PC0386-n.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 3ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 386

INFORME NEGATIVO

15 de junio de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

La Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. de la C. 386, tiene a bien someter a este Alto Cuerpo su Informe Negativo de la medida.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara 386 propone enmendar el inciso (a) del Artículo 12.02 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de disponer que la inspección requerida para la renovación del marbete pueda efectuarse hasta noventa (90) días antes de la fecha de expiración del mismo.

Según la Exposición de Motivos, la medida persigue facilitar los trámites relacionados con la renovación del marbete, reducir las filas en los centros de inspección y brindar mayor flexibilidad a los conductores mediante la extensión del término disponible para realizar la inspección vehicular.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Como parte de la evaluación de la medida, esta Comisión solicitó comentarios al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), agencia responsable de la administración e implementación de los procesos relacionados con la inspección de vehículos de motor y la expedición de marbetes.

En su memorial explicativo, el DTOP expresó su desacuerdo con la aprobación de la medida. La agencia indicó que el sistema actual permite la renovación del marbete con hasta cuarenta y cinco (45) días de anticipación, período que considera suficiente para garantizar que los vehículos que transitan por las vías públicas mantengan condiciones mecánicas seguras y adecuadas al momento de su renovación.

Asimismo, el DTOP advirtió que extender el período a noventa (90) días podría provocar que un vehículo sea inspeccionado con demasiada anticipación a la fecha efectiva de renovación del marbete, creando la posibilidad de que el vehículo experimente modificaciones o desperfectos mecánicos significativos luego de la inspección y antes de comenzar el nuevo período de vigencia del marbete.

La agencia también señaló que la propuesta podría generar confusión entre los conductores respecto a la vigencia de la inspección y la cobertura de los seguros compulsorios asociados al proceso de renovación. Según el DTOP, una inspección realizada con excesiva anticipación podría inducir a error a ciertos ciudadanos respecto a la fecha efectiva de la renovación del marbete y el uso del certificado digital de inspección para propósitos distintos a los contemplados por la ley.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Transportación e Infraestructura evaluó el contenido del Proyecto de la Cámara 386 y examinó cuidadosamente los comentarios sometidos por el Departamento de Transportación y Obras Públicas, entidad responsable de administrar el sistema de inspección y renovación de marbetes en Puerto Rico.

Del análisis realizado surge que el mecanismo vigente ya permite a los ciudadanos realizar la inspección y renovación del marbete con suficiente anticipación, mientras que la extensión propuesta a noventa (90) días podría crear riesgos relacionados con la vigencia efectiva de la inspección vehicular, la seguridad en las carreteras y la interpretación incorrecta de los requisitos asociados a la renovación del marbete.

Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Transportación e Infraestructura, somete el presente Informe Negativo del Proyecto de la Cámara 386.

Respetuosamente sometido,

José A. Hernández Concepción

Presidente

Comisión de Transportación e Infraestructura

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.