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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma Asamblea 1 ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 33

10 DE ENERO DE 2025

Presentada por los representantes Márquez Lebrón, Gutiérrez Colon y Lebrón Robles

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el proceso de desarrollo y construcción del proyecto residencial-turístico Esencia localizado en el sector Los Pozos de la Bahía de Boquerón en Cabo Rojo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

“La Laguna Rincón conocida como Caño Boquerón, forma parte de la Reserva Natural (RN) de Boquerón. Está localizada a 9 kilómetros rumbo sur del pueblo de Cabo Rojo, en la latitud 18°0’36” N y longitud 67°10’21”0. La Laguna Rincón forma parte del sistema del Valle de Lajas.

El área que comprende esta parte de la RN Bosque Estatal de Boquerón, está constituida por el cuerpo de agua de la Laguna Rincón y la franja de manglar que la rodea. Esta laguna tiene una superficie de 74 ha. y un perímetro de 6.4 kilómetros. La misma, posee un canal de 0.1 kilómetros de ancho y 0.2 kilómetros de largo que comunica la Laguna con la Bahía de Boquerón.

Esta laguna está bordeada por una franja de mangle rojo de unos 30 metros de ancho, aproximadamente. Al norte y noreste de la laguna, esta franja es más gruesa y se entremezclan individuos de mangle blanco y mangle negro. De acuerdo con un estudio realizado por Marttox, 1949 (Negrón, L. et al., 1982). La Laguna Rincón constituye el lugar donde se encuentran las colonias de ostiones (Ostrea rhizophorae) más grandes de Puerto Rico. El fondo de la Laguna es bastante cenagoso. Hacia la boca de la Laguna se pueden observar praderas de yerbas submarinas, siendo la especie dominante la yerba de tortuga. Entre la fauna identificada para la Laguna, se encuentran: el pelícano pardo y el manatí.

Recientemente, se anunció una inversión millonaria para una propuesta de desarrollo urbanístico que abarca terrenos de alto valor ambiental en Cabo Rojo, Puerto Rico. El proyecto se encuentra en la costa oeste de Puerto Rico, en el sector Los Pozos de la bahía de Boquerón. Abarca 2,000 acres de tierra y 3 millas de playas. El proyecto incluye: una inversión propuesta es de $2,000 millones de dólares, hoteles de lujo, residencias turísticas, campos de golf, aeropuerto privado, escuela bilingüe, centro de salud y atención de emergencia, centros de comunidad, acceso a la playa, entre otros.

Ante esto, varios grupos comunitarios y ambientales han levantado la voz sobre las posibles consecuencias e impactos ambientales que suponen la construcción de este proyecto. Entre otras, impacto sobre el medio ambiente, incluyendo especies protegidas, avistamiento o anidaje de -por lo menos- dos especies endémicas y protegidas por ley; impacto sobre servicios de energía eléctrica y agua potable; impacto del aumento de tráfico sobre las carreteras de acceso; yacimientos arqueológicos; costo de vida; entre otros.

Por ello, es fundamental que la Cámara de Representantes investigue todo lo relacionado al proceso de desarrollo y construcción del proyecto residencial-turístico Esencia localizado en el sector Los Pozos de la Bahía de Boquerón en Cabo Rojo.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1. - Se ordena a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el proceso de desarrollo y construcción del proyecto residencial-turístico Esencia localizado en el sector Los Pozos de la Bahía de Boquerón en Cabo Rojo.

Sección 2. - La Comisión podrá celebrar vistas públicas, citar funcionarios y testigos, requerir información, documentos y objetos, y realizar inspecciones oculares a los fines de cumplir con el mandato de esta Resolución de conformidad con el Artículo 31 del Código Político de Puerto Rico de 1902.

Sección 3. - La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un término de noventa (90) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución

Sección 4. - Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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