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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. DE LA C. 209

INFORME POSITIVO

25 de abril de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 209, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:

“Para ordenar a la Comisión de Turismo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el estado de situación de la operación de las agencias hípicas en la Isla, incluyendo, pero sin limitarse, al proceso de la otorgación de licencias para operar dichas agencias, así como el marco legal y reglamentario vigente aplicable a estas operaciones; y para otros fines relacionados.”

ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara Núm. 209 tiene el propósito de realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento actual de las agencias hípicas en Puerto Rico. De acuerdo con la Exposición de Motivos, existen alrededor de 367 agencias hípicas en operación a lo largo de la Isla, cuyo marco regulatorio está principalmente contenido en la Ley Núm. 83 de 2 de julio de 1987, conocida como la “Ley de la Industria y el Deporte Hípico de Puerto Rico”.

Esta medida reconoce que corresponde a la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico, y particularmente a su Director Ejecutivo, la responsabilidad de otorgar, suspender o cancelar licencias relacionadas con actividades hípicas. Sin embargo, la operación efectiva de estas agencias requiere supervisión adicional, particularmente en lo relativo al proceso de licenciamiento, cumplimiento normativo y fiscalización administrativa.

Por tanto, se estima meritorio ordenar un estudio abarcador que permita identificar deficiencias, oportunidades de enmienda legislativa, así como estrategias para mejorar la eficiencia operativa y la transparencia del sistema hípico en Puerto Rico.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

En atención a lo expuesto, la Comisión de Asuntos Internos concluye que la medida propuesta tiene un fin loable y cumple con los requisitos legales y constitucionales necesarios para su aprobación. Por nuestra parte, como comisión cameral, entendemos que la Resolución objeto de análisis cuenta con todo lo requerido constitucional, estatutaria y jurisprudencialmente para dar paso a la aprobación de la misma.

Por tal razón, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 209, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe.

Respetuosamente sometido,

PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos

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