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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 56

INFORME NEGATIVO

25 DE FEBRERO DE 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tiene a bien someter el Informe Negativo del Proyecto de la Cámara Núm. 56, recomendando la no aprobación del mismo.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara 56, según radicado, tiene como propósito:

[A]utorizar el establecimiento del “Programa de Adiestramiento para Administradores en la Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico”, a los fines de capacitar a los habitantes de los residenciales públicos para que asuman la administración de esos complejos de vivienda; y para otros fines relacionados.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Según surge de la Exposición de Motivos de la Medida, Puerto Rico tiene 332 residenciales públicos que albergan aproximadamente a 58,000 familias, que se traducen en unos 250,000 residentes. Para efectos de asignaciones federales, la Isla constituye la segunda autoridad de vivienda pública más grande en la nación estadounidense, después de Nueva York.

En sus comienzos, la vivienda pública fue conceptualizada como una de tipo transitorio. Se dirigía a familias bajo el nivel de pobreza, pero encaminadas a la adquisición de una vivienda propia, digna y segura. Sin embargo, fuertes lazos comunales y familiares se desarrollaron en estos lugares con el transcurrir de los años. De ahí que la idea concebida originalmente de una vivienda temporera, transmutó hasta conformar su carácter de permanencia. Después de todo, se gestó un sólido sentido de identificación entre los habitantes de los residenciales: a menudo tan fuerte como aquel que se aprecia en las comunidades tradicionales.

Aún cuando la permanencia prolongada es la característica distintiva y dominante de los inquilinos, éstos no están plenamente integrados a la estructura administrativa de los residenciales. Esta situación plantea diversos y variados problemas, cuya solución bien podría radicar en la promoción de una activa participación de los residentes, en la dirección y manejo de los asuntos comunitarios.

Una alternativa para atender esta circunstancia conllevaría colaborar con los residentes, para fomentar el desarrollo de sus prácticas administrativas. De ahí que este estatuto proponga el establecimiento de adiestramientos sobre destrezas administrativas básicas que hagan posible su activa participación en la administración de los complejos de vivienda en donde residen.

De ahí que el establecimiento de un programa de adiestramiento para administradores, dirigido a los residentes, sea un paso de avance hacia la meta de lograr que sean los propios vecinos de los residenciales, quienes asuman las riendas de sus respectivas comunidades.

VISTA PÚBLICA

Esta Comisión decidió no realizar vista pública sobre esta medida debido a que se solicitó al Departamento de la Vivienda, un Memorial Explicativo para que aportara su análisis y opinión sobre la misma, por ser este departamento el idóneo para pronunciarse sobre esta.

A tales efectos, esta Comisión evaluó los argumentos esbozados por el Depto. de Vivienda a través de su división de Administración de la Vivienda Pública.

MEMORIALES EXPLICATIVOS RECIBIDOS

Departamento de Vivienda, el 14 de febrero de 2025.

El Departamento de Vivienda a través de su división de Administración de Vivienda Pública (AVP) presentó su posición.

Indicó que la AVP es responsable de administrar la comunidad de residenciales públicos en Puerto Rico, con la finalidad de proveer vivienda asequible a las poblaciones más vulnerables. La política de AVP es mejorar la calidad de vida de los residenciales públicos, fomentar la actividad comunitaria y el desarrollo integral de las personas que viven en dichos proyectos de vivienda.

AVP destacó que sus iniciativas en el área de servicios a residentes, son cónsonas con el propósito del proyecto objeto de discusión. Conforme dispuesto en su Ley Orgánica, la AVP tiene la “finalidad y función de lograr una administración de los residenciales públicos altamente eficiente y con la flexibilidad necesaria para la ejecución de la política pública de mejorar la calidad de vida en los residenciales públicos, fomentar la actividad comunitaria y el desarrollo integral de los puertorriqueños que viven en dichos proyectos de vivienda.”

Como parte de los programas de autosuficiencia, la AVP ha implantado una variedad de iniciativas y programas para dotar a los residentes de vivienda pública con herramientas que les permitan aportar a su desarrollo social, económico y comunitario. La AVP brinda dichos servicios directamente a los residentes a través de la Oficina de Programas Comunales y Servicios al Residente y a través de los agentes administradores contratados para administrar los proyectos de vivienda pública.

Por otro lado, la Sección 122 de la Ley Federal de Vivienda y Desarrollo Comunitario de 1987, promueve la participación de los residentes en la administración de sus residenciales, como un mecanismo para mejorar sus condiciones de vida. La reglamentación federal define las responsabilidades y las oportunidades disponibles a los residentes que participen de este programa. En atención a ello, se crean las Corporaciones de Residentes con el fin de administrar comunidades de vivienda pública y maximizar las oportunidades de autosuficiencia, a la vez que proveen experiencias de trabajo y fomentan el autocontrol en las comunidades de vivienda pública.

Expuesto lo anterior, mediante la pieza legislativa, se propone establecer programas a que les permitan a los residentes de vivienda pública, asumir la administración de sus residenciales. Sin embargo, la iniciativa de auto-administración de finales del siglo pasado no produjo resultados para los residente de vivienda pública.

En julio de 1995, la AVP estableció un programa piloto de autoadministración de doce residenciales públicos. Estos proyectos serían administrados por corporaciones compuestas por residentes adiestrados y certificados por la AVP. Los proyectos en este programa fueron los siguientes:

De la experiencia obtenida con dicho proyecto, la AVP opina que para lograr la eficiente administración de los residenciales públicos en Puerto Rico es necesario desarrollar un equipo de trabajo capacitado para administrar y operar los proyectos conforme a la reglamentación federal aplicable.

La AVP sufraga sus operaciones con fondos federales. A tenor con ello, la AVP, mantienen una operación compleja que requiere integrar personal experimentado en diversas disciplinas para garantizar el mejor servicio, fiscalización y cumplimiento de las regulaciones federales a, a riesgo de la pérdida de los fondos.

El Departamento de la Vivienda, a través de la AVP, expresó que aunque no son partidiarios de regresar al programa de auto-administración, coinciden con el objetivo de capacitar a los residentes en el ejercicio de la gerencia y administración. De conformidad, la AVP provee adiestramiento a los consejos de residentes y organizaciones comunitarias, para capacitarlos para atender los retos que enfrentan los residentes y con ello mejorar la calidad de vida de las comunidades de vivienda pública.

La AVP a través de sus distintos programas, promueve la maximización del abanico de posibilidades de empleo y empresarismo de nuestros residentes más allá de los proyectos. Es por ello que la oferta de AVP es sumamente variada e incluye los siguiente:

Cónsono a lo anterior, el Departamento de la Vivienda de Puerto Rico (la AVP), no endosa el P. de la C. 56.

HALLAZGOS

De una búsqueda en el Sistema Unificado de Trámite Legislativo, se pudo localizar la medida en cuestión, anteriormente sometida. Se encontró que el Departamento de la Vivienda, ha sido consistente en no recomendar esta medida para su aprobación.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA POR LA COMISIÓN

Aunque la medida parece ser loable de su faz, presenta un riesgo al aprobarse tal como está redactada. La misma exhibe la intención de otorgarle a los residentes de vivienda pública que operen las actividades administrativas que se requieren para manejo de sus viviendas. No obstante, la misma es ambigua y excesivamente amplia de su faz. La medida, según expone, intenta autorizar la creación de un “Programa de Adiestramiento” pero le impone esta carga al “Administrador de la Administración de Vivienda Pública”, para establecer las normas, procedimientos y condiciones del mismo. Lo anterior, sin planes claros o parámetros de asuntos que debería contener dicho programa. Esta medida además, carece de una asignación o partida de fondos para implementar “el programa” que intenta autorizar.

Esta Comisión, recomienda y promueve que se empodere a los residentes de vivienda pública con cursos y adiestramientos que desarrollen sus habilidades ante el mundo laboral, promuevan actividades sociales sanas y se eduquen. También propulsa la integración de la opinión de los residentes en cuanto al manejo de asuntos comunitarios y sociales dentro de sus complejos de vivienda. No obstante, esta Comisión entiende que los complejos de vivienda pública, tienen múltiples asuntos intrincados que requieren ser atendidos por profesionales en áreas como finanzas, propuestas y asuntos federales, ingeniería estructural, contratos, conservación y mantenimiento de edificios; entre otros. Dichos asuntos tienen que ser atendidos por profesionales en las referidas áreas pues el mal manejo de estos asuntos tendría consecuencias tan nefastas como la pérdida de fondos federales dirigidos a la administración y mantenimientos de los complejos de vivienda pública.

Por lo anterior, esta Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, exhorta a la Administración de Vivienda Pública para que se continúen promoviendo cursos y adiestramientos para nuestros residentes de vivienda pública en la que estos se capaciten y desarrollen habilidades artísticas, profesionales, de oficios, empresarismo, resiliencia comunitaria y demás. De este modo, tendremos residentes comprometidos con su ser a manera individual y con alto ímpetu de colaborar con el crecimiento y prosperidad de su comunidad.

CONCLUSIÓN

Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano, somete el presente Informe Negativo en el que se concluye, con No Recomendar a este Honroso Cuerpo, la aprobación del P. de la C. 56.

Respetuosamente sometido,

Hon. Omayra M. Martínez Vázquez

Presidenta

Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano

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