GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 44
13 DE ENERO DE 2025
Presentada por el representante Méndez Núñez
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la política pública que viabilice la entrada del joven a los mercados de empleo; adiestramiento vocacional; la atención preferente a la búsqueda de soluciones a los problemas de la juventud en sus distintas facetas; instituciones públicas y privadas para el tratamiento social de menores; adiestramiento, empleo y rehabilitación vocacional de menores del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos; la División de Asuntos Juveniles de la Policía; el Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; programas culturales para jóvenes promovidos por el Instituto de Cultura Puertorriqueña; instituciones gubernamentales y privadas que entiendan con las necesidades e inquietudes de la juventud; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La misión del Estado en la sociedad moderna es garantizar a sus constituyentes el más alto grado de calidad de vida posible. La salud, la educación, la seguridad, la economía, entre otras tantas áreas son fundamentales para el desarrollo de todos los ciudadanos. La juventud es una etapa primordial del desarrollo social del ser humano. Es la etapa en donde el ser humano utiliza su brío natural para adquirir la madurez, las habilidades y las herramientas necesarias para emprender en el camino de la adultez e insertarse como un ser humano independiente dentro de la corriente social.
Los jóvenes juegan un rol fundamental en todas las esferas sociales y están llamados a dirigir los destinos de nuestro Puerto Rico. Ellos son los agentes de cambio, encargados de utilizar su imaginación, ideales y energía para explotar su propio potencial y elaborar un mundo adecuado para las futuras generaciones.
Nuestra juventud es una generación que está deseosa de superarse, pero no cuenta con los recursos necesarios para lograrlo. Para ello, debemos mejorar en su educación, en los servicios de salud, en los deportes, en su seguridad y en sus derechos laborales.
Debemos darle la importancia que la juventud merece. Es preciso que le brindemos a los jóvenes todo el apoyo necesario y le proveamos las herramientas económicas, educativas, culturales y sociales adecuadas para su pleno desarrollo. Tenemos el reto de dotarlos con conocimiento y habilidades que les posibilite insertarse de una manera digna en nuestra sociedad y le permita una transición exitosa al mercado laboral.
Por tal motivo, la Cámara de Representantes de Puerto Rico entiende que es menester impostergable que esta Comisión lleve a cabo los estudios e investigaciones que se ordenan en esta Resolución, de tal forma que se puedan hacer las recomendaciones pertinentes a todos los organismos que componen el Gobierno de Puerto Rico para bienestar de nuestros jóvenes.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la política pública que viabilice la entrada del joven a los mercados de empleo; adiestramiento vocacional; la atención preferente a la búsqueda de soluciones a los problemas de la juventud en sus distintas facetas; instituciones públicas y privadas para el tratamiento social de menores; adiestramiento, empleo y rehabilitación vocacional de menores del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos; la División de Asuntos Juveniles de la Policía; el Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; programas culturales para jóvenes promovidos por el Instituto de Cultura Puertorriqueña; instituciones gubernamentales y privadas que entiendan con las necesidades e inquietudes de la juventud.
Sección 2.-La Comisión, conforme dispone el Reglamento de la Cámara de Representantes, puede citar a cualquier persona natural o jurídica, o entidad gubernamental, organizaciones con o sin fines de lucro, que haya tenido o tenga cualquier clase de relación o conexión en los asuntos en los asuntos especificados en la Sección 1 de esta Resolución.
Sección 3.-La Comisión, además, podrá realizar todos los estudios, investigaciones, reuniones, citaciones, solicitudes de producción de documentos, solicitudes de información, requerimientos, e informes que entienda necesarios y podrá investigar cualquier asunto que entienda pertinente para cumplir con lo dispuesto en esta Resolución.
Sección 4.- La Comisión rendirá a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estime necesarios o convenientes en los que incluyan sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterá un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.
Sección 5.-Esta Resolución tendrá vigencia al momento de su aprobación.
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