GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 93
INFORME POSITIVO
10 de junio de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tiene a bien rendir este Informe Positivo sobre el Proyecto de la Cámara 93, recomendando su aprobación con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara 93 tiene como propósito disponer que en todos los Departamentos, Agencias, Negociados, Oficinas y Corporaciones Públicas del Gobierno de Puerto Rico se lleve a cabo diariamente un periodo de reflexión antes de comenzar el día de trabajo; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
Esta medida surge de la preocupación en velar por el bienestar emocional y la introspección personal de los empleados del Gobierno de Puerto Rico. El periodo de reflexión estará bajo la dirección de la persona que designe la autoridad nominadora de la entidad gubernamental y será de cinco (5) minutos.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico solicitó memoriales explicativos a varias agencias y miembros del sector religioso cuyas políticas y servicios pueden incidir sobre los aspectos que pretende atender el Proyecto de la Cámara 93. Específicamente, se le solicitaron memoriales explicativos a: la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF); al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DT); a la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH); la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP); la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL); el Departamento de Justicia (DJ); Fidelis Solutions; al Padre Carlos Pérez Toro; al Pastor José “Tito” Cabán Avilés; al Pastor Ricky Rosado; y al Sr. Juan Carlos Matos.
Al momento de la redacción de este Informe Positivo, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes recibió los comentarios del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DT); la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH); el Departamento de Justicia (DJ); la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF); el Pastor José “Tito” Cabán de la Iglesia Avance Internacional; y el Pastor Ricky Rosado Román.
Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH): A favor con sugerencias
La OATRH fue creada mediante la Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico, Ley 8-2017. Su función es asesorar a la Gobernadora y a la Asamblea Legislativa en todo lo relativo a las relaciones laborales y a la administración de los recursos humanos en el servicio público.
Sobre lo propuesto en el Proyecto de la Cámara 93, la OATRH entiende que la intención legislativa persigue fines positivos que redundan en la promoción del bienestar emocional y la introspección personal de los empleados del Gobierno de Puerto Rico. La OATRH no tiene reparos con la aprobación de la medida sujeto a que ciertos factores sean clarificados en torno al alcance de la misma.
En primer lugar, la medida debe aclarar si el periodo de reflexión formará parte de la jornada regular de trabajo, toda vez ello podría interrumpir las labores y servicios que se ofrecen en las agencias y dependencias gubernamentales incidiendo sobe la prestación de servicios. Este asunto cobra mayor importancia cuando las funciones que ejercen los empleados son de atención directa a la ciudadanía.
En segundo lugar, la OATRH sugiere que la medida sea evaluada en conjunto con la Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal, Ley 26-2017, según enmendada, toda vez que la misma requiere que el Gobierno de Puerto Rico “opere de manera austera, responsable y eficiente, utilizando de manera óptima sus recursos humanos y fiscales para garantizar la continuidad de los servicios esenciales”. Por consiguiente, recomiendan que se evalúe el impacto de la concesión de un periodo de reflexión diario de cinco (5) minutos para los empleados públicos.
En tercer lugar, la OATRH señala que la medida guarda silencio sobre la obligatoriedad o no de participar en el periodo de reflexión. Tampoco se aclaran los derechos de los empleados que no deseen formar parte del mismo.
Por último, la OATRH recomienda que la parte decretativa de la medida sea enmendada cónsono con la exposición de motivos para establecer que el periodo de reflexión sea diario.
Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH): Se abstuvo de opinar
El DTRH señala que la Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, establece que su función como organismo público es crear un balance en la relación entre trabajadores y patronos, velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo, así como fomentar la creación de oportunidades de empleo. Como tal, la intervención del DTRH es en el sector laboral privado y corporaciones públicas que hacen negocios como entidades privadas. Añade que la Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico, Ley Núm. 8-2017, le confiere a la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico (“OATRH”) la facultad para administrar los recursos humanos en el sector público.
A tenor con dicho marco legal, el DTRH entiende que este proyecto no recae dentro de su jurisdicción ni área de peritaje. Por tal razón, le otorga total deferencia a la OATRH para asesorar a la Gobernadora y a la Asamblea Legislativa en cuanto a su postura y recomendaciones sobre la medida.
Departamento de Justicia (DJ): A favor
El DJ no se opone a la medida, toda vez que la misma no contraviene el principio de separación de iglesia y estado recogido en la Sección 3 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico. Es decir, la misma expresamente prohíbe utilizar el periodo de reflexión para adelantar o fomentar ideas religiosas o políticas. En cambio, se trata de un periodo de meditación cuyo fin es la introspección de cada participante. Por consiguiente, al no infringir principios constitucionales, el DJ no tiene oposición a la medida.
Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF): A favor
AAFAF fue creada mediante la Ley de la Autoridad de Asesoría Financiera y Fiscal, Ley 2-2017. Su rol es actuar como agente fiscal, asesor financiero y agente informativo del Gobierno de Puerto Rico, sus agencias, instrumentalidades, subdivisiones, corporaciones públicas y municipios, asumiendo así las responsabilidades de agencia fiscal y asesoría anteriormente ejercidas por el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico (BGF).
Una de las funciones medulares de AAFAF es evaluar toda medida legislativa “conforme a los principios de eficiencia gubernamental, sostenibilidad y disciplina fiscal y cumplimiento con las disposiciones de la Ley PROMESA, el Plan Fiscal y presupuesto certificado y el Plan de Ajuste de la Deuda (PAD). En este caso, la implementación del periodo de reflexión no requiere una asignación presupuestaria adicional, no implica el desembolso de fondos públicos nuevos ni la contratación de personal, y se realizará durante el horario ordinario de trabajo, sin afectar la jornada laboral de los empleados públicos.”
A tenor con el área de peritaje y competencia de la AAFAF, esta entiende que la medida no representa un impacto fiscal directo significativamente inconsistente con el Plan Fiscal y el presupuesto certificado. Por último, considera que la misma es consistente con el Programa de Gobierno de la Gobernadora de Puerto Rico “al promover prácticas institucionales que fomenten un entorno de trabajo saludable, fortaleciendo así la moral laboral de los empleados públicos y, en consecuencia, la calidad de los servicios que prestan al pueblo de Puerto Rico.”
Pastor José “Tito” Cabán (Iglesia Avance Internacional): A favor
El Pastor Cabán apoya la medida en su totalidad. Ante un panorama alarmante de salud mental en Puerto Rico entiende que un espacio de reflexión diaria sería una herramienta útil para: 1) Promover el enfoque la claridad mental; 2) Reducir el estrés y mejorar el estado de ánimo; 3) Fortalecer la empatía y el sentido de propósito; y 4) Prevenir el agotamiento emocional.
Pastor Ricky Rosado Román: A favor
El Pastor Ricky Rosado Román apoya la medida, toda vez que “no solo representa un acto de buena voluntad institucional, sino una herramienta poderosa para el bienestar emocional, psicológico y social de nuestros empleados públicos, y por extensión, de la nuestra sociedad en general.”
Señala, además, que cinco (5) minutos de reflexión son una inversión que promueve: 1) Mayor enfoque y productividad; 2) Reducción del estrés y la ansiedad; 3) Mejora el ambiente laboral y las relaciones entre compañeros; y 4) Un sentido renovado de propósito y conexión con la tarea pública.
Además, menciona precedentes exitosos de medidas similares que se han aprobado en Puerto Rico. Específicamente, la implementación en 1995 de la política de cinco (5) minutos de meditación y reflexión al inicio de la jornada escolar.
Por último, identifica varias jurisdicciones que han adoptado medidas similares con resultados exitosos y concluye que la medida en cuestión no promueve ninguna religión específica, es de carácter universal y neutral y garantiza el respeto a la diversidad de creencias y convicciones personales de los empleados públicos. Ello a su vez, mejora el ambiente interno de las agencias gubernamentales y la calidad del servicio que se le ofrece al pueblo de Puerto Rico.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA POR LA COMISIÓN
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico revisó detenidamente los planteamientos presentados por las agencias y miembros del sector religioso que presentaron sus comentarios. Luego de un análisis con detenimiento hemos acogido la sugerencia de la OATRH a los efectos de aclarar que el periodo de reflexión diaria de cinco (5) minutos formará parte de la jornada regular de trabajo. De igual forma, la medida establecerá que la participación en el periodo de reflexión es totalmente voluntaria y que no se penalizará o alterarán las condiciones de empleo de aquellos empleados que rehúsen participar. Por último, cónsono con la Exposición de Motivos del Proyecto, se añadió la palabra “diariamente” en el Artículo 1 del Proyecto para disponer que el periodo de reflexión es diario.
DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO
Conforme el análisis y los hallazgos de la medida, AAFAF entiende que la aprobación de esta medida no tendrá impacto fiscal sobre los presupuestos de las agencias, departamentos, organismos, instrumentalidades, o corporaciones públicas, que amerite certificación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP).
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
La Comisión de Gobierno concluye, que esta medida está alineada con el Plan de Gobierno de la Goberadora Jenniffer A. González Colón. Reconoce los retos que enfrenta la sociedad actual y atiende los mismos al fomentar medidas que promuevan un entorno de trabajo saludable para los empleados públicos y, en consecuencia, servicios de excelencia para la ciudadanía.
La medida ha recibido el respaldo de la Oficina de Administración y Transformación de los Recuros Humanos (OATRH), el Departamento de Justicia (DJ), la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF) y entidades religiosas, quienes coinciden en que esta legislación es un paso firme hacia un modelo de gestión pública que persiga el bienestar de la fuerza laboral enfocada en las necesidades emocionales de sus empleados. Además, esta medida no representa un impacto fiscal.
Por lo tanto, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, recomienda la aprobación del Proyecto de la Cámara 93, con las enmiendas sugeridas en el entirillado electrónico que se acompaña.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico previo estudio y consideración, tiene a bien rendir este Informe Positivo sobre el Proyecto de la Cámara 93, recomendando su aprobación con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico.
Respetuosamente sometido,
Hon. Víctor L. Parés-Otero
Presidente
Comisión de Gobierno
Cámara de Representantes de Puerto Rico
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