GOBIERNO DE PUERTO RICO
20maAsamblea Legislativa | 1ra Sesión Ordinaria |
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 279
INFORME POSITIVO
25 DE JUNIO DE 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tienen el honor de recomendar a este Augusto Cuerpo la aprobación del P. de la C. 279, con enmiendas en el entirillado electrónico que se aneja.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara 279 propone la creación de la “Ley para establecer el uso de torniquetes en las Agencias Gubernamentales y Escuelas Públicas de Puerto Rico”. Esta legislación tiene como propósito asegurar que todas las agencias gubernamentales y escuelas públicas cuenten con torniquetes, instrumentos médicos esenciales que permiten controlar rápidamente hemorragias en extremidades, mejorando así la capacidad de respuesta ante emergencias médicas críticas.
En su exposición de motivos, la medida enfatiza que la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico reconoce la salud como un derecho fundamental, destacando la importancia de que los ciudadanos puedan acceder oportunamente a servicios médicos. Se resalta que los traumas graves, particularmente aquellos que implican hemorragias severas, representan una causa significativa de muerte, especialmente en adultos jóvenes. Las estadísticas demuestran que la mayoría de las muertes por trauma ocurren durante la primera hora tras el incidente, subrayando la urgencia de contar con medios efectivos y accesibles para controlar el sangrado inmediato.
La propuesta toma en cuenta experiencias internacionales exitosas, como las campañas estadounidenses y europeas “Stop the Bleed” y “The Stop the Bleeding Campaign”, las cuales han promovido con éxito el conocimiento y uso del torniquete en situaciones críticas. La aplicación eficaz de un torniquete permite extender considerablemente el tiempo antes de que se presente un shock hipovolémico, condición en la que el corazón deja de bombear adecuadamente debido a la pérdida severa de sangre, provocando fallos orgánicos que pueden resultar mortales.
La medida legislativa establece los requisitos específicos para que todas las agencias y escuelas se registren en el Departamento de Salud. Además, notificar cambios en su información dentro de un plazo específico. También establece responsabilidades concretas para el Departamento de Salud, facultándolo para la implantación y cumplimiento de la ley mediante reglamentos específicos.
En términos de cumplimiento, la legislación contempla la imposición de multas administrativas para aquellas agencias o escuelas que incumplan con lo establecido. Los fondos generados por estas multas estarán destinados exclusivamente al Hospital de Trauma del Departamento de Salud, asegurando la continuidad de servicios especializados para pacientes politraumatizados.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para evaluar el presente Proyecto, solicitó memoriales explicativos al Departamento de Salud y Departamento de Educación.
Departamento de Salud
El Departamento de Salud presentó un memorial explicativo en torno al Proyecto de la Cámara 279, cuyo objetivo es establecer el uso de torniquetes en todas las agencias gubernamentales y escuelas públicas de Puerto Rico. En dicho memorial, el Departamento reafirma su compromiso constitucional y estatutario con la salud pública y la prevención de enfermedades, reconociendo que la salud abarca aspectos físicos, mentales y sociales. Asimismo, resalta la importancia de los torniquetes como instrumentos esenciales para controlar hemorragias exanguinantes, especialmente cuando métodos convencionales como la presión directa resultan insuficientes en situaciones críticas como amputaciones traumáticas.
En cuanto a la aplicación práctica del torniquete, el Departamento de Salud enfatiza la eficacia del instrumento para detener hemorragias graves hasta que la persona afectada pueda recibir atención médica adecuada. También subraya que las complicaciones derivadas del uso de torniquetes son mínimas, atribuyéndose generalmente al estado crítico del paciente y no al propio dispositivo. De igual manera, recalca la necesidad de entrenar adecuadamente al personal civil en protocolos específicos para garantizar una utilización segura y efectiva, aprovechando experiencias exitosas tanto en contextos quirúrgicos como militares.
El Departamento de Salud reconoce como loable y de gran valor social la intención legislativa del proyecto, aunque también formula ciertas recomendaciones para fortalecer su implementación efectiva. Primero, destaca la falta de claridad sobre la autoridad del Departamento para asegurar la disponibilidad permanente de los torniquetes en cada agencia o escuela, así como sobre la finalidad específica del registro creado por la medida. Sugiere que el registro sirva para monitorear lesiones traumáticas, apoyar investigaciones clínicas, guiar la formulación de políticas públicas y facilitar una evaluación efectiva de la atención prehospitalaria, entre otros aspectos clave.
Además, señala la ausencia de claridad respecto a quién será responsable de la adquisición, mantenimiento y reemplazo de los torniquetes, recomendando especificar estos aspectos claramente en la legislación. Asimismo, advierte la falta de asignación presupuestaria para la implementación del registro, sugiriendo a la Comisión Legislativa incluir una asignación económica suficiente y recurrente.
Finalmente, el Departamento recomienda extender de 90 a 180 días el plazo otorgado al Secretario de Salud para promulgar la reglamentación necesaria, debido al proceso administrativo que requiere más tiempo según lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. El Departamento de Salud endosa el proyecto, condicionado a que se incorporen estas recomendaciones para garantizar su efectividad y cumplimiento.
Departamento de Educación
El memorial explicativo presentado por el Departamento de Educación respecto al Proyecto de la Cámara 279 resalta la importancia de dicha medida desde la perspectiva educativa y social. El Departamento esboza que tiene la responsabilidad constitucional y estatutaria de garantizar una educación que promueva plenamente el desarrollo integral y las capacidades necesarias en los estudiantes para su formación académica y social. Se destaca que el sistema educativo público constituye un motor esencial del desarrollo económico y social de Puerto Rico, razón por la cual es indispensable proveer entornos seguros para el aprendizaje efectivo.
El memorial reconoce el valor del proyecto legislativo que propone establecer el uso obligatorio de torniquetes en todas las agencias gubernamentales y escuelas públicas, señalando que estos dispositivos médicos pueden salvar vidas en situaciones críticas como las hemorragias causadas por lesiones traumáticas en extremidades. Destaca que los torniquetes son eficaces, fáciles de utilizar, y tienen complicaciones mínimas generalmente asociadas más al estado crítico de los pacientes que a su aplicación en sí.
Desde el ámbito escolar, el Departamento indica que mantener un ambiente seguro es crucial no solo para la protección física de los estudiantes, sino también para su desarrollo emocional y social. La inclusión de torniquetes en los botiquines escolares y la capacitación en primeros auxilios son vistos como medios importantes para fomentar una cultura de seguridad, responsabilidad y empatía en las comunidades educativas.
No obstante, el Departamento realiza recomendaciones específicas para asegurar la implementación efectiva del proyecto. Sugiere incluir claramente en la medida los requisitos mínimos que deberán tener las personas encargadas de manejar emergencias, así como la cantidad recomendada de personal capacitado por escuela o agencia gubernamental. También recomienda especificar el inventario mínimo necesario de torniquetes por instalación, la asignación recurrente de fondos para la adquisición de estos equipos y materiales adicionales necesarios para primeros auxilios, y definir claramente la periodicidad de las capacitaciones.
Finalmente, el Departamento de Educación concluye expresando su respaldo al proyecto legislativo, condicionando dicho apoyo a la incorporación de las recomendaciones realizadas. Asimismo, manifiesta su disposición y compromiso para colaborar en la implementación efectiva de esta política pública, en línea con sus responsabilidades y objetivos institucionales de proveer una educación segura y de calidad en Puerto Rico
IMPACTO FISCAL
El P. de la C. 279 no conlleva impacto fiscal alguno, la ley puede ser puesta en vigor y aplicarse con el presupuesto de la agencia concernida de ser necesario.
CONCLUSIÓN
La aprobación del Proyecto de la Cámara 279 representa un paso trascendental hacia la protección de la vida y seguridad pública en Puerto Rico, particularmente en las escuelas y agencias gubernamentales. La incorporación obligatoria del torniquete como parte del equipo básico de primeros auxilios no solo es una medida preventiva efectiva, sino que también promueve una cultura de respuesta rápida y adecuada en situaciones críticas.
Asimismo, esta iniciativa legislativa fortalece significativamente la capacidad del Estado para responder a emergencias médicas, estableciendo un precedente importante en la política pública sobre seguridad y salud en entornos institucionales. Además, al involucrar activamente a la comunidad escolar y a los empleados gubernamentales en la preparación para emergencias, el proyecto contribuye indirectamente a desarrollar competencias esenciales de responsabilidad social y empatía, reafirmando así el compromiso del gobierno de Puerto Rico con el bienestar integral de sus ciudadanos. En definitiva, la aprobación del P. de la C. 279 es una oportunidad estratégica para transformar positivamente el manejo preventivo de emergencias en la Isla, salvaguardando vidas y fortaleciendo la confianza pública en las instituciones.
POR LOS FUNDAMENTOS ANTES ESPUESTOS, luego del análisis y evaluación sobre los elementos de la pieza legislativa, la Comisión de Salud somete el presente Informe Positivo en el que recomiendan a este Augusto Cuerpo la aprobación del P. de la C. 279, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se aneja.
Respetuosamente sometido,
Hon. Gabriel Rodríguez Aguiló
Presidente
Comisión de Salud
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