(R. C. de la C. 131)
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar y disponer conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en la Ley, de la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora, en el Municipio de Bayamón, a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
National Talent Academy, Inc., es una institución sin fines de lucro que forma parte del Proyecto Centro de Apoyo Sustentable al Estudiante, mejor conocida como CASA. Este programa consiste en una escuela alternativa acelerada, que atiende a jóvenes de catorce (14) a veintiún (21) años; considerados de alto riesgo porque se encuentran en riesgo de deserción escolar o fuera del sistema de instrucción pública del Departamento de Educación.
La misión de dicha organización es proporcionar a estos jóvenes las herramientas necesarias para completar sus estudios, alejarlos de las calles, ofrecerles un ambiente seguro y motivarlos a superarse. Asimismo, National Talent Academy está comprometida con que cada joven desarrolle sólidas competencias académicas y de liderazgo, fomentando así un sentido de responsabilidad personal que los convierta en ciudadanos de bien, tanto dentro como fuera de sus comunidades. Este compromiso ha llevado a la institución a establecerse en el Municipio de Arecibo y, más recientemente, en Bayamón.
En el Municipio de Bayamón, la institución inauguró sus facilidades en el 2015 con el propósito de ofrecer servicios educativos a estudiantes del área metropolitana. Las facilidades están localizadas en la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora. El compromiso de los directivos del National Talent Academy, Inc. con la educación de los jóvenes de Puerto Rico, se reafirma día tras día.
Esta Asamblea Legislativa ratifica su compromiso con las instituciones sin fines de lucro que promueven programas educativos para nuestros niños y jóvenes. Como sociedad, debemos invertir todos nuestros recursos para, garantizar el acceso a una educación de calidad, apoyando el entusiasmo y talento de las nuevas generaciones. Por ello, referir el asunto al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles para que, conforme a la Ley 26-2017 se proceda con la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en Ley, de las instalaciones de la antigua Escuela William Rivera Ponce, al National Talent Academy, Inc. redundará en mejores servicios para nuestra juventud.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar y disponer conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o que se lleve a cabo cualquier otro negocio jurídico contemplado en la Ley 26-2017, supra del predio de terreno en desuso y la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora, en el Municipio de Bayamón, a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.
Sección 2.-El Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles deberá cumplir con lo ordenado en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta dentro de un término no mayor de noventa (90) días laborales contados a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta.
Sección 3.-De resultar favorable la evaluación del Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles al amparo de la Ley 26-2017, según enmendada, a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc., utilizará los terrenos descritos en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta para ofrecer su programa académico alternativo y de apoyo biopsicosocial.
Sección 4.-Si el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, al amparo de la Ley 26-2017, según enmendada, aprueba el negocio jurídico, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, junto a las entidades públicas concernientes darán fiel cumplimiento a la determinación del Comité, según lo dispuesto en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta.
Sección 5.-De aprobarse el negocio jurídico, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, podrá imponer aquellas condiciones restrictivas necesarias para asegurar que las propiedades descritas en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta sean utilizadas únicamente para los propósitos establecidos en la Sección 3 de esta Resolución Conjunta.
Sección 6.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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