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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 297

3 DE FEBRERO DE 2025

Presentado por la representante Pérez Ramírez

Por petición del Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc.

Referido a la Comisión de Hacienda

LEY

Para establecer la “Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados”; con el propósito de mantener una asignación anual de trescientos cincuenta mil dólares ($350,000.00) para la educación especializada de estudiantes dotados y dar continuidad al trabajo del Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED); y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Esta legislación tiene como objetivo garantizar una asignación anual de fondos que permita atender las necesidades de los estudiantes dotados en Puerto Rico y dar continuidad al trabajo esencial que realiza el Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED). Actualmente, muchos estudiantes dotados no son identificados ni evaluados adecuadamente dentro del sistema educativo convencional, lo que limita significativamente su desarrollo y potencial. Con una asignación permanente de fondos, el IIDED estará en capacidad de implementar programas sólidos de identificación y evaluación, así como brindar el apoyo especializado que necesitan estos estudiantes y sus familias.

Los estudiantes dotados a menudo enfrentan un currículo estándar que no desafía sus habilidades, lo que puede generar desmotivación y desaprovechamiento de su talento. Los fondos asignados permitirán desarrollar e implementar un currículo enriquecido en áreas avanzadas como ciencias, matemáticas, arte y tecnología, adaptado a sus capacidades. Asimismo, se reconoce la importancia de formar a los educadores para garantizar una enseñanza efectiva. Esta asignación permitirá crear programas de capacitación continua, dotando a los maestros de herramientas pedagógicas especializadas para atender las necesidades de esta población.

Con el apoyo adecuado, los estudiantes dotados tendrán la oportunidad de alcanzar y superar sus metas académicas, mejorando su rendimiento general y destacándose en pruebas estandarizadas. Además, los programas de apoyo psicoemocional serán clave para ayudarles a desarrollar habilidades interpersonales y emocionales esenciales para su bienestar integral. Este respaldo integral permitirá que estos jóvenes se conviertan en líderes e innovadores en áreas clave como la ciencia, la tecnología y las artes, impactando positivamente el desarrollo de Puerto Rico.

Invertir en la educación de los estudiantes dotados fomenta una cultura de excelencia que valora el talento y el esfuerzo, inspirando a otros jóvenes a alcanzar su máximo potencial. Una población educada y capacitada es esencial para el desarrollo económico sostenible de la isla. Proveer oportunidades adecuadas en Puerto Rico reducirá el éxodo de talento, incentivando a estos jóvenes a permanecer en el país y contribuir a su progreso social y económico.

En sus más de 20 años de servicios, el IIDED ha demostrado la importancia de los servicios continuos para esta población. Las historias de éxito de sus estudiantes evidencian el impacto positivo de sus programas. Así como se apoya y desarrolla el talento en áreas artísticas y deportivas, es igualmente crucial para el futuro del país fomentar y potenciar las capacidades de los estudiantes dotados.

La asignación de fondos que se propone en este proyecto de ley proporcionaría recursos financieros consistentes y previsibles para el IIDED, lo que permitiría a la institución planificar y ejecutar eficazmente programas y servicios a largo plazo. Este apoyo permitirá al IIDED continuar su importante trabajo de colaboración con el Departamento de Educación de Puerto Rico en áreas como la actualización del Registro de Estudiantes Dotados, la realización de evaluaciones psicológicas y educativas gratuitas, la orientación y apoyo a las familias, y la capacitación de recursos educativos.

Además, este proyecto de ley permitiría al IIDED mantener una oficina permanente para identificar y servir a la población de estudiantes dotados, sus familias y escuelas en la isla. Esto no solo fortalecerá el alcance de sus servicios, sino que también promoverá una mayor inclusión y equidad en la prestación de apoyo especializado a estos estudiantes en toda la isla.

Esta ley constituye una inversión en el futuro de Puerto Rico. Los estudiantes dotados de hoy son los líderes, innovadores y creadores del mañana. Al garantizar una financiación constante y adecuada para su educación especializada, estamos invirtiendo en el desarrollo del país y asegurando que todos los jóvenes talentosos tengan la oportunidad de alcanzar su máximo potencial.

Por lo tanto, esta Asamblea Legislativa apoya hacer permanente la asignación anual trescientos cincuenta mil dólares ($350,000.00) para la educación especializada de los estudiantes dotados. De este modo, garantizamos que nuestros jóvenes más talentosos reciban los recursos que necesitan para prosperar y que Puerto Rico siga siendo un líder en la educación de los estudiantes dotados.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.-Título.

Esta Ley se conocerá como "Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados".

Sección 2.-Asignación Permanente y Uso.

Se asignará anualmente al Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED) la cantidad de trescientos cincuenta mil dólares ($350,000.00) de manera permanente, provenientes del presupuesto del Departamento de Educación. Estos fondos deberán ser otorgados antes del 30 de agosto de cada año fiscal.

Los fondos asignados serán utilizados por el IIDED para los siguientes propósitos:

a. Colaborar con el Departamento de Educación de Puerto Rico en la actualización del Registro de Estudiantes Dotados;

b. Continuar ofreciendo servicios gratuitos de evaluaciones psicológicas y educativas de los casos referidos por el Departamento de Educación, para la identificación de los estudiantes dotados;

c. Ofrecer servicios de orientación y apoyo a las familias de estudiantes dotados;

d. Realizar visitas a las escuelas para coordinar esfuerzos en la prestación de servicios para estudiantes dotados;

e. Capacitar a los maestros, orientadores, trabajadores sociales y directores del Departamento de Educación;

f. Colaborar con la Universidad de Puerto Rico, y sus programas de educación y psicología, en la preparación de nuevos recursos para el país;

g. Llevar a cabo talleres especializados para los estudiantes dotados identificados por el IIDED.

El IIDED mantendrá una oficina para identificar y servir a la población de estudiantes dotados, sus familias y escuelas en la isla.

Sección 3.-Reglamentación y Fiscalización.

El Departamento de Educación regulará y fiscalizará los fondos asignados al IIDED, garantizando que se utilicen de manera eficiente y efectiva para el propósito establecido en esta Ley.

Sección 4.-Separabilidad.

Si cualquier disposición de esta Ley fuera declarada inconstitucional o nula, por Tribunal competente, la sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará ni invalidará el resto de esta Ley. El efecto de dicha sentencia quedará limitado al párrafo, inciso o artículo de esta que así hubiese sido declarado inconstitucional.

Sección 5.-Vigencia.

Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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