GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 80
23 DE ENERO DE 2025
Presentada por la representante Burgos Muñiz
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión o Comisiones correspondientes a referir de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico de Agricultura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la instalación de placas solares en terrenos agrícolas y de ganado en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 17-2019, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico”, tiene como objetivo reducir y eliminar la generación de energía eléctrica a partir de combustibles fósiles mediante la integración ordenada y gradual de energía renovable alternativa. A su vez, establece que el sistema de servicio eléctrico debe ser uno confiable y accesible que promueva el desarrollo industrial, comercial, comunitario y el mejoramiento de la calidad de vida a un costo justo y razonable y que permita el crecimiento económico de la Isla.
Ante el reto que viven los puertorriqueños por las fallas recurrentes en el servicio eléctrico en sus hogares, las placas solares se han convertido para muchas personas en una alternativa energética y económica para enfrentar la crisis.
En Puerto Rico, la industria de energía solar, en busca de soluciones en diversos sectores presenta la agrovoltaica como una alternativa para el sector agrícola. Se define como una práctica sostenible que utiliza las placas solares en terrenos agrícolas para promover la eficiencia en este sector. Como toda propuesta, presenta ventajas y desafíos. Entre sus ventajas se encuentran, el doble uso del suelo, reducción de costos eléctricos, energía sostenible y bajo mantenimiento. Por otro lado, entre sus desventajas se encuentran los costos significativos iniciales por la instalación de los sistemas, el sombreado para ciertos cultivos, debido a la amenaza que representa, los permisos y las regulaciones, las cuales pueden ser complejas; y el mantenimiento, ya que algunos equipos necesitan ser limpiados regularmente por lo que conllevaría costo adicional.
Ante esto, organizaciones ambientales en la materia como el Frente Unido del Valle de Lajas, una organización conservacionista que ha trabajado por muchos años para proteger las tierras agrícolas del Valle y obtener una mejor calidad de vida para los residentes de este municipio, realizaron expresiones en un medio de noticias local donde advirtieron sobre lo perjudicial que es la instalación de placas en terrenos agrícolas, debido a los efectos adversos que tiene, por atentar contra la seguridad alimentaria ya que su impacto es directamente al suelo.
Otro experto que ha señalado lo perjudicial de esta práctica al mismo medio noticioso, es David Sotomayor Ramírez, profesor de Ciencias de Suelo del Recinto de Mayagüez, quien expresa que la isla tiene una situación de pérdida del 70% del suelo para uso agrícola, por lo que los proyectos de energía de escala industrial agravarían el problema. Se sustenta en que los nuevos proyectos industriales de energía solar eliminarían más de 1,400 cuerdas de terrenos agrícolas. Además, según el profesor, la remoción de la capa superficial del terreno para la instalación provoca que este se inhabilite para la agricultura, lo que puede provocar patrones de escorrentía y la recarga de los acuíferos, afectando las comunidades cercanas.
Por lo anterior, la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico considera pertinente, realizar una investigación exhaustiva sobre la instalación de placas solares en terrenos agrícolas y de ganado en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena a la Comisión o Comisiones correspondientes de Agricultura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la instalación de placas solares en terrenos agrícolas y de ganado en Puerto Rico. y para otros fines relacionados; y para otros fines relacionados.
Sección 2.- La Comisión rendirá a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estime necesarios o convenientes en los que incluyan sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterá un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa. un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, dentro del término de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 3.-Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.