(R. C. de la C. 34)
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para designar la Carretera PR-863 ubicada en el Municipio de Toa Baja con el nombre de “José ‘Manrique’ Rivera Torres”, en reconocimiento a su destacada trayectoria educativa, comunitaria, espiritual y familiar, así como a su impacto perdurable en el Barrio Pájaros-Candelaria y el Municipio de Toa Baja, Puerto Rico, y para otros fines relacionados.
EXPOSICIóN DE MOTIVOS
José “Manrique” Rivera Torres, visionario y agente de cambio en su comunidad, encarnó los valores de dedicación, liderazgo y compromiso social que definieron su trayectoria de vida. Nacido el 13 de octubre de 1945 en el Barrio Dajaos de Bayamón, fue hijo de Juan Bautista Rivera y Perpetua Torres. Desde muy joven demostró un profundo sentido de responsabilidad hacia su familia y comunidad, cualidades que lo acompañarían durante toda su vida. A los cuatro años, su familia se estableció en el sector Capitán del Barrio Pájaros de Toa Baja, donde sus aportaciones dejarían una huella indeleble.
Con una formación académica destacada que incluyó un Bachillerato en Educación con especialidad en Matemáticas y una Maestría en Administración y Supervisión de la Universidad de Puerto Rico, Manrique Rivera dedicó su vida profesional a la educación y al desarrollo de su comunidad. Como maestro, Director de Escuela y Superintendente, impactó profundamente a generaciones de estudiantes, inculcando valores de responsabilidad, disciplina y superación personal. Además, su rol como profesor de Matemáticas y Psicología Educativa de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Ciencias Médicas, evidenció su compromiso con la excelencia académica y el desarrollo profesional de sus alumnos.
A nivel comunitario, José “Manrique” Rivera Torres fue un líder incansable y creativo. Su visión dio origen a campamentos de verano que se convirtieron en plataformas para el aprendizaje, la recreación y el desarrollo de habilidades de liderazgo entre los jóvenes del Barrio Pájaros. Fue miembro activo de la Iglesia Cristiana Discípulos de Cristo en Pájaros-Candelaria y desempeñó un papel fundamental en la organización del emblemático Maratón Abraham Rosa 10K, donde lideró actividades como el tradicional Recorrido de la Antorcha fomentando la participación comunitaria y el sentido de pertenencia.
Manrique también demostró su compromiso con el emprendimiento al fundar, junto a sus hijos, un negocio de alquiler de equipos y materiales para actividades, cónsono con su disposición y habilidad de organizar todo tipo de eventos. Este esfuerzo familiar no solo apoyó a la economía local, sino que también se convirtió en un punto de referencia para la organización de eventos en la región. Su creatividad se extendió al ámbito musical, donde organizó y dirigió la Banda de la Iglesia y posteriormente la orquesta de salsa cristiana “Genazareth”, promoviendo valores positivos a través de la música.
Su vida estuvo profundamente marcada por su amor y dedicación a su familia. Manrique compartió su vida con su esposa, Minerva Morales Hernández, con quien formó un hogar lleno de valores y amor junto a sus hijos José Manrique, Ranerlee, Rionalee (gemelos) y José Efraín. Su legado también incluye el cariño y ejemplo que dejó a sus cuatro nietos, quienes han heredado el orgullo por las contribuciones de su abuelo.
En los últimos años de su vida, Manrique se capacitó como Capellán, reafirmando su vocación de servir a quienes enfrentaban momentos de dificultad y necesidad. Su compromiso con el servicio comunitario y espiritual se manifestó en cada aspecto de su vida, dejando un legado de amor al prójimo y dedicación a causas nobles.
Este reconocimiento es el resultado de un esfuerzo conjunto del Representante Pedro Julio “Pellé” Santiago Guzmán, José Efraín Rivera Morales (hijo menor de Manrique) y del Municipio de Toa Baja, quienes han unido voluntades para rendir homenaje a la vida y aportaciones de José “Manrique” Rivera Torres, permitiendo retomar dicha resolución, presentada en la pasada Asamblea Legislativa. Su legado perdura como un ejemplo de dedicación, altruismo y liderazgo. Sus contribuciones, tanto en el ámbito educativo como en el comunitario, han transformado vidas y fortalecido los lazos sociales en Toa Baja. La Carretera PR-863 tiene una longitud de dos punto cincuenta y cinco (2.55) kilómetros, comenzando en la intersección con la Carretera PR-2 en el Barrio Candelaria y extendiéndose hasta la intersección con la Carretera PR-862, donde convergen los municipios de Toa Baja, Toa Alta y Bayamón.
En reconocimiento a su extraordinaria trayectoria como orgullo toabajeño, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico considera justo y necesario designar la Carretera PR-863, con el nombre de José “Manrique” Rivera Torres. Este acto perpetuará su memoria en el entorno donde dejó un impacto duradero, celebrando su vida y obra como ejemplo para las generaciones presentes y futuras.
RESUéLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Para designar la Carretera PR-863, ubicada en el Municipio de Toa Baja, con el nombre de “José ‘Manrique’ Rivera Torres”, en reconocimiento a su destacada trayectoria educativa, comunitaria, espiritual y familiar, así como a su impacto perdurable en el Barrio Pájaros-Candelaria y el Municipio de Toa Baja, Puerto Rico, y para otros fines relacionados.
Sección 2.-El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) adoptará las medidas necesarias, en colaboración y coordinación con el Municipio de Toa Baja, para dar cumplimiento a los propósitos de esta Resolución Conjunta, incluyendo, pero no limitándose, a la nueva identificación y rotulación de la vía pública aquí designada. Además, el Departamento y el Municipio trabajarán en conjunto para realizar una actividad que celebre y honre este acontecimiento. El financiamiento y la instalación de la rotulación y la organización de la actividad podrán ser realizados por entidades públicas o privadas, siempre que medie la asesoría técnica y la aprobación del DTOP, asegurando el cumplimiento de las regulaciones aplicables a la rotulación de vías estatales.
Sección 3.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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