GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 277
28 DE ENERO DE 2025
Presentado por la representante Pérez Ramírez
Referido a la Comisión de Recursos Naturales
LEY
Para derogar la Ley Núm. 51 de 29 de junio de 2022, según enmendada, conocida como “Ley para Prohibir el Expendio y Utilización de Plásticos de un Solo Uso en Todo Local Comercial, de Venta y Distribución Autorizada a Realizar Negocios Conforme a las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; disponer de la creación de un comité de trabajo que proponga a la Asamblea Legislativa un marco regulatorio ordenado; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley Núm. 51 de 29 de junio de 2022, según enmendada, que prohíbe el uso de plásticos de un solo uso en Puerto Rico, fue promulgada con la intención de reducir la contaminación ambiental y promover prácticas sostenibles. Sin embargo, la implementación de la legislacion ha generado desafíos significativos para la industria de restaurantes y otros negocios que dependen de estos productos. Los altos costos de las alternativas, la falta de competencia en la producción y distribución, y la necesidad de adaptarse rápidamente a nuevas regulaciones ha llevado a un caos operativo de estos sectores.
La industria de restaurantes, los pequeños comerciantes y otros sectores relacionados han expresado preocupaciones significativas respecto a los costos adicionales que conlleva el cumplimiento de la Ley, así como la falta de alternativas accesibles y sostenibles. Esto ha llevado a una disminución en la competitividad de estos negocios y ha afectado negativamente el empleo en el sector.
Por tanto, se hace necesario revisar y reformar la legislación vigente para encontrar un equilibrio entre la protección del medio ambiente y la viabilidad económica de las industrias afectadas. Este proyecto de ley propone la derogación de la Ley Núm. 51-2022, según enmendada, y la creación de un comité que establezca sugerencias para el establecimiento de un marco regulatorio que fomente prácticas sostenibles sin comprometer la estabilidad económica de los sectores involucrados.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se deroga la Ley Núm. 51 de 20 de junio de 2022, según enmendada, conocida como “Ley para Prohibir el Expendio y Utilización de Plásticos de un Solo Uso en Todo Local Comercial, de Venta y Distribución Autorizada a Realizar Negocios Conforme a las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.
Sección 2.-Se ordena la creación de un comité de trabajo que proponga a la Asamblea Legislativa un marco regulatorio ordenado para su análisis final y la aprobación de un paquete de medidas que busquen:
Este comité estará compuesto por representantes de:
Este comité será presidido por el secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, y una vez constituido, establecerán un plan de trabajo que conduzca a la presentación de un informe con recomendaciones a la Asamblea Legislativa antes del 30 de junio de 2026.
Sección 3.-Separabilidad.
Si cualquier disposición de esta Ley fuera declarada inconstitucional o nula, por Tribunal competente, la sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará ni invalidará el resto de esta Ley. El efecto de dicha sentencia quedará limitado al párrafo, inciso o artículo de esta que así hubiese sido declarado inconstitucional.
Sección 5.-Vigencia.
Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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