(ENTIRILLADO ELECTRÓNICO)
GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 41
28 DE ENERO DE 2025
Presentada por el representante Feliciano Sánchez
Referida a la Comisión de Educación
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha ley, al Municipio de Vega Baja de las instalaciones de la Escuela Eugenio María de Hostos al Municipio de Vega Baja de localizada en dicho municipio; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante la aprobación de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal” se estableció como política pública la disposición de las propiedades inmuebles del Gobierno, sus agencias, corporaciones e instrumentalidades en desuso, a los municipios y entidades sin fines de lucro, para que puedan ser utilizadas para propósitos sociales. Según dispone dicha Ley, se propicia “que aquellas propiedades inmuebles que en la actualidad están en total desuso, puedan dedicarse a actividades para el bienestar común, ya sean para usos sin fines de lucro, comerciales o residenciales que promuevan la activación del mercado de bienes inmuebles y la economía en general”.
Es completamente neurálgico establecer que este inmueble del Estado actualmente se encuentra en deterioro. Desde que se cerró el plantel no se le ha prestado la atención necesaria para potenciar su desarrollo y mucho menos se le ha dado el mantenimiento necesario que requiere una facilidad pública. Los huracanes y la falta de mantenimiento han deteriorado drásticamente estas facilidades. El Municipio de Vega Baja en su interés de realizar un proyecto para el bienestar social de sus ciudadanos tiene la mejor intención de adquirir y reparar este plantel.
Mediante esta Resolución Conjunta se hace constar el interés del Municipio de Vega Baja en adquirir las instalaciones de la Escuela Eugenio María de Hostos localizada en el mencionado municipio con el propósito de establecer diversas iniciativas para beneficio de la comunidad.
Para lograr cumplir con la política pública mencionada, se debe referir el asunto al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles. Esta Asamblea Legislativa entiende que, cónsono con la política pública adoptada mediante la Ley 26-2017, supra, y en el interés de colaborar con el fortalecimiento y desarrollo comunitario de dicho municipio, se proceda con dicha transferencia para garantizar el uso de dichas facilidades en favor de los ciudadanos.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Vega Baja de las instalaciones de la la Escuela Eugenio María de Hostos de dicho municipio al Municipio de Vega Baja.
Sección 2.-Si el Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles al amparo de la Ley 26-2017, supra, aprueba la cesión, la entidad gubernamental titular será responsable de realizar toda gestión necesaria para dar fiel cumplimiento a la determinación del Comité.
Sección 3.-Si el Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles al amparo de la Ley 26-2017, supra, aprueba la cesión, la entidad gubernamental titular transferirá los terrenos y la estructura descrita en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta al Municipio de Vega Baja.
Sección 4.-De aprobarse la cesión, la entidad gubernamental titular podrá imponer aquellas condiciones restrictivas necesarias para asegurar que la propiedad descrita en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta sea utilizada únicamente para el establecimiento de diversas iniciativas para beneficio de la comunidad. Además, el traspaso estará sujeto a las siguientes condiciones:
Sección 5.-El Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles deberá cumplir el trámite de la evaluación propuesta en un término improrrogable de sesenta (60) días laborables contados a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta.
Sección 6.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente luego de su aprobación.
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