GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 472
INFORME NEGATIVO
29 de enero de 2026
A LA CAMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
La Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara Núm. 472, no recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara Núm. 472, para crear la “Ley del Banco de Empleo para Jefas de Familia”, adscrito a la Administración para el Desarrollo Socioeconómico de la Familia, dispone sobre su funcionamiento; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
El Proyecto de la Cámara Núm. 472, en su propuesta tiene como imperativo establecer en la actual Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia un banco de empleo que permita a las jefas de familia de Puerto Rico tener acceso adecuado y eficaz a toda aquella información relacionada a la consecución de un empleo remunerado.
Mediante la creación del proyecto se podrá mantener un registro tipo base de datos con las opciones de empleo y autoempleo disponibles para aquellas mujeres que demuestren fehacientemente que son jefas de familia que han completado satisfactoriamente algún tipo de estudio. Fomentando el desarrollo de un sistema ágil y efectivo para ubicar a dichas mujeres en puestos de trabajo que se alineen con la educación que hayan recibido.
ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA
Según se deprende de la Exposición de Motivos, de acuerdo con información disponible por la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, durante la última década las familias con una mujer jefa de hogar, sin esposo presente, representan el por ciento mayor de hogares bajo el nivel de pobreza con aproximadamente sesenta y nueve puntos nueve por ciento (69.9%) en promedio. El sesenta y cuatro puntos tres por ciento (64.3%) de las familias con un hombre jefe de hogar sin esposa presente estaban clasificados bajo pobreza durante las últimas décadas. Esta proporción se redujo años más tarde. La reducción en las mujeres en similares condiciones es notablemente menor ya que durante los últimos años más del cincuenta por ciento (50%) de las mujeres vivían bajo pobreza y alrededor del cuarenta y un por ciento (41%) permanecían en las mismas condiciones.
El dato anterior demuestra la gran necesidad que existe en Puerto Rico de crear diversos programas que ayuden a estas mujeres a enfrentar la adversidad económica que experimentan. A esos fines, la actual Asamblea Legislativa de Puerto Rico entiende pertinente y conveniente crear en la Administración para el Desarrollo Socioeconómico de la Familia un banco de empleo que permita a las jefas de familia de Puerto Rico tener acceso adecuado y eficaz a toda aquella información relacionada a la consecución de un empleo remunerado.
Atendiendo su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación del presente Proyecto, la Comisión de Asuntos de la Mujer, luego de evaluar la medida ante nuestra consideración concluyó que el propósito que persigue esta pieza legislativa ya fue previamente atendido por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos a través de la Oficina de Servicio de empleo, adscrita a la Secretaria Auxiliar de Beneficios al Trabajador, la cual es subvencionada con fondos federales provenientes del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos. Su función principal es facilitar el vínculo entre trabajadores y patronos. Apoyando el proceso de reclutamiento mediante diversas iniciativas, como ferias de empleo.
El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos expresó mediante memorial escrito, que han implementado la plataforma digital “PERFIL”. La misma potenciada con inteligencia artificial, como parte de sus esfuerzos de modernización. “PERFIL” permite a los patronos publicar ofertas y a los solicitantes encontrar empleos de acuerdo con sus intereses, cualificaciones, etc. Esta herramienta forma parte de una transformación tecnológica dirigida a mejorar el acceso a empleos y fortalecer la intermediación laboral con el sector privado.
Por otro lado, la ADSEF agencia adscrita al Departamento de la Familia, cuenta con el Programa de Ayuda Temporal para Familias Necesitadas (TANF). Este cuenta con seis categorías de elegibilidad. La categoría “C” brinda beneficios a Jefas y Jefes de familia, cuyo requisito principal es tener a su cargo menores que carecen del cuidado y el sostén de su padre, así como familiares con responsabilidad legal.
Bajo esta categoría los participantes deben cumplir ciertos requisitos específicos entre ellos aceptar el Plan de Responsabilidad Individual (PRI). Este es un acuerdo entre el solicitante y el técnico o manejador de casos, en el que se compromete a colaborar en actividades que faciliten su acceso al empleo, tales como talleres, experiencias laborales, servicio comunitario y otras actividades permitidas.
Una vez completada la solicitud, la participante recibe orientación sobre el proceso a seguir, que incluye una visita al Departamento del Trabajo para registrarse para empleo. En esta etapa, el manejador de casos realiza una entrevista, recibe la tarjeta de registro y elabora un Plan de Empleabilidad ideal acorde con la experiencia e intereses.
De otra parte, cuentan con el Programa de Oportunidades de Desarrollo Socioeconómico y Social (PODES) el cual brinda a los participantes que cualifiquen la oportunidad de establecer su propio negocio.
Las alternativas de empleo con el PODES son; Programa de Oportunidad de Desarrollo Socioeconómico y Social; y Microempresas.
En adición la ADSEF lleva un Registro de solicitudes de microempresas PODES de participantes de programas PAN y TANF en la cual le ofrecen seguimiento al participante.
Asimismo, la OATRH en su memorial expresa su desacuerdo con la aprobación del PC 472. Informan a la Comisión que existen actualmente plataformas digitales que cumplen con los objetivos del proyecto, tanto en el sector privado, como en el público.
Plataforma PERFIL en el Departamento del Trabajo, utiliza inteligencia artificial para facilitar la integración laboral y la Reforma del Servicio Público, que es una iniciativa gubernamental que transforma las capacidades y recursos del capital humano en el Gobierno de Puerto Rico junto con la Junta de Supervisión y Financiera para Puerto Rico, han lanzado un Plan Piloto de Adquisición de Talentos. Esto con el fin de que el Gobierno actualizará su proceso de adquisición de talento y se adaptará a las prácticas principales y modernas.
La OATRH concluye que los recursos propuestos por el PC 472 ya existen, y crear un nuevo registro de empleado sería una duplicidad de esfuerzos y recursos.
RESUMEN DE COMENTARIOS
La Comisión de Asuntos de la Mujer, como parte de la evaluación del Proyecto de la Cámara Núm. 472, solicitó memoriales explicativos a las siguientes agencias: Departamento del Trabajo, Departamento de la Familia, Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos, Departamento del Trabajo y Oficina de la Procuradora de las Mujeres.
La Comisión recibió los memoriales del Departamento del Trabajo, Departamento de la Familia, Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos y Oficina de la Procuradora de las Mujeres.
El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) presentan en su memorial que reconoce la intención positiva del Proyecto de la Cámara 472, el cual propone la creación de un Banco de Empleo para Jefas de Familia. Sin embargo, luego de realizar un análisis rígido de la misma, el DTRH señala que ya existen estructuras y sistemas vigentes que cumplen funciones y objetivos similares, por ende, brindan en discusión la plataforma PERFIL. La misma utiliza inteligencia artificial para conectar a personas buscadoras de empleo con patrones y oportunidades laborales.
A su vez, el DTRH apoya y reconoce el objetivo del proyecto, resaltando la responsabilidad del Gobierno de Puerto Rico en atender la urgente necesidad de promover la empleabilidad de las mujeres y coordinar esfuerzos integrados entre las diversas agencias que brindan servicios de empleabilidad a esta población. autoempleos disponibles ADSEF la responsabilidad de administrar un sistema tecnológico ágil y efectivo para ubicar jefas de familia en puestos de trabajo; el deber de orientar a jefas de familia participantes de sus programas en cuanto a la naturaleza y clase de trabajos con mayor y mejores responsabilidades de demanda en el mercado; así como la responsabilidad de mantener un registro especial de ofertas de empleo y opciones de autoempleo disponibles. Por ende, el DTRH reconoce al ADSEF en lo relacionado a la implementación y viabilidad de lo propuesto por la presente medida.
Además, el DTRH resalta que su estructura actual, junto a su Oficina de Servicio de Empleo adscrita a la Secretaría Auxiliar de Beneficios al Trabajador, la cual es subvencionada con fondos federales provenientes del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos (USDOL/ETA), dicha oficina forma parte del sistema nacional de oficina públicas de empleo bajo la Ley Wagner-Peyser de 1933, adoptada en Puerto Rico como la Ley Núm.12 de 20 de diciembre de 1950, según enmendada como la “Ley de Servicio Público de Empleos de Puerto Rico”. Su objetivo principal es facilitar el vínculo entre trabajadores y patrones, apoyando los procesos de reclutamiento mediante diversas iniciativas como ferias de empleo y servicios dirigidos a mujeres y otras poblaciones vulnerables, beneficiando a la población a la cual el Proyecto de la Cámara 472 se dirige.
En adición, se señala como el DTRH ha implementado la plataforma digital PERFIL, potenciada con inteligencia artificial como fue mencionado anteriormente. Mediante dicha plataforma se facilita a los patronos publicar ofertas y a los solicitantes encontrar empleos de acuerdo con sus intereses, cualificaciones y ubicación. Con dicha herramienta se fomenta una transformación tecnológica dirigida a mejorar el acceso al empleo y fortalecer la intermediación laboral en el sector privado.
En conclusión, el DTRH expresa su interés en que se enmiende el Artículo 4 para incluir a su agencia junto a las ya previamente incluidas con las cuales el Banco de Empleo deberá mantener comunicación constante. De dicha forma, se cumplirá el compartir información actualizada sobre las oportunidades de empleo disponibles a través de los sistemas del DTRH y de dicha forma garantizar una respuesta más eficaz a las necesidades de la población.
El Departamento de la Familia expresa que dentro de sus responsabilidades se encuentra el implementar programas para mitigar problemas sociales, así como priorizar actividades de información y educación social para la prevención de problemas familiares y comunitarios.
Exponen que de acuerdo con los datos de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres indican una alta necesidad de programas para ayudar a jefas de familia a enfrentar la adversidad económica.
Revelan que según publicado en el artículo titulado Desafíos y Realidades de la Monoparentalidad en Puerto Rico: La Lucha de las Madres Solteras contra la Pobreza, en Puerto Rico, el 69.6% de los hogares con menores de 18 años son dirigidos por madres solteras, quienes enfrentan un mayor riesgo de pobreza.
El Departamento de la Familia, comunican que cuentan con los siguientes programas existentes:
El Departamento manifiesta que el fin de la medida es uno sumamente loable, no obstante, entienden que este debe considerar los programas existentes en la ADSEF que están disponibles para Jefas de Familia en las cuales se llevan a cabo esfuerzos enfocados en promover la autosuficiencia de las participantes, proporcionándoles herramientas claves para superar la dependencia de las ayudas gubernamentales.
Recomiendan, que se considere que el registro propuesto esté adscrito al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos ya que esta es la dependencia gubernamental con el expertise en ofertas y ubicación de empleo.
La Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH) ha evaluado el Proyecto de la Cámara 472 titulado “Ley del Banco de Empleo para Jefas de Familia”, tras un análisis detallado expresa su desacuerdo con la aprobación de este. Esto debido a que, a pesar de reconocer la intención legislativa del proyecto antes mencionado, el cual se plantea en el Artículo 4 (a), tiene como propósito mantener un Registro Especial de Empleo y opciones de Autoempleo. A su vez, el inciso (b) plantea como el mismo debe desarrollar y facilitar la implantación de un sistema tecnológico, ágil y efectivo para ubicar a Mujeres Jefas de Familia. Sobre este asunto, informan a la Comisión que existen actualmente plataformas digitales que contienen un banco de ofertas de empleo tanto para el sector privado como para el sector público.
Para el sector privado el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico (DTRH) cuenta con una plataforma llamada PERFIL adscrita al Programa de Servicios de Empleo del DTRH la misma impulsada con inteligencia artificial. Ya que, el mismo es un portal en línea que facilita la integración laboral tanto como para individuos como para los patronos. En dicho portal, los usuarios tienen la oportunidad de subir su curriculum vitae, recibir recomendaciones personalizadas de empleos, explorar cursos y programas de capacitación para mejorar sus habilidades, entre otros. Por ende, las funciones de dicho portal cumplen con los objetivos del Proyecto de la Cámara 472 antes mencionado.
Por otro lado, en cuanto al sector público, se plantea como existe la Reforma del Servicio Público, la cual es una iniciativa gubernamental creada para transformar las capacidades y recursos del capital humano en el Gobierno de Puerto Rico. Fomentando cuatro componentes estratégicos interconectados e interdependientes, siendo los siguientes: (1) diseño organizativo para garantizar que las personas con las habilidades adecuadas ocupen el lugar adecuado dentro de la organización, (2) compensación para asegurar que todos los empleados tengan un salario competitivo en comparación con el mercado laboral local, (3) reclutamiento para garantizar que el gobierno reclute y retenga el mejor talento posible, (4) componentes estratégicos, el Gobierno de Puerto Rico junto a la Junta de Supervisión y Financiera para Puerto Rico han lanzado un Plan Piloto de Adquisición de Talentos. Esto con el fin de que el Gobierno actualizará su proceso de adquisición de talento y se adaptará a las prácticas principales y modernas.
Reconociendo como el Plan Piloto para la Adquisición de Talentos coloca la contratación basada en las habilidades y la experiencia del usuario en el centro de su modelo, a la vez que desarrolla procesos de reclutamiento optimizados, digitalizados y basados en datos. Dicha plataforma se especializa en soluciones de inteligencia artificial aplicadas a los recursos humanos y la gestión de talento. En efecto, los usuarios interesados pueden subir su resume al sistema y el mismo realizará un pareo con las convocatorias que cualifiquen, esto de acuerdo con sus destrezas. Llevando a los solicitantes a formar parte de la Red de Talento del Gobierno de Puerto Rico, una vez descargado su resume en el sistema, de forma que futuros reclutadores puedan buscar candidatos disponibles. A la misma vez, la plataforma les brindará consejos a los aspirantes para mejorar sus resumes y ayudarlos a prepararlos si no lo ha hecho.
De acuerdo con lo antes expuesto, la OATRH concluye que los recursos que busca el PC 472 ya existen actualmente. Por tanto, a pesar de reconocer la intención legislativa, expresan su opinión que al realizar un nuevo registro de empleo redundaría en una duplicidad de esfuerzo y recursos, por lo cual no endosan la aprobación de PC 472.
La Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) compareció ante esta Comisión en torno al Proyecto de la Cámara 472, cuyo propósito es crear la “Ley del Banco de Empleo para Jefas de Familia”, adscrito a la Administración para el Desarrollo Socioeconómico de la Familia. La OPM expresó que la medida persigue facilitar el acceso adecuado y eficaz a información relacionada con oportunidades de empleo remunerado y alternativas de autoempleo para las jefas de familia capacitadas en Puerto Rico, fortaleciendo así la política pública dirigida a la erradicación del desempleo que afecta a este sector poblacional.
La OPM destacó que la creación de un banco de empleo especializado complementaría los esfuerzos que ya realizan tanto la Administración para el Desarrollo Socioeconómico de la Familia como la propia OPM, en su interés de mejorar las oportunidades económicas y la calidad de vida de las jefas de familia. Señaló que, conforme a datos recopilados por la Oficina durante la última década, los hogares encabezados por mujeres representan el mayor porcentaje de familias bajo el nivel de pobreza en Puerto Rico, lo que evidencia la necesidad de establecer mecanismos dirigidos a promover su integración efectiva y productiva al mercado laboral.
Asimismo, la OPM resaltó que la medida es cónsona con la política pública establecida en la Ley 20-2001, según enmendada, mediante la cual se creó dicha Oficina con el fin de garantizar el pleno desarrollo y respeto de los derechos humanos de las mujeres, así como promover la equidad de género y la eliminación del discrimen, la marginación y la desigualdad social y económica. Indicó que el proyecto no interfiere con las funciones ministeriales delegadas a la OPM, sino que refuerza su responsabilidad de asesorar a la Rama Legislativa en la evaluación de medidas dirigidas al desarrollo socioeconómico de las mujeres desde una perspectiva de género.
Finalmente, la OPM concluyó respaldando la aprobación del Proyecto de la Cámara 472, al entender que su implantación contribuiría a complementar los esfuerzos interagenciales dirigidos a fortalecer la autosuficiencia económica de las jefas de familia, facilitar su acceso a empleos dignos y mejorar su calidad de vida, en armonía con la política pública del Gobierno de Puerto Rico y con los objetivos institucionales de la Oficina.
IMPACTO FISCAL
El Proyecto de la Cámara Núm. 472, redunda en una duplicidad de esfuerzos y recursos.
CONCLUSIÓN
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, luego de la consideración correspondiente, tienen a bien someter a este Alto Cuerpo su Informe Negativo sobre el P. del S. 472, No Recomendando su aprobación.
Respetuosamente sometido,
Hon. Wanda del Valle Correa
Presidenta
Comisión de Asuntos de la Mujer
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