RCC0018.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. C. de la C. 18

3 DE ENERO DE 2025

Presentada por la representante del Valle Correa

Referida a las Comisiones de Seguridad Pública; y de Educación

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para ordenar al Negociado de la Policía, el Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, que realicen en conjunto un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general, sobre los riesgos de subir fotos de los menores en las redes sociales.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el reportaje titulado “No se debe subir fotos de menores en las redes”[1], la División de Crímenes cibernéticos del Negociado de la Policía de Puerto Rico, explica los peligros que conlleva el uso desmedido de las redes sociales para subir fotos de menores en su entorno familiar y escolar. Indican que estas imágenes, suplen muchos datos que pueden ser utilizados para extorsión, como lo son su nombre, donde estudia, sus rasgos físicos, su vestimenta diaria, entre otros datos importantes que los identifican específicamente.

El reportaje provee como datos que en lo que va de año 2023 se han reportado 93 casos de intrusión y 68 de fraude[2]. Proveen, además, datos de los años anteriores que se colocan en términos comparativos en la tabla que precede:

Año

Casos intrusión

Casos de fraude

2023[3]

93

68

2022

186

65

2021

397

252

2020

552

136

Nota: Fuente: (La Cordillera, 2023).

Aunque se puede ver una merma de las instancias, no es menos cierto que no debe haber ni un solo caso en el cual se utilicen las fotos de menores para cometer delitos.

Es importante establecer un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los menores, donde se les instruya sobre los riesgos de subir fotos de sus hijos e hijas en las redes sociales. Este debe ser un esfuerzo coordinado entre el Negociado de la Policía del Departamento de Seguridad Pública, así como del Departamento de Educación y la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública. La experiencia de la policía de Puerto Rico, unida al expertise en los medios de comunicación de la Corporación, así como la pericia del Departamento de Educación para llevar mensajes educativos a los encargados de los alumnos, es una coordinación beneficiosa para la comunidad, en especial en ánimos de reforzar la seguridad de los menores.

Esta Asamblea Legislativa entiende que es necesario y prioritario, ordenar al Negociado de la Policía, el Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, que realicen en conjunto un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general, sobre los riesgos de subir fotos de los menores en las redes sociales.

RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena al Negociado de la Policía, al Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, que preparen, coordinen y realicen en conjunto un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general, sobre los riesgos y las consecuencias de subir fotos de los menores en las redes sociales.

Sección 2.- El Negociado de la Policía, el Departamento de Educación y la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, cuentan con noventa (90) días, después de la aprobación de esta medida, para establecer la coordinación de las orientaciones y cumplir con las disposiciones que se ordenan en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta

Sección 3.- Se ordena al Negociado de la Policía, el Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública informar a la Asamblea Legislativa, a través de la Secretaría de cada Cuerpo, sobre las gestiones llevadas a cabo para cumplir con los propósitos de esta Resolución Conjunta, en un término no mayor de diez (10) días laborables, a partir del transcurso del periodo establecido en la Sección 2 que antecede.

Sección 4.- Se ordena al Negociado de la Policía, el Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública cumplir con los propósitos de esta Resolución Conjunta en un término no mayor de ciento veinte (120) días, contados a partir del término establecido en la Sección 2 de esta Resolución Conjunta.

Sección 5.- Esta Resolución Conjunta entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

  1. García, A. (2023, Agosto 16). No se deben subir fotos de menores en las redes. Periódico La Cordillera: La Voz del Corazón de Puerto Rico, págs. 2-3.

  2. Ídem, pág. 3.

  3. Datos hasta el 16 de agosto de 2023.

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.