GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. DE LA C. 244
INFORME POSITIVO
9 de junio de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 244, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:
“Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes, realizar una investigación en torno al cumplimiento de Ley Núm. 96 de 4 de junio de 1983, según enmendada, conocida “Ley para Reglamentar el Ejercicio de la Profesión de la Psicología en Puerto Rico”; así como sobre la problemática del examen de reválida para psicólogos; particularmente en lo relativo a los criterios de evaluación aplicables a profesionales con grados de maestría y doctorado; sobre los procesos que lleva a cabo la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico; evaluar otros aspectos relacionados con el ejercicio de esta profesión; y para otros fines relacionados.”
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara Núm. 244 tiene el propósito de examinar el cumplimiento con la Ley Núm. 96 de 4 de junio de 1983, según enmendada, conocida “Ley para Reglamentar el Ejercicio de la Profesión de la Psicología en Puerto Rico”, así como investigar las prácticas y políticas implementadas por la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico en relación con el examen de reválida profesional.
De manera particular, la medida pone de relieve denuncias de desigualdad e incongruencia en el proceso evaluativo, al establecer un examen uniforme para aspirantes con grados de maestría y doctorado, sin considerar las diferencias sustantivas en su preparación académica. Esta situación ha generado preocupación entre profesionales de la salud mental y académicos, por entender que atenta contra la equidad profesional y la adecuada certificación del ejercicio psicológico en la Isla.
Asimismo, se examina la legalidad de ciertos reglamentos adoptados por la Junta Examinadora que, según los denunciantes, podrían exceder las facultades que le concede la ley, afectando a su vez la autonomía de las instituciones educativas en la validación de credenciales académicas.
El examen de reválida también ha sido criticado por su énfasis desproporcionado en contenidos teóricos no contextualizados, con base en traducciones no adaptadas al marco de Puerto Rico. Esta falta de adecuación ha provocado reclamos de reforma y revisión del mecanismo evaluativo.
Considerando lo anterior, esta Comisión entiende que resulta razonable dar paso a la investigación propuesta, a fin de identificar posibles enmiendas legislativas que atiendan las preocupaciones expresadas, fortalezcan la transparencia de los procesos y aseguren la justicia en la evaluación profesional.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
En atención a lo expuesto, la Comisión de Asuntos Internos concluye que la medida propuesta tiene un fin loable y cumple con los requisitos legales y constitucionales necesarios para su aprobación. Por nuestra parte, como comisión cameral, entendemos que la Resolución objeto de análisis cumple con los requisitos constitucionales, estatutarios y jurisprudenciales aplicables para su aprobación.
Por tal razón, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 244, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Respetuosamente sometido,
PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos
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