GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CAMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 183
INFORME POSITIVO
12 de febrero de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:
La Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico; previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 183, tiene a bien recomendar a este Alto Cuerpo la aprobación de la pieza legislativa sin enmiendas.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 183 tiene como objetivo “…enmendar los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 de la Ley 166-1995, según enmendada, conocida como la “Ley del Programa de Desarrollo Artesanal”, a los fines de transferirle al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, la responsabilidad de facilitar líneas de garantía o crédito para la concesión de préstamos, incentivos, o cualquier otra ayuda económica a la clase artesanal para el establecimiento, operación, ampliación o mejoramiento de talleres de producción, elaboración y confección de artesanías; hacer correcciones técnicas en la Ley, conforme al estado de derecho actual; y para otros fines relacionados”.
INTRODUCCIÓN
El Proyecto del Senado 183 persigue fortalecer y promover el desarrollo de la artesanía puertorriqueña como parte integral de nuestra identidad cultural y motor de crecimiento económico. En su Exposición de Motivos se destaca que, desde la aprobación de la Ley 166-1995, se ha reconocido la importancia de la actividad artesanal como vehículo de expresión cultural y como fuente de aportación significativa a la economía local. Sin embargo, los retos derivados de la crisis económica han impactado negativamente el mercado artesanal, lo que hace imperativo adoptar acciones concretas para revitalizar este sector.
En ese contexto, la propuesta legislativa busca transferir al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico la responsabilidad de facilitar líneas de garantía y crédito, así como otros incentivos y ayudas económicas, dirigidas a la clase artesanal. Esta iniciativa permitirá el establecimiento, operación y ampliación de talleres de producción y confección de artesanías, fomentando la creación de empleos y la difusión cultural dentro y fuera de la Isla. La medida se alinea con la política pública de apoyo a los pequeños y medianos empresarios y responde a la necesidad de convertir la artesanía en una industria sostenible que contribuya al desarrollo económico de Puerto Rico.
AnÁlisis de la Medida
Esta Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico contó con los comentarios del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (BDE) y del Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP). Tanto el DDEC como el ICP, se expresaron a favor de la medida mientras que el BDE expuso ciertos reparos que fueron atendidos por el Senado de Puerto Rico, antes de aprobar el texto final.
El Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (BDE) expresó inicialmente su oposición, fundamentada en que la redacción original del proyecto le asignaba la responsabilidad de otorgar incentivos, función que tradicionalmente corresponde al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). El BDE argumentó que asumir simultáneamente el rol de acreedor y proveedor de incentivos podría generar conflictos de interés. No obstante, estas preocupaciones fueron atendidas oportunamente y no forman parte del texto final aprobado. Con esta modificación, no subsiste razón alguna para que el BDE mantenga su oposición.
Por su parte, el DDEC manifestó no tener objeción a la transferencia de responsabilidad al BDE para la concesión de préstamos y garantías, recomendando únicamente actualizar referencias legales en el texto del proyecto. Por su parte, hicieron recomendaciones menores en cuanto a la actualización del lenguaje de la ley, para que sean acordes a las responsabilidades actuales de la agencia según los cambios que han surgido en su política pública.
Finalmente, el Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) favoreció la aprobación del proyecto, destacando que la medida persigue actualizar la Ley 166-1995 para reconocer las nuevas estructuras gubernamentales y facilitar el acceso a instrumentos financieros por parte de la clase artesanal. El ICP subrayó que estas enmiendas reducen incertidumbres y fortalecen los propósitos de autogestión y desarrollo económico que persigue la ley vigente.
En síntesis, las preocupaciones planteadas fueron atendidas y las recomendaciones técnicas se incorporaron al texto del proyecto. Las entidades consultadas coinciden en que la medida contribuye a la modernización del marco legal y al fortalecimiento de la artesanía como sector económico y cultural. Por tanto, esta Comisión entiende que el Proyecto del Senado 183 está debidamente justificado.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
Del análisis realizado por esta Comisión, a tenor con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", no surge que la medida tenga impacto fiscal sobre las finanzas municipales.
CONCLUSIÓN
Luego de evaluar el Proyecto del Senado 183 podemos concluir que la medida persigue un objetivo legítimo y necesario al actualizar el marco legal vigente para fortalecer el desarrollo de la artesanía puertorriqueña y garantizar su sostenibilidad económica. Las preocupaciones planteadas por las agencias pertinentes fueron debidamente atendidas y así consta del estudio realizado al texto finalmente aprobado.
POR LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico previo estudio y consideración, tienen a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 183, recomendando su aprobación sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,
Hon. Joel I. Franqui Atiles
Presidente
Comisión de Desarrollo Económico
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