GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 330
INFORME POSITIVO
30 de abril de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 330, presenta a este Alto Cuerpo Legislativo el Informe Positivo de la presente medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 330, tiene el propósito de enmendar los Artículos 1, 2, 3, y 4, de la Ley Núm. 60-2009, conocida como Ley para Establecer un Período de Meditación en todas las Escuelas del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico, a los fines de extender a diez (10) minutos el periodo de reflexión en los planteles educativos antes de iniciar los trabajos; expandir la definición de meditación y reflexión; establecer este periodo como obligatorio; enmendar el inciso 57 del Artículo 2.04, de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico.
La formación integral del estudiantado requiere mucho más que la simple transmisión de conocimientos académicos. En un contexto social cada vez más complejo, es crucial que las escuelas públicas sirvan también como espacios donde se cultiven los valores, el sentido de comunidad y el bienestar emocional. En este sentido, la medida legislativa que propone ampliar el tiempo de reflexión diaria en los planteles educativos de cinco a diez minutos representa un avance significativo en la promoción del desarrollo humano integral desde la escuela.
El tiempo dedicado a la introspección no solo prepara emocionalmente al estudiante para su jornada escolar, sino que también sienta las bases para una ciudadanía más consciente y empática. Estudios sobre mindfulness y educación emocional han demostrado que prácticas regulares de reflexión ayudan a reducir los niveles de ansiedad, mejoran la concentración y fortalecen el sentido de pertenencia dentro de la comunidad escolar. Extender este espacio a diez minutos permitirá no solo una mayor profundidad en el proceso reflexivo, sino también la inclusión de actividades dirigidas que fomenten la discusión de valores éticos, sociales y cívicos.
La propuesta legislativa es oportuna y necesaria. A más de una década de la implementación de la Ley 60-2009[1], resulta evidente que el espacio de cinco minutos, aunque valioso, puede resultar insuficiente para cumplir con el objetivo de promover una reflexión efectiva. El contexto educativo actual demanda un enfoque más holístico, y esta enmienda responde a esa necesidad, reforzando el rol de la escuela como formadora de seres humanos emocionalmente equilibrados, socialmente responsables y éticamente comprometidos.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, en adelante, Comisión, como parte de la evaluación y análisis del P. del S. 330, solicitó memoriales explicativos al Departamento de Educación; Asociación de Maestros de Puerto Rico; Federación de Maestros y la Unión Nacional de Educadores y Trabajadores de la Educación (UNETE). Al momento de la redacción del presente informe, la Comisión no había recibido el memorial explicativo de UNETE.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR), expresó en su memorial que lo que propone la pieza legislativa maximiza las bondades de lo que ya es una dinámica fructífera en el proceso de enseñanza – aprendizaje. Entiende que el extender el tiempo de reflexión aumenta la efectividad de prácticas como la meditación o reflexión, generando un impacto más duradero en la salud emocional. Además de fomentar una mayor conexión entre los participantes.
Mencionan que estos diez (10) minutos permitirán la realización de actividades más significativas que las que pueden realizarse en cinco (5) minutos, por lo que endosan la aprobación de la medida, sin reservas.
ASOCIACIÓN DE MAESTROS
La Asociación de Maestros de Puerto Rico (AMPR), destaca en su memorial, que esta medida es oportuna y necesaria ante los retos emocionales que enfrenta la población estudiantil debido a eventos recientes como desastres naturales, la pandemia y la crisis económica. Argumentan que este tiempo adicional contribuiría a promover la paz, la relajación y una actitud positiva entre estudiantes y docentes al comenzar la jornada escolar.
La AMPR considera que ampliar este espacio de reflexión no solo es una acción lógica, sino también una forma efectiva de fomentar valores esenciales como el civismo, la responsabilidad social, la empatía y el trabajo en equipo. Aseguran que el incremento del periodo de meditación puede ser una herramienta educativa para mejorar el ambiente escolar y fortalecer la formación integral del estudiantado. Por estas razones, la Asociación manifiesta su total apoyo al P. del S. 330 y se compromete a seguir colaborando en iniciativas que beneficien a la educación pública en Puerto Rico.
FEDERACIÓN DE MAESTROS
La Federación entiende que añadir más tiempo al periodo de meditación redundaría en afectar el limitado tiempo que tienen los maestros a su disposición para asegurar el proceso de enseñanza-aprendizaje, especialmente ante los retos que enfrentan los maestros en la gestión del salón de clases y la atención a la diversidad del estudiantado. Argumenta que el tiempo actual de cinco minutos es suficiente para fomentar la reflexión en los estudiantes, sobre los valores morales, éticos y cívicos.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico certifica que el P. del S. 330, no impone obligación económica alguna en los presupuestos de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
La aprobación de esta medida legislativa tiene el potencial de transformar la experiencia educativa en Puerto Rico, colocando la salud emocional y la formación en valores al centro del proceso de enseñanza. El simple acto de detenerse a reflexionar al comienzo del día escolar puede tener un impacto profundo en la forma en que los estudiantes enfrentan sus retos diarios, se relacionan con sus compañeros y toman decisiones dentro y fuera del aula. No se trata solamente de un cambio en la duración de un periodo, sino de una apuesta concreta por una educación más humana y consciente.
Además, el carácter obligatorio del nuevo periodo de diez minutos garantiza que todos los estudiantes, desde nivel elemental hasta nivel superior, tendrán acceso a este espacio diario de reflexión. La medida evita cualquier sesgo ideológico o religioso, estableciendo con claridad que los temas abordados deben girar en torno a la ética, el civismo y la responsabilidad social. Esto refuerza el principio de equidad y neutralidad en la educación pública, a la vez que promueve una cultura escolar basada en el respeto mutuo y la sana convivencia.
Por todas estas razones, la enmienda a la Ley 60-2009, y a la Ley 85-2018 representa mucho más que una reforma técnica: es una declaración de principios sobre la educación que queremos para nuestras futuras generaciones. La implementación de un periodo de meditación y reflexión de diez minutos es una herramienta poderosa para formar ciudadanos más íntegros, empáticos y preparados para construir una sociedad más justa y solidaria.
A TENOR CON LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico previo al estudio y consideración del Proyecto del Senado 330, recomienda la aprobación de la medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Brenda Pérez Soto
Presidenta
Comisión de Educación, Arte y Cultura
Ley para Establecer un Período de Meditación en todas las Escuelas del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico ↑
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