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(TEXTO DE APROBACIÓN FINAL POR LA CÁMARA)

(19 DE JUNIO DE 2025)

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. C. de la C. 122

5 DE MAYO DE 2025

Presentada por el representante Muriel Sánchez

Referida a la Comisión de Transportación e Infraestructura

RESOLUCIón CONJUNTA

Para designar la carretera PR-905, en el municipio de Yabucoa, con el nombre de Margarita Rodríguez Morales autorizar la instalación de rótulos; autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Margarita Rodríguez Morales dedicó su vida con entrega y pasión a lo que siempre fue su vocación más profunda: la educación. Su trayectoria profesional fue testimonio de su firme compromiso con el desarrollo integral de los estudiantes y con el bienestar de su comunidad. Como directora de Educación del municipio de Yabucoa, no solo administró con excelencia los programas educativos, sino que también asumió la responsabilidad de áreas fundamentales como la Biblioteca Municipal y el programa de Child Care, garantizando espacios de crecimiento y aprendizaje para niños y jóvenes.

Su liderazgo fue reconocido con el nombramiento como Superintendente Auxiliar del Distrito Escolar de Yabucoa, cargo en el que se destacó por su capacidad de gestión, su visión pedagógica y su incansable labor para mejorar la calidad educativa. Posteriormente, fue designada como Ayudante Especial en la Región Educativa de Humacao, desde donde continuó sirviendo con dedicación tanto a estudiantes como a padres, docentes y directivos escolares.

Margarita fue mucho más que una funcionaria pública: fue una educadora excepcional, una mujer de firmes convicciones que convirtió sus sueños en realidad mediante el trabajo arduo, la perseverancia y una fe inquebrantable en el poder transformador de la educación. Supo enfrentar la adversidad con dignidad y se mantuvo firme en su propósito de servir, dejando una huella imborrable en quienes tuvieron el privilegio de conocerla o trabajar a su lado.

Como yabucoeña distinguida, entregó lo mejor de sí al servicio de su pueblo. Su vida será ejemplo de lo que significa vivir con propósito, con vocación y con amor profundo por la comunidad. Margarita Rodríguez Morales deja un legado de luz, esfuerzo y esperanza. Dedicó su vida hasta el final al servicio público de igual manera, fue una excelente hija, hermana, esposa y madre. Su legado vivirá por siempre en nuestro querido pueblo de Yabucoa y en su amado Barrio Tejas. Su historia seguirá inspirando a las generaciones futuras a luchar por sus sueños y a servir con el corazón.

ResuélvEse POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.-Se designa la carretera PR-905 en el municipio de Yabucoa con el nombre de “Margarita Rodríguez Morales ”.

Sección 2.-El Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación en conjunto con el municipio de Yabucoa procederán con la nueva identificación y la rotulación del tramo aquí designado, conforme a lo dispuesto en la sección 1 de esta Resolución Conjunta.

Sección 3.-El Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, en un término no mayor de veinticinco (25) días naturales, luego de aprobada la misma.

Sección 4.-El Departamento de Transportación y Obras Públicas deberá proveer la asesoría técnica necesaria para velar por que la rotulación del tramo aquí designado cumpla con las especificaciones establecidas en el “Manual de Dispositivos Uniformes para el Control de Tránsito en las Vías Públicas (MUTCD)” y cualquier otra reglamentación aplicable.

Sección 5.-A fin de lograr la rotulación del tramo aquí designado, se autoriza al Departamento de Transportación y Obras Públicas en conjunto con la Autoridad de Carreteras y Transportación y a la Administración Municipal de Yabucoa, a peticionar, aceptar, recibir, redactar y someter propuestas para aportaciones y donativos de recursos de fuentes públicas y privadas; parear cualesquiera fondos disponibles con aportaciones federales, estatales, municipales o del sector privado; y establecer acuerdos colaborativos con cualquier ente, público o privado, dispuesto a participar o colaborar en el financiamiento de esta rotulación.

Sección 6.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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