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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 233

INFORME POSITIVO

1 de abril de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 233, presenta a este Alto Cuerpo Legislativo el Informe Positivo de la presente medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

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ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 233, tiene el propósito de enmendar el inciso (b) del Artículo 4.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Educación de Puerto Rico” a los fines de que un aspirante a Director Escolar debe evidenciar para ser considerado para dicha posición (3) años de experiencia como maestro regular, poseer la certificación que otorga la Oficina de Certificaciones Docente del Departamento de Educación y haber recibido excelentes calificaciones en el desempeño como maestro. Que luego que el aspirante a Director Escolar ocupe la posición interrumpidamente por un término no mayor de (2) años, se le otorgara la permanencia en dicha posición, siempre y cuando, la misma este vacante o desocupada por algún otro Director Escolar

INTRODUCCIÓN

Desde la aprobación de la Ley 85-2018, los Directores Escolares han sido clasificados como empleados de confianza, eliminando su posibilidad de aspirar a la permanencia en el cargo. Esta disposición ha sido objeto de crítica por parte de diversos sectores, al considerar que ha deteriorado la estabilidad laboral, la continuidad administrativa y la efectividad de los procesos escolares. El Proyecto del Senado 233 busca corregir esta situación mediante la restauración del derecho a la permanencia, bajo criterios objetivos y verificables de experiencia y desempeño.

La medida reconoce la función del Director Escolar como líder educativo, clave para el desarrollo de las comunidades escolares, la implementación de políticas públicas y la garantía de un ambiente de enseñanza eficaz. Por tanto, el proyecto representa un paso hacia el fortalecimiento institucional del sistema educativo.

De igual manera, la medida realiza dos cambios principales al marco legal vigente: (1) reduce el requisito de experiencia docente previa para aspirar a una dirección escolar, y (2) establece que el Director Escolar que haya ocupado el cargo de forma ininterrumpida por dos años y cuya plaza esté vacante, podrá obtener la permanencia en el mismo. Estos cambios pretenden atraer y retener talento cualificado en la gestión escolar, brindando seguridad laboral y profesional.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, en adelante, Comisión, como parte de la evaluación y análisis del P. del S. 233, solicitó memoriales explicativos a las siguientes organizaciones y/o agencias: Departamento de Educación; Educadores Puertorriqueños en Acción (EPA) y la Organización Nacional de Directores de Escuelas de Puerto Rico (ONDEPR).

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR), expresó encontrarse a favor de la aprobación del Proyecto del Senado 233. La agencia reconoció que la medida permite fortalecer la carrera del liderazgo escolar y establecer condiciones más estables para el ejercicio del cargo de Director Escolar. El DEPR destacó que la modificación propuesta es cónsona con el principio de igualdad ante la ley, ya que existen Directores que adquirieron permanencia antes de la aprobación de la Ley 85-2018, según enmendada, mejor conocida como Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, mientras que otros, con las mismas funciones, carecen de dicha garantía.

Además, el Departamento resaltó que una administración escolar estable es crucial para la implantación de políticas públicas educativas a largo plazo. Indicaron que la falta de seguridad en el empleo puede generar desmotivación, alta rotación en los cargos directivos y obstaculizar la continuidad de esfuerzos institucionales. Por tanto, se mostraron dispuestos a colaborar en la aplicación de esta medida para lograr mayor estabilidad y efectividad en el sistema escolar.

Estos en su memorial incluyen varias recomendaciones que fueron acogidas por esta Comisión y se encuentran en el entirillado que se acompaña.

EDUCADORES PUERTORRIQUEÑOS EN ACCIÓN (EPA)

Los Educadores Puertorriqueños en Acción indicaron que dirigir una escuela conlleva, en cierto modo, un sacrificio, ya que los directores escolares tienen que estar dispuestos a estar disponibles las veinticuatro (24) horas al día, los siete días a la semana. Esto debido a que aunque su jornada laboral es de 7.5 horas diarias, la mayoría de estos servidores públicos trabajan hasta doce (12) horas diarias, en ocasiones incluso trabajando fines de semana y días festivos debido a situaciones que ocurren en el plantel.

Expresan que el que estos no tengan un puesto permanente, ha provocado que muchos aspirantes a Director Escolar, con grandes credenciales, prefieran optar por mantenerse como maestros escolares o facilitadores docentes. Por lo que se expresaron totalmente a favor de la medida.

Recomiendan que se establezca de manera clara en la medida que, los directores escolares que ya cumplen con los requisitos de esta medida al momento de la aprobación de la misma, obtengan su permanencia de forma inmediata.

ORGANIZACIÓN NACIONAL DE DIRECTORES DE ESCUELAS

DE PUERTO RICO (ONDEPR)

La Organización Nacional de Directores de Escuelas de Puerto Rico se expresó de forma contundente a favor del Proyecto del Senado 233, catalogándolo como un acto de justicia laboral y profesional. Sostienen que la eliminación del derecho a la permanencia en 2018 afectó gravemente el ánimo, la estabilidad emocional y la capacidad de reclutamiento de líderes escolares en el sistema público. Expusieron que muchos directores realizan sus funciones bajo condiciones adversas, con escaso personal de apoyo, altos niveles de responsabilidad, carga administrativa excesiva y constantes señalamientos sin las protecciones que provee la permanencia en el cargo.

La organización argumenta que negar la permanencia a los Directores Escolares es una forma de discrimen laboral, contrario al principio constitucional de igual salario y condiciones para igual trabajo. Añaden que la falta de seguridad en el puesto ahuyenta a profesionales cualificados que podrían liderar transformaciones educativas significativas. Concluyen que, bajo criterios objetivos y cumpliendo con requisitos de evaluación, el derecho a la permanencia debe ser reconocido como una garantía mínima para la estabilidad del sistema educativo.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico certifica que el P. del S. 233, no impone obligación económica alguna en los presupuestos de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

El Proyecto del Senado 233 constituye un paso afirmativo hacia la justicia y estabilidad laboral del personal directivo del sistema educativo público. La medida atiende una situación de desigualdad normativa creada por la Ley 85-2018 y establece parámetros razonables y justos para la adquisición de permanencia en el cargo de Director Escolar.

A tenor con lo antes expuesto, la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico previo al estudio y consideración del Proyecto del Senado 233, recomienda la aprobación de la medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Brenda Pérez Soto

Presidenta

Comisión de Educación, Arte y Cultura

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