GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 303
9 DE MAYO DE 2025
Presentada por el representante Morey Noble
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo lo relacionado a las tasas por aterrizaje y pasajeros y el proceso de su implementación en los aeropuertos de Puerto Rico. sobre las tasas por aterrizaje y por pasajeros, su estructura, criterios de fijación e impacto económico en los aeropuertos de Puerto Rico, y sobre el proceso utilizado para su implantación.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las tasas por aterrizaje son las tarifas que se pagan por el uso de las instalaciones del aeropuerto para permitir el aterrizaje de aeronaves. los cargos establecidos por el uso de las facilidades aeroportuarias en operaciones de aterrizaje. Por otro lado, las tarifas de pasajeros, se refieren a los diferentes cargos que se le pueden aplicar a los pasajeros, como impuestos, tasas aeroportuarias, entre otros. Estas tasas son una fuente crucial y esencial de ingreso para el mantenimiento y operación de la infraestructura aeroportuaria de nuestro país. A su vez, afectan directamente el costo operativo de cada aerolínea, impactando también el costo de los boletos.
En Puerto Rico el uso de los aeropuertos es esencial en muchas áreas, especialmente en el sector turístico. Como es de conocimiento el Turismo es una fuente de ingresos para el Gobierno de Puerto Rico, así como para un gran número de pequeños y medianos comercios. Por ello, al momento de evaluar y fijar estas tasas es necesario el mantenerlas competitivas frente a otros destinos del Caribe. De esta forma fomentando el tráfico aéreo e incentivando a las aerolíneas a continuar operando en Puerto Rico.
De igual forma estas tasas pueden utilizarse para lograr una modernización en la infraestructura de nuestros aeropuertos y promover una mayor sostenibilidad en sus operaciones. Este tema nos impacta directamente en nuestro desarrollo social y económico, ignorar su relevancia solo retrasa nuestro progreso y desvía el rumbo de nuestra política pública, siendo esta economía y eficiencia.
No obstante, es necesario investigar todo lo relacionado a las tasas por aterrizaje y pasajeros y el proceso de su implementación en los aeropuertos de Puerto Rico.
Es menester de nuestro Gobierno el que periódicamente se revisen estas tasas, asegurándonos en todo momento que sean competitivas, pero sobre todo razonables, tanto para las aerolíneas como para el desarrollo económico de Puerto Rico.
Debido a la importancia del asunto objeto de esta Resolución con relación al turismo y la economía en general, relevancia que este asunto reviste para el desarrollo turístico y económico de Puerto Rico, resulta imperativo investigarlo con prontitud. realizar su evaluación de forma diligente y prioritaria. De igual modo, esta investigación pondrá a la Cámara de Representantes en posición para emitir recomendaciones en beneficio del continuo mejoramiento de Puerto Rico en un asunto de tal importancia. Asimismo, el resultado de esta investigación permitirá a la Cámara de Representantes formular recomendaciones concretas que contribuyan al fortalecimiento continuo de nuestra Isla en este renglón estratégico.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena a la a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre todo lo relacionado a las tasas por aterrizaje y pasajeros y el proceso de su implementación en los aeropuertos de Puerto Rico. sobre las tasas por aterrizaje y por pasajeros, su estructura, criterios de fijación e impacto económico en los aeropuertos de Puerto Rico, y sobre el proceso utilizado para su implantación.
Sección 2.-La Comisión rendirá a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estime necesarios o convenientes en los que incluyan sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterá un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa. un informe contentivo de los hallazgos, conclusiones, y recomendaciones, que estimen pertinentes, incluyendo las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse con relación al asunto objeto de este estudio, dentro del término de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la aprobación de la presente Resolución.
Sección 3.-Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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