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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 111

PRIMER INFORME PARCIAL

23 de junio de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:

La Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y análisis de la Resolución de la Cámara 111, somete a este Alto Cuerpo el presente Primer Informe Parcial con sus hallazgos, recomendaciones y conclusiones.

ALCANCE DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara 111(R. de la C. 111) ordena a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales realizar una investigación exhaustiva sobre diversos asuntos relacionados con el ámbito laboral en Puerto Rico, incluyendo, entre otros aspectos, las condiciones de trabajo, las horas y salarios, las relaciones obrero-patronales, los programas de adiestramiento y readiestramiento de trabajadores, así como los servicios de orientación laboral y la capacitación sindical. La medida responde al interés de la Asamblea Legislativa de examinar integralmente el funcionamiento del mercado laboral y el marco normativo que lo regula.

Asimismo, la Resolución dispone evaluar todo lo relacionado con la seguridad de empleo, el desempleo y las medidas de política pública dirigidas a promover la estabilidad laboral en la Isla. La investigación encomendada pretende analizar la eficacia de las leyes y programas vigentes para atender los retos del mercado laboral contemporáneo, incluyendo la participación de la fuerza trabajadora, la calidad del empleo y la protección de los derechos laborales.

De igual forma, la medida incluye el estudio de los mecanismos de prevención y compensación por accidentes del trabajo, así como los programas de rehabilitación para trabajadores que han sufrido lesiones o enfermedades ocupacionales. Este aspecto reviste especial importancia en el contexto de la seguridad y salud ocupacional, áreas que constituyen pilares fundamentales de la política pública laboral del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Finalmente, la Resolución autoriza a la Comisión a investigar asuntos relacionados con los trabajadores migrantes, las leyes especiales que prohíben el discrimen en el empleo y cualquier otro asunto laboral que le delegue la Cámara de Representantes o su Presidencia. A tales fines, la medida confiere amplias facultades investigativas a la Comisión para citar testigos, requerir información y producir informes parciales o finales con hallazgos y recomendaciones dirigidas a fortalecer el marco laboral del País.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para la evaluación de la medida ante nuestra consideración (R. de la C. 111), la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales solicitó memoriales explicativos a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado[1], al Departamento del Desarrollo Económico de Puerto Rico[2], y al Departamento de Trabajo y Recursos Humanos. [3]

  1. Trasfondo y análisis del memorial por parte de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado Puerto Rico.

Del análisis preliminar de la R. de la C. 111 y del memorial explicativo presentado por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado Puerto Rico, la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales identifica los siguientes hallazgos principales:

La Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), ofrece información relevante sobre los sistemas de compensación por accidentes del trabajo, la prevención de riesgos ocupacionales y la rehabilitación de trabajadores lesionados. El memorial sometido por la CFSE expone el trasfondo histórico y jurídico del sistema de compensaciones por accidentes del trabajo en Puerto Rico, destacando que el derecho de los trabajadores a laborar en condiciones seguras encuentra fundamento en el Artículo II de la Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Asimismo, se reseña la importancia de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como la “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”, la cual establece el marco jurídico para la compensación y rehabilitación de trabajadores que sufren lesiones o enfermedades ocupacionales.

De acuerdo con la información provista, el sistema administrado por la CFSE procura no solo la compensación económica del trabajador lesionado, sino también su rehabilitación integral con miras a lograr su pronta reintegración a la fuerza laboral. El memorial detalla que los beneficios ofrecidos incluyen tratamiento y asistencia médica, compensaciones temporales durante el periodo de incapacidad y compensaciones adicionales por incapacidad parcial o permanente, constituyendo un modelo de protección social con un enfoque humanista y de avanzada dentro del ordenamiento jurídico laboral puertorriqueño.

El documento también destaca la infraestructura operacional de la corporación, la cual incluye oficinas regionales, dispensarios intermedios y una amplia red de proveedores de servicios médicos y hospitalarios. Según la información presentada, la CFSE cuenta con cientos de proveedores de salud y múltiples especialidades médicas que permiten atender de forma integral las reclamaciones relacionadas con accidentes laborales y enfermedades ocupacionales. Esta estructura operativa resulta esencial para garantizar la prestación de servicios médicos y de rehabilitación a los trabajadores afectados.

A la luz de lo anterior, la Comisión entiende que el memorial recibido constituye una aportación significativa para el análisis de la Resolución, particularmente en lo relativo a la prevención de accidentes del trabajo, la compensación a trabajadores lesionados y las políticas públicas dirigidas a promover ambientes laborales seguros. Los datos y planteamientos presentados servirán de base para continuar evaluando la efectividad de las políticas laborales vigentes y la necesidad de posibles reformas legislativas que fortalezcan la protección de la fuerza trabajadora en Puerto Rico.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Luego de examinar la medida y la información sometida mediante memoriales explicativos, esta Comisión concluye que la R. de la C. 111 constituye un instrumento legislativo adecuado y necesario para evaluar de manera integral el estado actual del sistema laboral en Puerto Rico. La amplitud de los asuntos incluidos en la investigación permite examinar áreas medulares como la seguridad en el empleo, la compensación por accidentes laborales, el desarrollo de la fuerza trabajadora y las relaciones obrero-patronales.

Asimismo, la evidencia presentada mediante los memoriales recibidos demuestra la relevancia de continuar evaluando los mecanismos institucionales existentes para proteger la salud y seguridad de los trabajadores, así como la eficacia de los programas de compensación y rehabilitación. La información suministrada por las agencias concernidas evidencia la importancia de mantener un sistema robusto de prevención, tratamiento y compensación de accidentes del trabajo.

De igual forma, la Comisión reconoce que los cambios en la dinámica del mercado laboral, incluyendo nuevas modalidades de empleo, movilidad laboral y cambios demográficos en la fuerza trabajadora, requieren una evaluación continua del marco jurídico laboral para garantizar que responda adecuadamente a las necesidades actuales del País.

A la luz de los hallazgos preliminares surgidos del proceso investigativo y de la información presentada en los memoriales recibidos, la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales recomienda continuar con el proceso de investigación ordenado por la R. de la C. 111 mediante la solicitud de información adicional a agencias gubernamentales, organizaciones sindicales, asociaciones patronales y expertos en derecho laboral y política pública. De igual forma, se recomienda dar seguimiento a las solicitudes previas de memoriales a varias agencias y se pudieran considerar la celebración de vistas públicas dirigidas a examinar con mayor profundidad el funcionamiento de los sistemas de prevención y compensación por accidentes del trabajo, así como la efectividad de los programas de capacitación laboral y reintegración de trabajadores al mercado de empleo.

Finalmente, esta Comisión entiende meritorio evaluar posibles medidas legislativas o administrativas que fortalezcan la seguridad ocupacional, optimicen los mecanismos de compensación y rehabilitación laboral, y promuevan condiciones de trabajo seguras, justas y sostenibles para todos los trabajadores en Puerto Rico.

Por lo antes expuesto, la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración de la R. de la C. 111, tiene a bien someter el Primer Informe Parcial sobre dicha medida, con sus hallazgos, recomendaciones y conclusiones.

Respetuosamente,

Hon. Roberto J. López Román

Presidente

Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales

  1. Memorial CFSE recibido el 26 de febrero de 2026.

  2. Memorial DDEC al momento de presentar este Informe Parcial no estaba disponible.

  3. Memorial DTRH al momento de presentar este Informe Parcial no estaba disponible.

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