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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 45

13 DE ENERO DE 2025

Presentada por la representante Martínez Vázquez

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los reglamentos internos municipales creados mediante ordenanza sobre el manejo de estorbos públicos, requeridos por la Ley 107-2020, según enmendada, mejor conocida como el Código Municipal de Puerto Rico en el Distrito Representativo 21, que comprende los municipios de Guánica, Lajas, Las Marías, Maricao, Sabana Grande y Yauco, con el fin de auscultar que municipios ya tienen sus reglamentos establecidos y su puesta en vigor, analizar áreas de fortalezas y debilidades; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 107-2020, según enmendada, mejor conocida como el Código Municipal de Puerto Rico, contiene entre sus disposiciones en el Libro IV sobre Procesos Municipales y Gestión Comunitaria, el Capitulo II acerca de la Restauración de las Comunidades y el Capitulo III acera de Procesos para la Reparación y Eliminación de Viviendas Inadecuadas. Ambos capítulos abundan sobre el tema del manejo de los estorbos públicos en los municipios. No obstante, ambos capítulos, aunque contienen una guía de cómo manejar las viviendas inadecuadas o inhabitables dentro de las demarcaciones territoriales de los municipios, la Ley 107-2020, otorga discreción a que sean los municipios quienes establezcan sus propios mecanismos procesales y administrativos para atender este asunto tan imperativo en sus comunidades.

En específico, en el Capítulo II, los Arts. 4.008 al 4.012 de la Ley enmarcan el procedimiento de como identificar las propiedades inmuebles deshabitadas y abandonadas que por sus condiciones deban ser calificadas como estorbos públicos, para su posterior adquisición y transferencia de título a un adquiriente. Asimismo, en el Art. 4.012A se establece un procedimiento de expropiación sumario.

Más adelante, en el Capítulo III, los Arts. 4.015 al 4.020, imponen responsabilidad para que los municipios actúen activamente y promuevan que las viviendas sean adecuadas y seguras para sus habitantes. Ambos capítulos anteriormente mencionados, proveen para que los municipios creen sus propias ordenanzas a los efectos.[1]

No obstante, la creación de ordenanzas y medidas municipales son procedimientos internos, no existe constancia a nivel estatal de la creación e implementación de estas. Sin embargo, el tema del manejo de los estorbos públicos y la promoción de viviendas accesibles y asequibles a los ciudadanos es un tema imperativo de alto interés público pues va arraigado a la calidad de vida y derechos básicos de los ciudadanos. El conocer si los municipios han creado e implementado ordenanzas sobre el manejo de estorbos públicos y su implementación, otorgará un panorama para conocer las fortalezas y áreas a desarrollar sobre este tema con el fin de promover la habitabilidad de viviendas para la posterior adquisición de las mismas por ciudadanos que aspiren a estas.

Por lo anterior, la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico considera pertinente, el realizar una investigación exhaustiva sobre los reglamentos internos municipales creados mediante ordenanza sobre el manejo de estorbos públicos, requeridos por la Ley 107-2020, según enmendada, mejor conocida como el Código Municipal de Puerto Rico en el Distrito Representativo 21, que comprende los municipios de Guánica, Lajas, Las Marías, Maricao, Sabana Grande y Yauco, con el fin de auscultar que municipios ya tienen sus reglamentos establecidos y su puesta en vigor, analizar áreas de fortalezas y debilidades; y para otros fines relacionados.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1.-Se ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los reglamentos internos municipales creados mediante ordenanza sobre el manejo de estorbos públicos, requeridos por la Ley 107-2020, según enmendada, mejor conocida como el Código Municipal de Puerto Rico en el Distrito Representativo 21, que comprende los municipios de Guánica, Lajas, Las Marías, Maricao, Sabana Grande y Yauco, con el fin de auscultar que municipios ya tienen sus reglamentos establecidos y su puesta en vigor, analizar áreas de fortalezas y debilidades; y para otros fines relacionados.

Sección 2.-La Comisión tendrá la responsabilidad de someter informes parciales y aquellos necesarios, con los hallazgos y recomendaciones a medida que se desarrollen los trabajos, investigaciones y análisis pertinentes relacionados.

Sección 3.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

  1. Véase, Arts. 4.012A, 4.015, 4.020.

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