto Rico en una entidad gubernamental autónoma, la incongruencia normativa del proyecto se circunscribe a enmiendas técnicas y puntuales que sustituyan las referencias a la Ley 20-2017, según emendada, por la nueva ley orgánica de la Policía. Las agencias consultadas coinciden en el propósito loable de la medida y solo plantean ajustes operativos y fiscales que no afectan su viabilidad.

En conclusión, la implementación del Plan de Alerta AZUL resulta altamente viable y la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes aprueba la implantación de este. Puerto Rico ya cuenta con la infraestructura tecnológica probada, el andamiaje operativo y el conocimiento técnico necesario para activar este sistema de manera inmediata e integrada, tal como se demuestra con la exitosa operación de los planes Ashanti, Rosa, Silver y Mayra Elías, antes mencionados. Ante el riesgo real y cotidiano que enfrentan nuestros oficiales de orden público, es de suma importancia añadir una herramienta de protección efectiva que salvaguarde la seguridad de estos servidores públicos de importancia vital para nuestra sociedad.

DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO

Conforme al análisis de la medida y a las opiniones de las agencias encargadas del aspecto presupuestario, la Comisión de Seguridad Pública concluye que el Proyecto del Senado 103 no tendrá un impacto fiscal significativo ni recurrente sobre el presupuesto de las agencias concernidas, incluyendo la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Seguridad Pública, el DTOP y el NMEAD. La implantación del Plan de Alerta AZUL es de carácter operativo, pues aprovecha la infraestructura tecnológica y los sistemas de alerta ya existentes, sin crear plazas nuevas, sin requerir inversiones en infraestructura gubernamental ni asignaciones presupuestarias significativas adicionales del Fondo General. Cualquier costo operativo se limita a coordinación interinstitucional y podrá ser absorbido mediante donativos, fondos externos o pareos federales y privados que la medida expresamente faculta al DTOP a gestionar, o incluso integrado dentro de los presupuestos operativos actuales de las agencias. La presente Comisión concluye que la medida es fiscalmente viable y neutral, pudiendo ser atendida sin afectar la capacidad presupuestaria de las agencias ni contravenir los principios de neutralidad fiscal del Plan Fiscal certificado.

CONCLUSIÓN

Contando con el beneficio de los memoriales antes citados, la presente Comisión evaluó el Proyecto del Senado 103 y considera necesario el que se apruebe. Esta medida establece un mecanismo ágil y efectivo de alerta pública que protegerá la vida de los oficiales de la Policía de Puerto Rico, policías municipales y agentes del Negociado de Investigaciones Especiales, facilitando la búsqueda y captura inmediata de sospechosos que los amenacen, hieran gravemente o hagan desaparecer en el cumplimiento de su deber.

Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes, luego del estudio y consideración correspondiente, tiene a bien someter a este Cuerpo Legislativo su Informe Positivo, recomendando la aprobación del Proyecto del Senado 103 con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe.

Respetuosamente sometido,

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Hon. Félix Pacheco Burgos

Presidente

Comisión de Seguridad Pública

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