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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 385

INFORME POSITIVO

10 de abril de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 385, presenta a este Alto Cuerpo Legislativo el Informe Positivo de la presente medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 385, tiene el propósito de añadir un nuevo inciso (20) al Artículo 4 de la Ley Núm. 195 de 22 de agosto de 2012, según enmendada, conocida como “La Carta de Derechos del Estudiante”, para reconocer el derecho de los estudiantes a participar en programas y/o actividades cívico-militares de cadetes en la comunidad escolar; enmendar el inciso (n) del Artículo 9.01 de la Ley Núm. 85 de 29 de marzo de 2018, según enmendada, conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de reconocer el derecho de los estudiantes a no ser objeto de discrimen u hostigamiento por motivos de su participación en estos programas y/o actividades.

INTRODUCCIÓN

La participación de los estudiantes en programas y actividades cívico-militares de cadetes dentro de la comunidad escolar es un tema de gran relevancia, que no solo incide en el desarrollo integral de los jóvenes, sino también en la formación de valores fundamentales para la construcción de una sociedad más responsable y comprometida. Reconocer el derecho de los estudiantes a ser parte de estos programas permite fomentar en ellos una serie de competencias y actitudes que trascienden el ámbito académico, como el respeto, la disciplina, el trabajo en equipo, el sentido de pertenencia y el civismo. Este tipo de iniciativas, refuerzan el vínculo entre las instituciones educativas y el entorno social en el que se encuentran.

Sin lugar a duda, la participación de los jóvenes en este tipo de programas puede contribuir al desarrollo de los estudiantes, brindándoles herramientas para la toma de decisiones, la resolución de conflictos y el fortalecimiento de su identidad cívica, generando un impacto positivo tanto en el ámbito escolar como en la comunidad en general.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, en adelante, Comisión, como parte de la evaluación y análisis del P. del S. 385, solicitó memoriales explicativos y realizó una Vista Pública en la que se recibieron las ponencias y los comentarios del Departamento de Educación; Departamento de Seguridad Pública y la Guardia Nacional. A la vista comparecieron: por parte del Departamento de Educación; la Lcda. Saraí Ruiz y la Profa. Annette Solís Alarcón, Gerente de Programa de Consejería Profesional. Por parte del Departamento de Seguridad Pública compareció la Lcda. Omara Arias Nieves, Directora Interina de la Oficina de Asuntos Legislativos y Municipales del Departamento de Seguridad Pública. Por parte de la Guarda Nacional de Puerto Rico, compareció el Coronel William O’Connor, Staff Judge Advocate.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR), hizo hincapié en su compromiso con la formación integral de los estudiantes y reconoce la validez de los programas cívico-militares como oportunidades legítimas de desarrollo académico, personal y profesional.

La Lcda. Saraí Ruiz, expresó que el Departamento de Educación está a favor de la medida, ya que la medida es una declaración de política pública sensible a las necesidades de la población estudiantil y acorde a los deberes del Departamento de Educación enmarcados en la Ley 85-2018, según enmendada, mejor conocida como Ley de Reforma Educativa. A su vez indicó que estos han realizado esfuerzos para que el acceso y la divulgación de los programas militares lleguen a los estudiantes. Menciona que las leyes federales, de acuerdo con las secciones 544 del National Defense Authorization Act of 2002 (NDAA) (P.L. 107-107) y la 95218 de la Elementary and Secondary Education Act of 1956 (ESEA) (20 U.S.C. §7908), según enmendada, establecen el deber de brindar información sobre los estudiantes a las autoridades militares. Y que estas secciones aplican a todas las escuelas que reciben fondos federales por medio de la Ley ESEA.

Por lo que el Departamento de Educación tiene el deber de proveer a los reclutadores militares, acceso a información de los estudiantes de nivel secundario (9no a 12mo grado). No obstante, los padres o tutores pueden excluir a sus hijos o pupilos de la divulgación de esta información, llenando un formulario a tal efecto. A su vez indicó que los orientadores escolares y en su defecto el trabajador social escolar es el coordinador enlace en dicho proceso.

Asimismo, el Departamento reiteró su disposición para colaborar en la implementación de políticas públicas que, conforme a derecho, promuevan el bienestar estudiantil y favorezcan una educación más inclusiva y equitativa.

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD PÚBLICA

El Departamento de Seguridad Pública, en adelante DSP, expresó su apoyo a la medida. Este reconoce que la participación estudiantil en programas cívico-militares fomenta valores, civismo y disciplina, aspectos fundamentales en la prevención de la delincuencia juvenil y la promoción de una cultura de paz.

El DSP compartió ejemplos de programas similares que coordina como parte de su estrategia preventiva, tales como la Liga Atlética Policíaca y el Programa Experience, que tienen fines educativos y de reclutamiento. Además, resaltó el éxito de estas iniciativas en conectar con la juventud y sus familias.

Este mencionó que la medida reafirma su compromiso con los valores de justicia, equidad y gratitud hacia los futuros hombres y mujeres que buscan servir en las Fuerzas Armadas. Estos indican que apoyan toda iniciativa dirigida a fomentar valores, civismo y disciplina en nuestros niños y jóvenes, toda vez que la atención y las oportunidades provistas a esta vulnerable población, indudablemente les aleja de la delincuencia. Además, redunda en bienestar no solo para estos, sino que para el resto de la ciudadanía.

La Lcda. Omaira Arias presentó datos sobre el impacto de programas del DSP en jóvenes, destacando un aumento constante en la participación y resultados positivos en la elección de carreras en seguridad pública. Señaló que estos programas han impactado a más de 500 jóvenes, promoviendo liderazgo y acuerdos colaborativos.

Finalmente, aunque recomendó considerar la opinión del Departamento de Educación como ente rector del sistema educativo, el DSP reiteró su disposición para colaborar con dicha agencia y con la comunidad escolar en la implementación efectiva de esta ley.

GUARDIA NACIONAL

La Guardia Nacional expresó su apoyo a la aprobación de la medida ya que la misma fomenta la participación en programas educativos que redunda en un beneficio para la juventud puertorriqueña. Estos indican que, tanto el Cuerpo de Entrenamiento de Oficiales de Reserva (Junior ROTC o JROTC por sus siglas en inglés) como la Patrulla Aérea Civil (Civil Air Patrol o CAP por sus siglas en inglés) son programas diseñados para fomentar liderazgo, la responsabilidad y la ciudadanía. Y que ambos programas brindan beneficios únicos y complementarios, lo que permite a los participantes desarrollar habilidades, servir a sus comunidades y perseguir el crecimiento personal.

Destacaron que tanto el JROTC como la Patrulla Aérea Civil son instrumentos eficaces para fomentar la responsabilidad, la ciudadanía y el liderazgo en la juventud puertorriqueña. A su vez resaltan que estos programas tienen un impacto positivo que va más allá del aspecto militar, fomentando valores cívicos y habilidades transferibles a cualquier contexto académico o profesional. También enfatizan que la medida apoya una juventud disciplinada, sana y con un fuerte sentido de servicio comunitario.

El Coronel William O’Connor expuso sobre la experiencia de la GNPR con jóvenes en situaciones de emergencia, como el huracán María. También compartió iniciativas como “Coronel por un día” y programas de role-play. Subrayó el potencial de liderazgo y disciplina que estos programas desarrollan, así como su valor en la formación cívica.

Finalmente, la GNPR ofreció su apoyo para colaborar con otras entidades en la implementación de esta política pública, señalando que su experiencia demuestra el potencial transformador de estos programas en jóvenes en edad escolar y su importancia como herramienta para prevenir conductas de riesgo.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico certifica que el P. del S. 385, no impone obligación económica alguna en los presupuestos de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

Fomentar la participación de los estudiantes en programas y actividades cívico-militares en la comunidad escolar, es de gran beneficio para el desarrollo integral de los jóvenes. Este tipo de iniciativas promueven valores fundamentales como la disciplina, el trabajo en equipo, el respeto por la autoridad y la responsabilidad social. Además, contribuyen a fortalecer el sentido de pertenencia y unidad en la comunidad escolar, al mismo tiempo que preparan a los estudiantes para enfrentar desafíos de manera resolutiva y comprometida con su entorno.

La implementación de esta medida también favorece la formación de ciudadanos activos, comprometidos con su país y con el bienestar común, aspectos esenciales para el fortalecimiento de nuestra democracia y el desarrollo social.

A TENOR CON LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico previo al estudio y consideración del Proyecto del Senado 385, recomienda la aprobación de la medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Brenda Pérez Soto

Presidenta

Comisión de Educación, Arte y Cultura

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