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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20maAsamblea

Legislativa

1ra Sesión

Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 419

INFORME POSITIVO

31 DE MARZO DE 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de lo Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tienen el honor de recomendar a este Augusto Cuerpo la aprobación, con enmiendas en el entirillado electrónico que se aneja, del P. de la C. 419.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara Núm. 419, según radicado, tiene como propósito crear la “Ley para la Orientación sobre los Beneficios del Ácido Fólico”, a los fines de que el Departamento de Salud implemente una campaña educativa sobre la importancia del consumo de ácido fólico, elabore material informativo y lo distribuya en consultorios de ginecología y obstetricia en todo Puerto Rico, dirigido a mujeres embarazadas o en edad reproductiva; ordenar la facultad de reglamentación; establecer sanciones por incumplimiento; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

La Exposición de Motivos del P. de la C. 419 nos instruye explicando en que el ácido fólico es una vitamina del complejo B esencial para la prevención de defectos congénitos graves en el cerebro y la médula espinal, conocidos como defectos del tubo neural. Su consumo antes del embarazo y durante las primeras semanas de gestación puede marcar la diferencia entre el nacimiento de un bebé sano y la aparición de anomalías como la espina bífida y la anencefalia.

Los defectos del tubo neural son las malformaciones congénitas más comunes del sistema nervioso central. La espina bífida se produce cuando la médula espinal y la columna vertebral no se cierran completamente, mientras que la anencefalia ocurre cuando el cerebro no se desarrolla adecuadamente. Estos defectos se originan en las primeras cuatro semanas del embarazo, a menudo antes de que la mujer sepa que está embarazada. Por esta razón, es fundamental que todas las mujeres en edad reproductiva consuman ácido fólico de forma regular, y no solo aquellas que planean concebir. Esta vitamina es esencial para el crecimiento y desarrollo saludable del bebé.

El riesgo de padecer estos defectos congénitos no distingue nivel socioeconómico ni origen. Sin embargo, su prevención es posible. Se ha demostrado que la ingesta diaria de al menos 400 microgramos (0.4 miligramos) de ácido fólico reduce entre un 50% y un 70% el riesgo de espina bífida. Una vez confirmado el embarazo, la cantidad recomendada debe aumentarse para satisfacer las crecientes necesidades del organismo materno y fetal. Además de su papel en la prevención de defectos congénitos, el ácido fólico desempeña funciones esenciales en el embarazo, como favorecer el desarrollo adecuado de la placenta y del feto, así como la producción de ADN, indispensable para la multiplicación celular. Una deficiencia de esta vitamina podría afectar la división celular, comprometiendo el desarrollo del bebé y la placenta.

La educación y orientación sobre este tema son fundamentales para la prevención de estos defectos. A través de esta Ley, esta Administración reafirma su compromiso con la salud y el desarrollo integral de los niños, promoviendo la información y el consumo de ácido fólico entre todas las mujeres en edad reproductiva, con el objetivo de reducir la incidencia de defectos congénitos como la espina bífida y la anencefalia.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

En la evaluación y análisis del presente Proyecto, la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, solicitó memorial explicativo al Departamento de Salud y a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.

Esta Comisión ha decidido no realizar vistas públicas sobre la medida debido a que es es un proyecto de administración, por lo que conocemos que el asunto formaba parte del Programa de Gobierno propuesto por nuestra Gobernadora y avalado por el pueblo de Puerto Rico en las pasadas elecciones generales.

Por otro lado, al momento de la redacción del presente informe, la Comisión de Salud contó con los memoriales explicativos que se recibieron del Departamento de Salud y de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres que presentamos a continuación:

Departamento de Salud (25 de marzo de 2025)

El Departamento de Salud hace referencia a la Exposición de Motivos de la medida, señalando que el consumo habitual de ácido fólico antes y durante las primeras semanas del embarazo puede disminuir de manera significativa el riesgo de aparición de defectos congénitos. Se enfatiza que este riesgo no está limitado a factores socioeconómicos, lo que resalta la importancia de proporcionar educación y orientación sobre el tema a todas las mujeres en edad fértil.

Indican que en este marco, la propuesta legislativa sugiere la creación de la "Ley para la Orientación sobre los Beneficios del Ácido Fólico". Se definen términos clave para su aplicación, tales como "ginecólogos y obstetras" y "material informativo".

Resaltan que, en cuanto a la ejecución y cumplimiento de la propuesta, se establece que el Departamento de Salud será responsable de llevar a cabo una campaña informativa anual destinada a educar a las mujeres sobre la ingesta de ácido fólico. Se requiere que las oficinas de ginecología y obstetricia distribuyan material informativo sin costo y mantengan un registro de su entrega.

Asimismo, se otorga al Departamento de Salud la autoridad para desarrollar normas y regulaciones que garanticen el cumplimiento de la ley, estableciendo un sistema de sanciones por incumplimiento que puede alcanzar hasta $500, con un mínimo de $100.

El ácido fólico es indudablemente esencial para el desarrollo del feto y la prevención de malformaciones congénitas. La legislación se fundamenta en la evidencia científica que subraya la importancia de su ingesta adecuada, lo que refleja un enfoque proactivo hacia la salud pública. Este proyecto evidencia el compromiso del Gobierno de Puerto Rico con la salud de las mujeres y el bienestar infantil. A través de campañas educativas y la provisión de recursos informativos, se pretende empoderar a las mujeres para que tomen decisiones informadas sobre su salud reproductiva.

Señalan que aunque la legislación proporciona un marco definido para la educación y la difusión de información, su eficacia dependerá de la colaboración activa entre el Departamento de Salud y las oficinas de ginecología y obstetricia. La capacidad de estas entidades para cumplir con las normativas legales, así como la disposición de las mujeres para recibir y actuar según la información ofrecida, serán factores cruciales.

Indican que tras un análisis exhaustivo de la medida en su totalidad, el Departamento de Salud considera que el Proyecto de la Cámara 419 constituye un avance significativo en la mejora de la salud reproductiva en Puerto Rico, enfocándose en la prevención de defectos congénitos a través de la educación y el acceso a información sobre el ácido fólico. La implementación efectiva de esta legislación podría generar un impacto positivo en la salud de las generaciones futuras. Por lo tanto, el Departamento de Salud se compromete a llevar a cabo la implementación adecuada de esta medida una vez que se convierta en ley.

Oficina de la Procuradora de las Mujeres (25 de marzo de 2025)

Por su parte, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, en adelante OPM, comienza su opinión indicando que entienden pertinente destacar que respalda en su totalidad cualquier política pública del Gobierno de Puerto Rico que promueva la salud de todas las mujeres en cualquiera de sus etapas, en lo pertinente, en la edad reproductiva. Además, reconoce el esfuerzo loable de esta Asamblea Legislativa en su compromiso con la salud y el desarrollo integral de los niños a través de la promoción de la información y el consumo de ácido fólico.

Continúan mencionando que la Ley Núm. 20 de 11 de abril de 2001, según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres” (OPM), le delegó a la Oficina ciertos deberes y funciones, entre estos, el de “educar a la comunidad sobre los problemas de las mujeres”. En ese sentido, reconoce el impacto positivo que tienen las campañas educativas como herramienta preventiva para estos defectos congénitos y que el consumo adecuado de ácido fólico antes y durante las primeras etapas del embarazo puede prevenir hasta un 70% de los defectos del tubo neural. La OPM entiende que, esta información debe estar disponible para todas las mujeres, independientemente de su trasfondo socioeconómico o ubicación geográfica, y su diseminación debe ser parte de una política pública.

En atención a lo anterior, recomiendan que:

1. El “material informativo” que propone la medida en su Artículo 2(b), incorpore un lenguaje claro, inclusivo y culturalmente sensible, reconociendo las diversas realidades de las mujeres en Puerto Rico, en donde se tenga en consideración, la población de adolescentes, mujeres de comunidades rurales, y aquellas con barreras de acceso a servicios de salud.

2. La OPM sea considerada como entidad colaboradora del Departamento de Salud en el diseño y distribución de la campaña educativa, a fin de garantizar que se atiendan adecuadamente los aspectos de equidad y accesibilidad.

3. La que además del material impreso y la campaña informativa a través de los medios de comunicación, se considere la distribución digital del material informativo a través de redes sociales, páginas “web” gubernamentales y plataformas comunitarias, facilitando así su acceso a mujeres jóvenes y poblaciones conectadas digitalmente.

4. Se incorpore en la medida la obligatoriedad de establecer métricas para que el Departamento de Salud y sus entidades colaboradoras evalúen el impacto de la campaña, mediante indicadores de distribución, acceso y conocimiento del público meta.

Por todo lo cual, la OPM puntualiza su aval a la medida con las recomendaciones expresadas.

IMPACTO FISCAL

El P. de la C. 419 no conlleva impacto fiscal, la ley puede ser puesta en vigor y aplicarse con el presupuesto de las agencias delegadas. Las agencias pertinentes, en sus ponencias, expresaron la necesidad de la medida, por lo que están comprometidos a llevarla a cabo bajo sus presupuestos.

CONCLUSIÓN

Del análisis llevado a cabo por esta Comisión de Salud se desprende el apoyo a esta medida legislativa que tiene como finalidad la implementación de una campaña educativa sobre la importancia del consumo de ácido fólico lo que resultaría en la reducción de la incidencia de defectos congénitos en nuestras generaciones futuras.

Con el compromiso plasmado en su memorial explicativo, el Departamento de Salud refuerza y demuestra su responsabilidad y diligencia en la atención de asuntos pertinentes en bienestar de la ciudadanía. Por su parte, las aportaciones de la OPM, recomendaciones que fueron atendidas e incluidas en el Entirillado Electrónico que acompaña este informe, demuestran lo propio en interés de las mujeres puertorriqueñas.

POR LOS FUNDAMENTOS ANTES ESPUESTOS, la Comisión de Salud, somete el presente Informe Positivo en el que recomiendan a este Augusto Cuerpo la aprobación, del P. de la C. 419 con las enmiendas incluidas en el Entirillado Electrónico.

Respetuosamente sometido,

Hon. Gabriel Rodríguez Aguiló

Presidente

Comisión de Salud

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