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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. DE LA C. 291

INFORME POSITIVO

21 de agosto de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 291, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida, sin enmiendas, cuyo título lee:

“Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el proceso para la otorgación de permisos para la construcción, establecimiento y operación de estaciones de gasolina; las leyes y la reglamentación aplicable; y para otros fines relacionados.”

ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara Núm. 291 tiene el propósito de realizar una investigación sobre el proceso para la otorgación de permisos para la construcción, establecimiento y operación de estaciones de gasolina; las leyes y la reglamentación aplicable; y para otros fines relacionados.

De la exposición de motivos de la medida se desprende que en virtud de la Ley Núm. 73 de 23 de junio de 1978, según enmendada, se determinó que la construcción y establecimiento de estaciones de servicios de venta al detal de gasolina y/o combustibles especiales se lleve a cabo dentro de los estrictos criterios de planificación integral, de forma que se mantenga un adecuado balance que evite en todo momento su proliferación irrazonable en los distintos mercados geográficos.

Asimismo, se hace referencia a los procesos de permisos que reglamenta la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe); los cuales requieren que en toda consulta de ubicación o solicitud de permiso de construcción o de uso para el establecimiento de una estación de servicio de venta al detal de gasolina, venga acompañada de un estudio de viabilidad que demuestre la necesidad y conveniencia del establecimiento de la misma, independientemente de que esté envuelta un área zonificada o no zonificada o de la clasificación de zonificación que le pueda corresponder. Incluso, el ordenamiento vigente exige la celebración de vistas públicas y que se contemple la separación entre otras estaciones de gasolina existentes.

Considerando lo anterior, se estima conveniente realizar una investigación dirigida a evaluar el proceso que se lleva a cabo para la otorgación de permisos para la construcción, establecimiento y operación de estaciones de gasolina y las leyes y la reglamentación aplicable.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN


Tras evaluar detenidamente la medida, la Comisión de Asuntos Internos entiende que la misma cumple con los parámetros constitucionales y reglamentarios pertinentes, y persigue un propósito de valor público. Por ello, se emite recomendación favorable para la aprobación de la Resolución de la Cámara 291, sin enmiendas.

Respetuosamente sometido,

PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos

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