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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20maAsamblea

Legislativa

3ra Sesión

Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 205

INFORME NEGATIVO

22 DE ABRIL DE 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, luego de evaluar el P. de la C. 205, así como los memoriales y ponencias recibidas, comparece respetuosamente para rendir este Informe Negativo, por entender que la medida no adelanta el mejor interés público ni cumple adecuadamente con los objetivos que persigue.

ALCANCE DE LA MEDIDA

“Para crear la “Ley de Empleo de Menores en Puerto Rico”, a los fines de establecer los

requisitos, disposiciones, prohibiciones, mecanismos y responsabilidades para emplear a un menor en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico; establecer penalidades por la violación a sus términos, derogar la Ley Núm. 230 de 12 de mayo de 1942, según enmendada; y para otros fines relacionados.”

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, solicitó memorial al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH)[1], al Departamento de Justicia[2] y al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de PR[3].

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH)

(13 de enero de 2026)

El DTRH, mediante memorial explicativo remitido a esta Comisión, presentó su análisis del P. de la C. 205 dentro del marco de su responsabilidad ministerial de administrar la política pública laboral del Gobierno de Puerto Rico.

En su memorial, el Departamento fundamenta su oposición debido a varios riesgos y deficiencias. Primero, indica que el P. de la C. 205 presenta confusión y burocracia debido a la creación de una serio de documentos, que pudieran genera un clima de confusión para padres, menores y patronos, aumentando la burocracia en lugar de agilizar el proceso. El DTRH plantea, desprotección al menor ya que en la medida se contempla permitir que menores entre 16 y 17 años firmen contratos sin autorización de sus padres. Esto en particular contraviene el estado de derecho vigente y debilita la protección que el DTRH ofrece actualmente al evaluar cada caso antes de expedir un permiso.

Además, el DTRH advierte que el proyecto incrementaría la carga de trabajo de sus 17 investigadores, quienes no tendrían la capacidad de fiscalizar adecuadamente si las tareas son peligrosas o perjudiciales bajo el nuevo esquema y la agencia enfatiza que cualquier cambio debe alinearse estrictamente con la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo (FLSA) en cuanto a edades mínimas, horarios permitidos (como el límite de 3 horas en días escolares para menores de 14 y 15 años) y ocupaciones prohibidas.

Finalmente, el DTRH concluye que no puede avalar la aprobación del P. de la C. 205 debido a que la medida altera significativamente el marco de protección legal de los menores en Puerto Rico y sugiere que se mantenga su rol evaluador en todos los casos de menores y que se utilicen medios electrónicos para la gestión de permisos, evitando la obligación de mantener archivos físicos.

IMPACTO FISCAL

La aprobación del P. de la C. 205 podría implicar un impacto fiscal indeterminado para el Gobierno de Puerto Rico, particularmente para el DTRH. La implementación de un nuevo estatuto que sustituya completamente el marco regulatorio vigente podría requerir la creación o modificación de reglamentos, sistemas administrativos, procesos de fiscalización y programas de orientación pública.

Asimismo, la transición hacia un nuevo esquema regulatorio podría implicar costos asociados a la capacitación de personal, ajustes en sistemas administrativos y la divulgación de nuevas disposiciones dirigidas a patronos, menores y sus familias.

CONCLUSIÓN

Luego de evaluar el contenido del P. de la C. 205, así como el memorial sometido por el DTRH, esta Comisión entiende que la medida, aunque persigue el objetivo legítimo de actualizar el marco legal sobre el empleo de menores, no demuestra de manera suficiente la necesidad de derogar completamente la legislación vigente.

La determinación del DTRH en no apoyar la medida se fundamenta en que la misma introduce una estructura burocrática confusa que, en lugar de simplificar el proceso, crea múltiples tipos de documentos y notificaciones. Esto no solo generaría incertidumbre entre patronos y padres, sino que también afectaría la capacidad de fiscalización de la agencia. Además, el DTRH advierte que, con una plantilla de pocos evaluadores, el aumento en el volumen de trámites y la falta de un proceso de evaluación centralizado harían imposible garantizar que las tareas asignadas a los menores no sean peligrosas o perjudiciales para su salud y seguridad.

En resumen, esta Comisión coincide con la intención de modernizar una ley que data de 1942, entendemos al igual que el DTRH, que el proyecto actual no garantiza nuevas oportunidades de empleo y, por el contrario, debilita los mecanismos de supervisión.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, presenta ante este Cuerpo el Informe Negativo sobre el Proyecto de la Cámara 205, recomendando que el proyecto no sea aprobado.

Respetuosamente sometido,

Hon. Roberto J. López Román

Presidente

Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales

  1. El 13 de febrero de 2026 se recibió el memorial de DTRH.

  2. El 18 de febrero se solicitó memorial al DJ, al momento de presentar este informe el memorial no estaba disponible.

  3. El 18 de febrero se solicitó memorial al DDEC, al momento de presentar este informe el memorial no estaba disponible.

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