GOBIERNO DE PUERTO RICO
20maAsamblea Legislativa | 3ra Sesión Ordinaria |
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 298
SEGUNDO INFORME
27 DE MAYO DE 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Cámara de Representantes de Puerto Rico, en sesión celebrada el jueves 21 de agosto de 2025, acordó el retiro del Informe Positivo[1] del P. de la C. 298. La Comisión del Trabajo y Asuntos laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, luego de la evaluación y estudio pertinente, tiene a bien someter a este Augusto Cuerpo su Segundo Informe, recomendando que el proyecto no sea aprobado.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El P. de la C. 298 tiene el propósito de adoptar el “Código de Lactancia de Puerto Rico” y disponer su vigencia.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
El P. de la C. 298 fue presentado con el fin de adoptar el "Código de Lactancia de Puerto Rico", buscando unificar en un solo estatuto las leyes protectoras del derecho a la lactancia. Es menester señalar que esta Comisión había rendido previamente un Primer Informe sobre la medida; sin embargo, el mismo fue devuelto a Comisión para un análisis más profundo a la luz de los desarrollos legislativos concurrentes.
Tras una reevaluación exhaustiva, esta Comisión debe informar que el escenario jurídico ha cambiado de forma definitiva. El Proyecto del Senado 476 (P. del S. 476), pieza legislativa equivalente en propósito y alcance a la medida bajo estudio (y compañera del P. de la C. 483), completó su trámite constitucional, siendo aprobado por ambos Cuerpos y convertido en la Ley Núm. 87-2025.
La entrada en vigor de la Ley 87-2025 ha logrado el objetivo que perseguía el P. de la C. 298: consolidar y fortalecer las protecciones para las madres lactantes en un código unificado. Por consiguiente, el P. de la C. 298 ha quedado sobreseído, ya que su intención legislativa ha sido plenamente satisfecha por el ordenamiento vigente. Mantener el trámite de esta pieza resultaría en una duplicidad innecesaria de normas, lo cual es contrario a la sana política pública de coherencia legal.
CONCLUSIÓN
A la luz del análisis realizado y en consideración a la evaluación previa del P. del S. 476, esta Comisión entiende que no resulta necesario proceder con el trámite y la aprobación del P. de la C. 298.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, presenta ante este Cuerpo el Segundo Informe sobre el Proyecto de la Cámara 298, recomendando que el proyecto no sea aprobado.
Respetuosamente sometido,
Hon. Roberto J. López Román
Presidente
Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales
Informe Positivo del P. de la C. 298 presentado en Actas y Récord el 30 de junio de 2025 a las 2:42pm. ↑
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