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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 441

INFORME POSITIVO

24 de junio de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:


Las Comisión de Ciencia, Tecnología e Inteligencia Artificial del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 441, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 441 tiene como objetivo enmendar la Ley Núm. 139-2011, conocida como “Ley del Derecho sobre la Propia Imagen”, para aclarar que el concepto legal de imagen incluye también aquellas representaciones generadas mediante inteligencia artificial. Esta medida reconoce los avances tecnológicos que permiten la creación de imágenes, voces y otros atributos personales de forma sintética y realista, y extiende expresamente las protecciones legales contra el uso no autorizado de dichas representaciones cuando se emplean con fines comerciales, mercantiles o publicitarios. Con esta enmienda, se refuerza el marco normativo vigente sin alterar su esencia, asegurando que el derecho a controlar la propia imagen se mantenga vigente y aplicable frente a nuevas tecnologías que permiten replicar la identidad de las personas sin su consentimiento.

INTRODUCCIÓN

La Comisión de Ciencia, Tecnología e Inteligencia Artificial del Senado de Puerto Rico ha evaluado el Proyecto del Senado 441, el cual propone enmendar el Artículo 2 de la Ley 139-2011, conocida como “Ley del Derecho sobre la Propia Imagen”, con el fin de atemperar su contenido a los avances recientes en el campo de la inteligencia artificial. Esta medida legislativa tiene como objetivo principal proteger la imagen, voz y demás atributos identificativos de las personas frente al uso no autorizado por parte de herramientas de generación de contenido basadas en inteligencia artificial.

Ante la proliferación de tecnologías capaces de replicar semejanzas humanas con gran fidelidad, este proyecto representa una respuesta necesaria y proactiva que reafirma el derecho de cada individuo sobre su propia identidad. La inclusión de lenguaje claro sobre el uso de inteligencia artificial fortalece el marco legal vigente y ofrece mayor certeza jurídica ante posibles controversias en este campo emergente. Por tanto, esta Comisión recomienda la aprobación de la medida.

AnÁlisis de la Medida

Atendiendo su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación del presente Proyecto, la Comisión de Ciencia, Tecnología e Inteligencia Artificial del Senado de Puerto Rico analizó el memorial explicativo recibido por parte del Puerto Rico Innovation and Technology Service. A continuación, se desprende la posición expuesta por la instrumentalidad consultada.

Puerto rico innovation and techonoligy service (prits)

El memorial explicativo de PRITS sobre el Proyecto del Senado 441 destaca que la medida propone una enmienda técnica a la Ley Núm. 139-2011 para dejar expresamente establecido que el concepto de imagen incluye aquellas representaciones generadas mediante inteligencia artificial. PRITS señala que esta aclaración es coherente con el marco legal vigente, ya que tecnologías como los “deepfakes” o retratos sintéticos pueden replicar elementos identificables de una persona y ser utilizados con fines comerciales sin autorización. La agencia resalta que el proyecto no altera el contenido sustantivo de la ley, sino que lo refuerza a la luz de los avances tecnológicos. Además, reconoce que la medida no le impone nuevas responsabilidades ni afecta sus funciones. Por último, PRITS recomienda que se recabe el insumo del Departamento de Justicia y la Comisión de Derechos Civiles, dado que el asunto regulado está más vinculado al derecho patrimonial y a la protección de la imagen personal que a temas de política pública tecnológica.

IMPACTO FISCAL

En cumplimiento con el Art. 1.007 de la Ley 7-2020, según enmendada, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión suscribiente certifica que la medida objeto de este informe no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales. Además, la medida no contiene ningún tipo de impacto a las arcas fiscales del Gobierno de Puerto Rico.

CONCLUSIÓN

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Ciencia, Tecnología e Inteligencia Artificial del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tienen a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 441, recomendando su aprobación, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Wilmer Reyes Berríos

Presidente

Comisión de Ciencia, Tecnología

e Inteligencia Artificial

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