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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma Asamblea 1 ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la S. 233

INFORME POSITIVO

11 DE JUNIO DE 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tras el correspondiente análisis y evaluación, recomienda respetuosamente a este Honorable Cuerpo Legislativo la aprobación del Proyecto del Senado 233 (en adelante, P. del S. 233), mediante el presente Informe Positivo, incorporando, además, las enmiendas sugeridas que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. del S. 233 dispone enmendar el inciso (b) del Artículo 4.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Educación de Puerto Rico” (en adelante, Ley 85-2018) a los fines de establecer que un aspirante a Director Escolar que ocupe la posición interrumpidamente por un término no mayor de (2) años, se le otorgue la permanencia en dicha posición, siempre y cuando, la misma esté vacante o desocupada por algún otro Director Escolar; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

La Ley 85-2018, conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, transformó el sistema educativo público con el fin de mejorar la calidad de la enseñanza, fortalecer la gestión escolar y aumentar la responsabilidad administrativa. En este contexto, los directores escolares, considerados líderes clave en el proceso educativo, fueron designados como puestos de confianza, lo que ha generado preocupación por su estabilidad laboral. Esta falta de seguridad afecta la continuidad administrativa y el desempeño en las escuelas. Diversos sectores, como la Asociación de Directores Escolares de Puerto Rico, han señalado que la permanencia de estos líderes es crucial para asegurar la estabilidad y efectividad del sistema educativo público.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

El P. del S. 233 fue radicado el 13 de enero de 2025 y referido a la Comisión de Educación el 7 de abril de 2025.

Para la evaluación y análisis de la medida referida, se recibieron Memoriales Explicativos del Departamento de Educación de Puerto Rico, la Organización Nacional de Directores Escolares y Educadores Puertorriqueños en Acción, Inc. Además, resultó de apoyo sustancial en la redacción del presente informe la Vista Pública celebrada en torno al Proyecto de la Cámara 300, una medida que, en esencia, guarda similitud con el proyecto que actualmente evaluamos y está ante nuestra consideración.

En cumplimiento con nuestra responsabilidad legislativa y con el propósito de obtener el aporte necesario dichos memoriales fueron evaluados y analizados para propósitos de la redacción de este informe bajo nuestra consideración.

A continuación, se presenta un resumen detallado de los comentarios proporcionados por las asociaciones y entidades gubernamentales antes mencionadas.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO

El Departamento de Educación de Puerto Rico (en adelante, D.E.P.R.), a través de su secretario, Lcdo. Eliezer Ramos Parés, presentó su memorial explicativo en apoyo al P. de la S. 233, una iniciativa legislativa orientada a fortalecer el sistema educativo mediante la profesionalización y estabilización del rol de los directores escolares. Esta medida se considera necesaria debido a la importancia del director como figura principal en la gestión escolar, encargado de administrar recursos, evaluar al personal docente y fomentar la participación de la comunidad, factores que inciden directamente en la calidad educativa.

Los directores escolares son figuras esenciales para el funcionamiento eficaz de las escuelas del D.E.P.R., actuando como los principales ejecutivos o gerentes de cada plantel. Este rol requiere una sólida formación y desarrollo profesional, lo que implica que la propia agencia educativa invierta recursos para su preparación. En este contexto, es crucial garantizarles condiciones laborales dignas, incluida la estabilidad en el empleo. Para ello, se propone eliminar los obstáculos legales que impiden su nombramiento como personal de carrera, permitiendo que, tras un periodo probatorio, puedan adquirir permanencia, lo cual fortalecería la gestión de recursos humanos en el sistema educativo.

El P. de la S. 233 busca enmendar el Artículo 4.01 de la Ley 85-2018 para establecer que el Director Escolar obtenga permanencia después de dos años ininterrumpidos en el cargo, siempre y cuando la plaza esté vacante. Aunque el D.E.P.R. está de acuerdo con otorgar permanencia luego del periodo probatorio, sostiene que esta no debe ser automática debido a la importancia del puesto. Por ello, propone que sea el Secretario de Educación quien evalúe y otorgue la permanencia, según se cumplan los requisitos establecidos.

Además, el proyecto propone reducir de cinco (5) a tres (3) años la experiencia pedagógica requerida para aspirar al cargo de director. Sin embargo, esta enmienda no toma en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de Certificación del Personal Docente (Reglamento Núm. 9375), que exige cinco (5) años de experiencia en el salón de clases como requisito fundamental. Dicho reglamento también requiere un certificado de maestro, la realización de un curso de práctica supervisada como director, y experiencia comprobada en funciones directivas. Por tanto, cualquier cambio debe armonizar con las disposiciones reglamentarias vigentes para no debilitar la preparación necesaria de quienes asumen este importante rol.

EDUCADORES PUERTORRIQUERÑOS EN ACCIÓN, INC

La organización magisterial Educadores Puertorriqueños en Acción, Inc. (en adelante, E.P.A.), a través de su presidente, Dr. Luis Orengo Morales y su Director Ejecutivo, Profesor Domingo Madera Ruiz, comparece con el propósito de proponer algunas ideas al P. del S. 233. Menciona en su ponencia que, dirigir una escuela representa un verdadero sacrificio, ya que el Director Escolar debe estar disponible las veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana, a pesar de que su horario oficial es de siete (7) horas diarias. La realidad es que muchos de estos profesionales laboran entre ocho (8) y doce (12) horas al día y, en múltiples ocasiones, deben presentarse en sus escuelas durante fines de semana o días feriados para atender situaciones imprevistas. Además de estas exigencias, el Director Escolar debe ser un líder visionario, capaz de asumir múltiples funciones adicionales asignadas por sus superiores, demostrando un alto nivel de compromiso y responsabilidad.

Sin embargo, la Ley 85-2018 eliminó la posibilidad de que los directores escolares de nuevo nombramiento puedan adquirir un estatus permanente dentro del sistema público de enseñanza. Esta situación ha desincentivado a muchos educadores calificados a aspirar al puesto de director, optando en cambio por permanecer como maestros o buscar posiciones menos exigentes como la de Facilitador Docente. Por esta razón, se apoya el proyecto que permitiría otorgar estatus permanente al Director Escolar luego de dos (2) años consecutivos en el cargo.

La E.P.A. presenta dos recomendaciones clave: primero, que se conceda la permanencia a los directores escolares tras ocupar ininterrumpidamente la posición por un período de dos años, pudiendo también ser trasladados a otra vacante disponible dentro de su región; segundo, que se otorgue inmediatamente la permanencia a los más de doscientos (200) directores nombrados desde el 2018 que ya cumplen con los requisitos legales. Concluye, que estas medidas son necesarias para hacer justicia y fortalecer el liderazgo en nuestras escuelas.

ORGANIZACIÓN NACIONAL DE DIECTORES DE ESCUELAS DE PUERTO RICO

La Organización Nacional de Directores de Escuelas de Puerto Rico (en adelante, O.N.D.E.P.R.), a través de su presidente, Dr. Iván Benítez Canales, comparece con el propósito de presentar ideas al P. del S. 233. Dicha organización, reafirma su compromiso con la defensa del Director de Escuela como líder educativo esencial para el éxito de nuestras comunidades escolares. La O.N.D.E.P.R. destaca que desde la aprobación de la Ley 85-2018, a los directores se les ha privado del derecho a aspirar a una permanencia laboral, lo que ha generado inseguridad económica, emocional y profesional, y ha llevado a la pérdida de líderes capacitados que nuestras escuelas necesitan. A pesar de enfrentar condiciones laborales precarias —como la falta de personal de apoyo y múltiples responsabilidades administrativas, educativas y comunitarias—, los directores continúan cumpliendo con su deber.

Sin embargo, sus logros suelen pasar desapercibidos, mientras que los problemas escolares se les atribuyen directamente. Esta situación refleja una injusticia que debe ser atendida. La permanencia laboral no debe negarse a quienes desempeñan un papel tan crucial en el sistema educativo. Aunque la intención original de la Ley 85-2018 era mejorar el rendimiento mediante contratos renovables, esta política no se adapta a la realidad puertorriqueña, donde los directores carecen de los recursos y el apoyo que sí existen en otros sistemas como el federal. La ley actual, además, resulta discriminatoria e inconstitucional al negar derechos que otros empleados de carrera en el Departamento de Educación de Puerto Rico sí poseen. Por ello, la O.N.D.E.P.R. respalda el P. del S. 233, el cual busca otorgar el derecho a la permanencia del Director Escolar.

DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO

Conforme el análisis y los hallazgos de la medida, la Comisión de Educación entiende que la aprobación de esta medida no tendrá impacto fiscal sobre los presupuestos de las agencias, departamentos, organismos, instrumentalidades, o corporaciones públicas, que amerite certificación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó el P. del S. 233, y mediante el informe 2025-033 estableció y concluyó que esta medida no tiene un efecto fiscal directo sobre el Fondo General, ya que introduce un cambio administrativo sin generar costos adicionales; incluso, podría representar ahorros al reducir la rotación de personal y los gastos asociados al reclutamiento. En este sentido, el P. del S. 233 no solo eleva los estándares de liderazgo escolar y promueve la estabilidad en la gestión educativa, sino que lo hace de manera fiscalmente responsable, sin representar carga alguna para el presupuesto público. Además, no se anticipa un aumento inmediato en la nómina, ya que los directores ya se encuentran activos y ocupando dichas plazas.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

La Comisión de Educación ha realizado un análisis de todas las comunicaciones recibidas en torno al P. del S. 233. Dicho proyecto, representa un paso necesario hacia la justicia laboral y la valorización del liderazgo escolar en el sistema público de enseñanza de Puerto Rico. Otorgar estatus de permanencia a los Directores Escolares, luego de cumplir con un período de servicio ininterrumpido de dos (2) años, contribuye a la estabilidad institucional, mejora la retención de talento directivo y fortalece la estructura administrativa de las escuelas. Esta medida, además de ser un acto de equidad, reconoce el compromiso, sacrificio y alto nivel de responsabilidad que implica el cargo de Director Escolar.

Desde la perspectiva de política pública, el proyecto promueve condiciones de trabajo más justas y competitivas, alineadas con el principio constitucional de igualdad ante la ley y con el objetivo de mejorar la calidad educativa. Asimismo, se alinea con el interés del Departamento de Educación en profesionalizar su liderato escolar y asegurar la continuidad en los procesos académicos y administrativos de las escuelas.

Por lo tanto, a la luz del análisis realizado y del insumo recibido por el Departamento de Educación de Puerto Rico, la Organización Nacional de Directores de Escuelas de Puerto Rico y Educadores Puertorriqueños en Acción, Inc., la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico recomienda la aprobación del P. del S. 233 mediante el presente Informe Positivo, incorporando además las enmiendas sugeridas que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Tatiana Pérez Ramírez

Presidenta

Comisión de Educación

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