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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. DE LA C. 51

INFORME POSITIVO

10 de marzo de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 51, presentada por el representante Pérez Ortiz, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, y cuyo título lee:

“Para ordenar la Comisión de Educación, investigar la operación, implementación y retos del programa de Educación Especial, específicamente los Servicios Compensatorios a estudiantes; y para otros fines relacionados.”

ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara Núm. 51 tiene como objetivo investigar la operación, implementación y retos del programa de Educación Especial, específicamente los Servicios Compensatorios a estudiantes.

La exposición de motivos de la medida objeto de análisis indica que educación especial representa un derecho fundamental para los estudiantes con necesidades diversas, garantizando su desarrollo integral en igualdad de condiciones. El Departamento de Educación de Puerto Rico, a través de su Secretaría Asociada de Educación Especial, tiene la responsabilidad de proveer los servicios necesarios para que estos estudiantes puedan acceder a una educación de calidad adaptada a sus necesidades. Sin embargo, en las últimas décadas, diversas situaciones y casos legales han evidenciado incumplimientos en la prestación de estos servicios, lo que ha afectado significativamente a esta población vulnerable.

Por otra parte, se hace referencia a que los servicios compensatorios están dirigidos, en su mayoría, a estudiantes que ya se graduaron del Departamento de Educación y que, durante sus años educativos — desde primer hasta cuarto año de escuela superior — no recibieron los servicios de educación especial adecuados. Muchos de estos estudiantes superan los 18 años y, en caso de que no se les provean los servicios compensatorios correspondientes, podrían considerar acciones legales contra el Estado, incluyendo demandas por daños. Este programa representa un costo millonario para el Departamento de Educación, que debe enfrentar el impacto financiero de compensar por servicios no ofrecidos en el pasado. Además, el programa plantea un reto significativo para los proveedores de servicios, quienes generalmente cuentan con la formación y experiencia necesarias para atender a niños y adolescentes, pero no a adultos, lo que dificulta aún más la oferta adecuada y eficiente de estos servicios compensatorios.

Por ello, estimamos necesario que se pueda investigar este importante tema y que se atiendan las necesidades de la ciudadanía. Como comisión cameral, entendemos que la Resolución objeto de análisis cuenta con todo lo requerido constitucional, estatutaria y jurisprudencialmente, para dar paso a una investigación exhaustiva. Esta comisión informante no hará expresiones sobre los posibles resultados o hallazgos de la investigación que se autoriza. Sin embargo, recomienda a la Comisión tramitar la misma conforme al reglamento y con apego al plazo concedido para rendir su informe.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes de Puerto Rico tiene el honor de recomendar la aprobación de la Resolución de la Cámara 51, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos

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