GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 3ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la S. 219
INFORME POSITIVO
9_ de junio de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de
Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 219, tiene a bien someter este Informe Positivo sin enmiendas.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 219, según aprobado en el Cuerpo Hermano, tiene como propósito enmendar los Artículos 10 y 20 de la Ley 70-1992, según enmendada, conocida como “Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico”, con el propósito de facultar al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico a reestructurar la forma y manera en que otorgará las aportaciones económicas a ser concedidas a las entidades privadas de la industria de reciclaje y a empresas comunitarias para la compra de equipo utilizado en el recogido, almacenaje, procesamiento o transportación de material reciclable o para la construcción de instalaciones de reciclaje, a los fines de clarificar que estas provendrán de alguno de los programas con los que cuenta la institución financiera, ya sean estos subvencionados con fondos federales u otros que se encuentren disponibles al momento de solicitarse; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
La Comisión de Recursos Naturales, como parte de la evaluación del P. del S. 219, solicitó al Cuerpo Hermano los memoriales del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), y de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), los cuales nos fueron enviados.
A continuación, presentaremos de forma sintetizada las expresiones de las entidades antes mencionadas, señalando particularmente las recomendaciones de estas.
RESUMEN DE COMENTARIOS
Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (BDE)
El Banco de Desarrollo Económico señala que la medida propone que la aportación económica a ser concedida, independientemente de la forma en que se haya estructurado esta, provendrá de alguno de los programas con los que cuenta el Banco, ya sean estos subvencionados con fondos federales u otros que se encuentren disponibles al momento de solicitarse.
Indica que los financiamientos concedidos para propósito de desarrollo económico requieren que el Banco asuma riesgos mayores que los que toman otras instituciones financieras en Puerto Rico” y que en ocasiones este riesgo se minimiza a través de las garantías de la Small Business Administration (en adelante, "SBA"), bajo el Programa 7a; y del Departamento del Tesoro Federal a través de) Programa "State Small Business Credit Initiative" (en adelante, "SSBCI").
Se expresa en cuanto a la posibilidad de la creación de un fondo permanente por el DRNA el cual permitiría conceder más financiamientos y mejores términos para las empresas que nos refiera para ayudar cumplir los fines que persigue la Ley 70-1992. Además, indican que es importante que se establezca: 1) los procedimientos del fondo de garantía permanente que se propone ofrezcan el DRNA; 2) como el Banco podrá reclamar dicha garantía, si la misma asegura el total del financiamiento, y 3) que se mantenga el mismo con fondos suficientes para garantizar los financiamientos concedidos.
Entienden que las herramientas antes mencionadas, colocan al Banco en mejor posición de servir como prestatario a las empresas dedicadas al reciclaje. Presentan también la opción de que el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales deposite fondos para cumplir con este fin, como se hizo anteriormente con la extinta Autoridad de Desperdicios Sólidos. Enfatizan en su disposición de trabajar en conjunto con el DRNA para realizar las metas que persigue el Proyecto.
Finalmente, el Banco de Desarrollo Económico, manifiesta su apoyo al Proyecto, tomando en consideración lo expresado de su parte a los efectos de que se le asignen fondos adicionales para poder llevar a cabo la encomienda legislada.
Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC)
El DDEC, fue creado en virtud del Plan de Reorganización Núm. 4 de 1994, según enmendado, y es la instrumentalidad gubernamental responsable de implantar y supervisar la ejecución de la política pública sobre el desarrollo económico de Puerto Rico. Señalan que, por virtud de la Ley 141-2018, según enmendada, el Área de Desarrollo de Negocios de PRIDCO encargada de la otorgación de incentivos, así como sus deberes, facultades, y oficiales de desarrollo de negocios, pasaron al DDEC.
Luego de la reorganización del DDEC y por consiguiente de PRIDCO, en el año 2019 se aprobó la Ley Núm. 60-2019, según enmendada y conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico”, por tanto, todos los incentivos contributivos que se otorgan para la promoción y el establecimiento de industrias de reciclaje se otorgan bajo las disposiciones de la Sección 2061.01(a)(8)”.
A la luz de lo anterior, recomendaron enmendar el Artículo 20 de la Ley 70-1922, para contemplar las responsabilidades de esa agencia tras la reestructuración de sus funciones y la aprobación del Código de Incentivos de Puerto Rico.
Es importante mencionar que esta recomendación fue acogida y forma parte del texto aprobado por el Cuerpo Hermano.
Finalmente, el DDEC no objetó la aprobación del P. del S. 219 otorgando total deferencia a la posición del DRNA y del BDE sobre esta legislación.
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA)
El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) recomienda favorablemente la aprobación del P. del S. 219 por entender que este tiene un propósito loable. Expresa que el problema con el manejo de desperdicios sólidos y con el sistema de vertederos y rellenos sanitarios, provocó que el 4 de octubre de 2023, se realizara una Resolución Conjunta para atender la situación de los vertederos y proveer asesoría y asistencia a los municipios para la solicitud de fondos existentes. Resalta que el proveer asistencia económica mediante préstamos y otros productos se inversión, fondos de garantía para préstamos externos y/o líneas de crédito son alternativas de gran impacto.
Por otro lado expresan que el hecho de que el Banco de Desarrollo Económico provea por recomendación del DRNA, préstamos u otros productos de inversión, fondos de garantía para préstamos externos y líneas de crédito, entre otros, entidades privadas, municipios y empresas comunitarias de la industria de reciclaje, para la compra de equipo utilizado en el recogido, almacenaje, procesamiento o transportaci6n de material reciclable o para la construcci6n de instalaciones de reciclaje, fomentará la política pública ambiental.
IMPACTO FISCAL
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) indica que de aprobarse el P. del S. 219, este no tendría efecto fiscal directo sobre el Fondo General toda vez que la medida propone añadir mecanismos de financiamiento mediante programas del Baco de Desarrollo Económico existentes al momento de la solicitud, independientemente de que estos sean subvencionados con fondos federales u otros que se encuentren disponibles al momento de solicitarse.
CONCLUSIÓN
Contando con el beneficio de los memoriales antes citados, luego de evaluar el Proyecto del Senado 219, analizar sus disposiciones y considerar su impacto sobre el desarrollo de la industria del reciclaje en Puerto Rico, esta Comisión concluye que la legislación propuesta resulta necesaria para fortalecer los mecanismos de apoyo económico dirigidos a las entidades privadas y empresas comunitarias dedicadas al manejo y procesamiento de materiales reciclables.
Por otro lado, la medida promueve una mayor flexibilidad administrativa y financiera, permitiendo optimizar el acceso a recursos económicos para proyectos que contribuyen a la reducción de desperdicios sólidos. Asimismo, esta legislación fomenta el desarrollo de infraestructura y capacidad operacional dentro del sector del reciclaje, actividad que constituye un componente esencial de la política pública ambiental del Gobierno de Puerto Rico.
Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Recursos Naturales,
luego del estudio y consideración correspondiente, tiene a bien someter a este
Cuerpo Legislativo su Informe Positivo, recomendando la aprobación del Proyecto del Senado 219, sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,
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Hon. Elinette González Aguayo
Presidenta
Comisión de Recursos Naturales
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