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GOBIERNO DE PUERTO RICO

 

20ma. Asamblea​                                                                                     3ra. Sesión

​  Legislativa​                                                                                        Ordinaria

 

CÁMARA DE REPRESENTANTES

 

P. de la C. 285

 

INFORME NEGATIVO

 

11 DE FEBRERO DE 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

 

La Comisión de Turismo, tras el correspondiente análisis y evaluación, recomienda a este Honorable Cuerpo Legislativo no aprobar el Proyecto de la Cámara 285 (“PC 285”).

ALCANCE DE LA MEDIDA

Los derechos culturales han sido reconocidos, a nivel internacional, como derechos humanos fundamentales. La Declaración Universal de Derechos Humanos dispone en el artículo 27 que: “(1) Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.”. Debido a que los derechos humanos son indivisibles e interdependientes y se relacionan entre sí, no se pueden discutir los derechos culturales sin relacionarlos con el derecho a la educación, a la libertad de expresión, a la información, a la asociación, a la participación política, al trabajo, a la salud y, por supuesto, con el derecho a la igualdad.

 

​El Gobierno de Puerto Rico, sus agencias, instrumentalidades, municipios y corporaciones públicas poseen obras de arte, objetos, colecciones o edificaciones pertenecientes al patrimonio cultural de valor importante para el Pueblo de Puerto Rico.  Entre estas podemos mencionar, la Compañía de Turismo, la Universidad de Puerto Rico y muchos municipios que son dueños o custodios de obras de arte y piezas arqueológicas, que a su vez son parte importante de nuestro patrimonio. 

 

​Por otro lado, el Instituto de Cultura Puertorriqueña es el principal organismo gubernamental responsable de promover, enriquecer y divulgar los valores culturales puertorriqueños y lograr el más amplio y profundo conocimiento y aprecio de los mismos. También, es la agencia que vela por la conservación de nuestro patrimonio histórico documental y artístico, siendo uno de sus deberes ministeriales dar pública divulgación de todas las manifestaciones sobresalientes de la cultura puertorriqueña a través de libros y otras publicaciones.

 

​La Colección de Arte del Instituto de Cultura Puertorriqueña es la más abarcadora que tiene Puerto Rico y está compuesta por: la Colección de Pintura Puertorriqueña, Escultura Puertorriqueña, Grabado Puertorriqueño e Internacional, Carteles, Artesanía y Arte Popular, Objetos Históricos, Sellos y Monedas, Objetos Decorativos, Mobiliario, Armaduras y Arma y Objetos Arqueológicos.  Además, incluye los documentos, grabaciones y fotografías originales depositados en el Archivo General y la Biblioteca Nacional de Puerto Rico. La vasta colección que obra en poder del Instituto de Cultura Puertorriqueña es una herramienta invaluable para la preservación y promoción de nuestra cultura e identidad. Por tal razón, debe protegerse para el disfrute de esta generación y las futuras.

 

​La crisis fiscal y económica por la que atraviesa el País no puede ser motivo para enajenar el patrimonio artístico y cultural de nuestro pueblo.  Por ello, esta Asamblea Legislativa entiende que es imperativo la protección de estos bienes de incalculable valor y significado, mediante la prohibición total y estricta de la venta, alquiler, permuta, dación en pago, donación, cesión, pago en finiquito y cualquier otra forma de enajenación de estos.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

 

En aras de evaluar el PC 285, la Comisión de Turismo de la Cámara de Representantes recibió memorial explicativo de la Compañía de Turismo.

 

A continuación, ofrecemos una breve sinopsis de dicho memorial explicativo:

Compañía de Turismo de Puerto Rico

La Compañía de Turismo de Puerto Rico menciona primero que la medida del Proyecto de la Camara 685 no establece una diferenciación entre piezas que deben de estar bajo protección debido a su valor histórico y piezas o lugares que pueden ser reutilizados para fines turísticos. De tal forma, hay propiedades de la Compañía de Turismo de Puerto Rico que se pueden ver afectadas por esta falta de distinción. Además, la Compañía menciona que hay mucho lenguaje ambiguo cuando se refiere del patrimonio cultural que puede generar problemas legales en el futuro y que pueden crear barreras “para planificar, transferir o rehabilitar bienes públicos.”

La agencia también expone que desde el punto de vista económico se puede observar que la medida presenta obstáculos y hace casi imposible que se pueda invertir en estructuras históricas o lugares que pueden ser renovados y que creen más relaciones entre el sector privado y el gobierno. Otro punto importante es que la P de la C 285 va en contra de la política pública existente de las alianzas público-privadas que permite un traspaso y delegación de operación. Además, muchos edificios y propiedades gubernamentales se verían afectados con esta medida. Esto es dado a que imposibilita el traspaso de propiedades ente agencias, otorgadas en concesión o cedidas para fines específicos.

Según el punto de vista de la Compañía, la medida no provee un mecanismo en que se pueda distinguir los bienes que serían protegidos bajo la ley. Además, no entabla comunicación con el instituto de Cultura Puertorriqueña para poder identificar y registrar estos bienes. Dado a esta falta de mecanismo, se presta a decisiones arbitrarias que tienen riesgo de litigios. Finalmente, la agencia cree que esta medida puede estar en conflicto con el Plan Fiscal, “al afectar activos que podrían estar pignorados o que son parte de esquemas de repago de deuda pública.” De tal manera, la Compañía de Turismo solicita la opinión de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

 

La Comisión de Turismo entiende que con la aprobación del PC 285 no garantizaría una protección de la manera más eficiente del patrimonio cultural; además, se entiende que esta legislación puede crear más problemas legales y culturales para el gobierno y el sector privado de Puerto Rico. La protección de nuestro legado cultural es de las labores más loables e importantes de nuestro gobierno, pero es importante crear un esquema donde se pueda atender las preocupaciones para proteger estas piezas y lugares con las realidades de la política pública de la Isla.

 

Por lo antes expuesto, no recomendamos la aprobación del PC 285.

 

Respetuosamente sometido,

 

 

 

Axel “Chino” Roque Gracia

Presidente

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