(ENTIRILLADO ELECTRÓNICO)
GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 136
14 DE MAYO DE 2025
Presentada por el representante Méndez Núñez; la representante Lebrón Rodríguez; los representantes Peña Ramírez, Torres Zamora, Román López, Aponte Hernández, Carlo Acosta, Charbonier Chinea, Colón Rodríguez; la representante del Valle Correa; los representantes Estévez Vélez, Franqui Atiles; las representantes González Aguayo, González González; los representantes Hernández Concepción, Jiménez Torres; las representantes Martínez Vázquez, Medina Calderón; los representantes Morey Noble, Muriel Sánchez, Navarro Suárez, Nieves Rosario, Ocasio Ramos, Pacheco Burgos, Parés Otero; la representante Peña Dávila; los representantes Pérez Cordero, Pérez Ortiz; las representantes Pérez Ramírez, Ramos Rivera; los representantes Robles Rivera, Rodríguez Aguiló, Rodríguez Torres, Roque Gracia, Sanabria Colón y Santiago Guzmán
Referida a la Comisión de Hacienda
RESOLUCIón CONJUNTA
Para asignar la cantidad de trece mil noventa y cinco millones trescientos quince mil (13,095,315,000) dólares, con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal, para gastos ordinarios de funcionamiento de los programas y agencias que componen la Rama Ejecutiva y los programas que componen la Rama Judicial y la Rama Legislativa durante el año fiscal que concluye el 30 de junio de 2026, las siguientes cantidades o la porción de estas fuese necesario; y para otros fines relacionados.
ResuélvEse POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se asignan las siguientes cantidades del Fondo General del Tesoro Estatal para los gastos del Gobierno de Puerto Rico establecidos en esta resolución conjunta para el año fiscal que concluye el 30 de junio de 2026 (“AF2026”):
Transición Voluntaria 24,151,000
de la policía y los procesos de reingeniería
incidentales a esta, incluyendo conceptos
de compra, servicios profesionales,
tecnología, consultoría y cualquier otro
gasto necesario 860,000
Academia de la Policía 19,639,000
oficiales de rango realizando tareas
administrativas 3,721,000
técnicos de emergencias médicas 1,000,000
lubricantes a ASG 14,710,000
Negociado de Manejo de Emergencias
y Administración de Desastres 140,000
finanzas y contabilidad 93,000
de recursos humanos 10,000
a la Academia de la Policía para
el reclutamiento durante el año 7,409,000
a la Academia de Bomberos para
el reclutamiento durante el año 1,380,000
de Pensiones, Ley 80-2020 328,000
de la policía y los procesos de reingeniería
incidentales a esta, incluyendo conceptos
de compra, servicios profesionales,
tecnología, consultoría, y otros gastos
relacionado a la reforma de la policía 20,000,000
de la policía y los procesos de reingeniería
incidentales a esta, incluyendo conceptos
de compra, servicios profesionales,
tecnología, consultoría y otros gastos
relacionado a la reforma de la policía 6,600,000
diseño de construcción de la
Comandancia de Aguadilla 1,200,000
diseño y construcción de salas de
entrevistas para víctimas de violencia 5,000,000
Total Departamento de Seguridad Pública 1,268,892,000
Transición Voluntaria 22,325,000
la Academia de la Policía 19,639,000
lubricantes a ASG 13,500,000
y contabilidad 73,000
a la Academia de la Policía para
el reclutamiento durante el año 7,409,000
de la policía y los procesos de reingeniería
incidentales a esta, incluyendo conceptos
de compra, servicios profesionales,
tecnología, consultoría y otros gastos
relacionados a la reforma de la policía 20,000,000
la policía y los procesos de reingeniería
incidentales a esta, incluyendo conceptos
de compra, servicios profesionales,
tecnología, consultoría y otros gastos
relacionados a la reforma de la policía 6,600,000
Total Negociado de la Policía de Puerto Rico 860,938,000
de Transición Voluntaria 1,342,000
lubricantes a ASG 925,000
y contabilidad 20,000
a la Academia de Bomberos para
el reclutamiento durante el año 1,380,000
Total Negociado del Cuerpo de Bomberos
de Puerto Rico 87,129,000
de Transición Voluntaria 360,000
y técnicos de emergencias médicas 1,000,000
Total Negociado del Cuerpo de Emergencias
Médicas 30,037,000
Salarios 2,633,000
Sueldos para Puestos de Confianza 72,000
Aportación patronal al seguro médicos 166,000
Otros beneficios del empleado 390,000
Jubilación Anticipada y Programa
Transición Voluntaria 48,000
Pagos AEE 303,000
Pagos a AAA 102,000
Pagos a AEP 39,000
Otras facilidades y pagos por servicios 114,000
Para el pago de combustibles y
lubricantes a ASG 200,000
vi. Servicios telefónicos 140,000
Pago a PRIMAS 126,000
Reparaciones y mantenimientos 7,000
Arrendamientos (excluyendo AEP) 997,000
Otros servicios comprados 354,000
Total Negociado de Manejo de Emergencias
y Administración de Desastres 8,198,000
Transición Voluntaria 76,000
lubricantes a ASG 85,000
Total Negociado de Investigaciones Especiales 6,061,000
de la policía y los procesos de reingeniería
incidentales a esta, incluyendo conceptos
de compra, servicios profesionales,
tecnología, consultoría y cualquier otro
gasto necesario 860,000
oficiales de rango realizando tareas
administrativas 3,721,000
de recursos humanos 10,000
de Pensiones Ley 80-2020 328,000
diseño de construcción de la
Comandancia de Aguadilla 1,200,000
diseño y construcción de salas de
entrevistas para víctimas de violencia 5,000,000
Total Servicios Compartidos incluidos en el
Departamento de Seguridad Pública 276,529,000
Total de Departamento de Seguridad Pública 1,268,892,000
Transición Voluntaria 199,000
por servicios públicos 70,000
lubricantes a ASG 10,000
y contabilidad 1,241,000
de la ciudadanía 814,819,000
según lo dispuesto en la Ley 72-1993,
según enmendada. 814,819,000
Total Administración de Seguros de
Salud de Puerto Rico 834,514,000
Salarios 80,370,000
Sueldos para Puestos de Confianza 3,217,000
Aportación patronal al seguro médico 5,380,000
Otros beneficios del empleado 11,011,000
Jubilación anticipada y programa de
transición voluntaria 1,594,000
Otros gastos de nómina 25,000
Horas Extras 7,000
Para gastos de funcionamiento de la
Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 8,000
Para gastos de funcionamiento de los
Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 77,000
Para llevar a cabo el Día Nacional para
realizarse la prueba de Hepatitis C, según
lo dispuesto en la Ley 42-2003 21,000
Para nutrir el Fondo Contra Enfermedades
Catastróficas, según lo dispuesto en la
Ley 150-1996, según enmendada 20,000
Para gastos de funcionamiento
de las Salas de Emergencias de los CDT 27,000
servicios públicos 3,252,000
la Administración de Servicios Médicos 49,050,000
lubricante ASG 451,000
Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 3,000
Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 232,000
Vigilancia 2,500,000
del Gobierno de PR relacionada
con la población que padece la
Condición de Autismo, según lo
dispuesto en la Ley 318-2003 250,000
y Desarrollo de Personas con Autismo,
según lo dispuesto en la Ley 220-2012 292,000
determinados lugares públicos y privados,
según lo dispuesto en la Ley 40-1993,
según enmendada 12,000
por los hogares comunitarios 36,600,000
Para gastos de funcionamiento de los
Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 15,000
Para gastos de funcionamiento de la Comisión
de Alimentación y Nutrición, según lo
dispuesto en la Ley 10-1999 1,000
Para la subvención aérea del Municipio de
Vieques, según lo dispuesto en la Ley
Núm. 44 de 17 de mayo de 1955. 345,000
Para gastos de funcionamiento
de las Salas de Emergencias de CDT 15,000
Otros gastos de transportación 1,967,000
Sistemas de información 2,483,000
Gastos legales 824,000
Servicios médicos 238,000
Servicios profesionales de formación y
educación 25,000
Otros servicios profesionales 17,410,000
Para gastos de funcionamiento
de las Salas de Emergencias de CDT 7,283,000
Para gastos de funcionamiento
de la Comisión de Alimentación
y Nutrición, según lo dispuesto
en la Ley 10-1999 44,000
Para gastos de funcionamiento
de los Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 653,000
Para gastos de funcionamiento
para el registro de Casos de la
Enfermedad de Alzheimer, según
lo dispuesto en la Ley 237-1999 525,000
Para la Comisión para la Implantación
de la Política Pública en la Prevención
del Suicidio, según lo dispuesto en la
Ley 227-1999 30,000
Para llevar a cabo el Día Nacional
para realizarse la prueba de
Hepatitis C, según lo dispuesto
en la Ley 42-2003 121,000
Para nutrir el Fondo Contra
Enfermedades Catastróficas,
según lo dispuesto en la Ley 150-1996,
según enmendada 146,000
Para programas de servicios de salud,
educación y bienestar de la población de niñez
temprana. Programas nuevos y existentes
para el diagnóstico y tratamiento a menores
con deficiencias en el desarrollo, programas para
mejorar la calidad de servicios de capacitación
de personal de los Centros de Cuidado y
Desarrollo Infantil 750,000
Para ofrecer los servicios de laboratorio
y rayos X de la sala de emergencia
del CDT de Loíza 225,000
Para sufragar gastos de funcionamiento
del Programa para la Prevención y Vigilancia
de Emergencias Médicas de Niños,
según lo dispuesto en la Ley 259-2000 60,000
Para operar el tercer turno
(11:00 pm a 7:00 am) de la sala de
emergencia del CDT de Loíza 736,000
Hospital Pediátrico, para el tratamiento
del cáncer pediátrico 500,000
de la Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 1,000
de los Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 6,000
y Desarrollo de Personas con Autismo,
según lo dispuesto en la Ley 220-2012 42,000
años anteriores 4,000,000
Catastróficas 4,000,000
Pediátrico, para el tratamiento del
cáncer pediátrico 2,360,000
de los Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 18,000
Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 1,000
y Desarrollo de Personas con Autismo,
según lo dispuesto en la Ley 220-2012 106,000
realizarse la prueba de Hepatitis C,
según lo dispuesto en la Ley 42-2003 8,000
de equipo y materiales para la atención
del servicio directo al paciente 343,000
Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 2,000
los Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 4,000
según lo dispuesto en la Ley 220-2012 60,000
para la compra de equipo y materiales
para la atención del servicio directo
al paciente 357,000
Programa Medicaid 25,166,000
el Programa Avanzando Juntos 2,100,000
comunidad que reciben fondos federales
a través de la Sección 330 de la Ley del
Servicio de Salud Pública 20,500,000
el Cáncer, según lo dispuesto en
la RC 68-2010 70,000
de operaciones y cuartos para
pacientes del HURRA 12,300,000
bienestar de la ciudadanía 24,300,000
del Hospital Oncológico 7,500,000
de Educación y Rehabilitación de
Puerto Rico (SER), para sufragar
gastos de funcionamiento 1,050,000
dispuesto en RC 204-2006 250,000
Información a Padres de Niños con
Impedimentos de Puerto Rico (APNI) 225,000
conocida como "Ley para Establecer el
Derecho al Cuidado Prenatal, Parto y
Postparto para Embarazadas Médico
Indigente en Puerto Rico" 400,000
Pro-Departamento de Pediatría
Oncológica del Hospital Pediátrico
Universitario Dr. Antonio Ortiz 200,000
de la Cruz Roja Americana 200,000
de la Sociedad Americana contra
el Cáncer, según lo dispuesto en
la Ley 135-2010 300,000
Mercedes Rubí, para materiales, mantenimiento;
y adiestramientos al Centro de Cirugía
Neurovascular de Puerto Rico y el Caribe,
según dispuesto en la RC 164-2005 125,000
de la Fundación Modesto Gotay,
según lo dispuesto en la RC 336-2000 125,000
Catastróficas, según lo dispuesto en
la Ley 150-1996, según enmendada. 6,072,000
no Gubernamentales 1,178,000
de Pensiones Ley 80-2020 88,000
Total Departamento de Salud 531,762,000
2.1 Hospital Universitario Pediátrico incluido en el Departamento de Salud
Salarios 12,276,000
Sueldos para Puestos de Confianza 132,000
Aportación patronal al seguro médico 629,000
Otros beneficios del empleado 1,272,000
Pago de Servicio de Salud que
ofrece la Administración de
Servicios Médicos (ASEM) 10,000,000
Otros servicios profesionales 22,000
Hospital Pediátrico, para el tratamiento
del cáncer pediátrico 500,000
Pediátrico, para el tratamiento del
cáncer pediátrico 2,360,000
de equipo y materiales para la atención
del servicio directo al paciente 343,000
para la compra de equipo y materiales
para la atención del servicio directo
al paciente 357,000
Total Hospital Universitario Pediátrico incluido
en el Departamento de Salud 30,880,000
2.2 Hospital Universitario de Adultos incluido en el Departamento de Salud
i. Pago de Servicio de Salud que
ofrece la Administración de
Servicios Médicos (ASEM) 38,694,000
Total Hospital Universitario de Adultos
incluido en Departamento de Salud 65,132,000
2.3 Hospital Universitario de Bayamón (“HURRA”) incluido en el
Departamento de Salud
seguro médico 420,000
de operaciones y cuartos para pacientes 12,300,000
Total Hospital Universitario de Bayamón
incluido en el Departamento de Salud 23,576,000
2.4 Programa de Discapacidad Intelectual incluido en el Departamento de Salud
A. Nómina y Costos Relacionados 9,982,000
de Transición Voluntaria 486,000
por los hogares comunitarios 36,600,000
D. Gastos de transportación 421,000
E. Servicios Profesionales 6,000,000
i. Gastos legales 824,000
ii. Servicios médicos 37,000
iii. Otros servicios profesionales 5,114,000
iv. Servicios profesionales de formación y
educación 25,000
F. Otros gastos de funcionamiento 387,000
Total Programa de Discapacidad Intelectual
incluido en el Departamento de Salud 65,117,000
2.5 Otros Programas incluidos en Departamento de Salud
Salarios 33,676,000
Sueldos para Puestos de Confianza 3,001,000
Aportación patronal al seguro médico 2,116,000
Otros beneficios del empleado 4,467,000
Jubilación anticipada y programa de
transición voluntaria 1,108,000
Otros gastos de nómina 25,000
Tiempo Extra 7,000
Para gastos de funcionamiento de la
Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 8,000
Para gastos de funcionamiento de los
Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 77,000
Para llevar a cabo el Día Nacional para
realizarse la prueba de Hepatitis C, según
lo dispuesto en la Ley 42-2003 21,000
Para nutrir el Fondo Contra Enfermedades
Catastróficas, según lo dispuesto en la
Ley 150-1996, según enmendada 20,000
Para gastos de funcionamiento
de las Salas de Emergencias de los CDT 27,000
Pagos a AEE 14,305,000
servicios públicos 3,138,000
la Administración de Servicios Médicos 356,000
lubricante ASG 451,000
Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 3,000
los Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 232,000
Vigilancia 2,500,000
del Gobierno de PR relacionada
con la población que padece la
Condición de Autismo, según lo
dispuesto en la Ley 318-2003 250,000
y Desarrollo de Personas con Autismo,
según lo dispuesto en la Ley 220-2012 292,000
determinados lugares públicos y privados,
según lo dispuesto en la Ley 40-1993,
según enmendada 12,000
Para gastos de funcionamiento de los
Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 15,000
Para gastos de funcionamiento de
la Comisión de Alimentación y
Nutrición, según lo dispuesto en la
Ley 10-1999 1,000
Para la subvención aérea del Municipio de
Vieques, según lo dispuesto en la Ley
Núm. 44 de 17 de mayo de 1955 345,000
Para gastos de funcionamiento
de las Salas de Emergencias de los CDT 15,000
Otros gastos de transportación 1,546,000
de las Salas de Emergencias de los CDT 7,283,000
de la Comisión de Alimentación
y Nutrición, según lo dispuesto
en la Ley 10-1999 44,000
de los Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 653,000
para el registro de Casos de la
Enfermedad de Alzheimer, según
lo dispuesto en la Ley 237-1999 525,000
de la Política Pública en la Prevención
del Suicidio, según lo dispuesto en la
Ley 227-1999 30,000
para realizarse la prueba de
Hepatitis C, según lo dispuesto
en la Ley 42-2003 121,000
Enfermedades Catastróficas,
según lo dispuesto en la Ley 150-1996,
según enmendada 146,000
educación y bienestar de la población de niñez
temprana. Programas nuevos y existentes
para el diagnóstico y tratamiento a menores
con deficiencias en el desarrollo, programas para
mejorar la calidad de servicios de capacitación
de personal de los Centros de Cuidado y
Desarrollo Infantil 750,000
y rayos X de la sala de emergencia
del CDT de Loíza 225,000
funcionamiento del Programa
para la Prevención y Vigilancia
de Emergencias Médicas de Niños,
según lo dispuesto en la Ley 259-2000 60,000
(11:00 pm a 7:00 am) de la sala de
emergencia del CDT de Loíza 736,000
de la Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 1,000
de los Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 6,000
Integración y Desarrollo de
Personas con Autismo, según lo
dispuesto en la Ley 220-2012 42,000
años anteriores 4,000,000
Catastróficas 4,000,000
de los Centros (PITI) de Servicios Integrados
a Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 18,000
Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 1,000
realizarse la prueba de Hepatitis C,
según lo dispuesto en la Ley 42-2003 8,000
Integración y Desarrollo de
Personas con Autismo, según lo
dispuesto en la Ley 220-2012 106,000
Para gastos de funcionamiento de la
Comisión de Alimentación y Nutrición,
según lo dispuesto en la Ley 10-1999 2,000
los Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 4,000
Integración y Desarrollo de
Personas con Autismo, según lo
dispuesto en la Ley 220-2012 60,000
Otros anuncios y pautas en medios 425,000
Programa Medicaid 25,166,000
el Programa Avanzando Juntos 2,100,000
comunidad que reciben fondos federales
a través de la sección 330 de la Ley del
Servicio de Salud Pública 20,500,000
el Cáncer, según lo dispuesto en
la RC 68-2010 70,000
bienestar de la ciudadanía 24,300,000
del Hospital Oncológico 7,500,000
de Educación y Rehabilitación de
Puerto Rico (SER), para sufragar
gastos de funcionamiento 1,050,000
dispuesto en RC 204-2006 250,000
e Información a Padres de Niños con
Impedimentos de Puerto Rico (APNI) 225,000
conocida como "Ley para Establecer el
Derecho al Cuidado Prenatal, Parto y
Postparto para Embarazadas Médico
Indigente en Puerto Rico" 400,000
Pro-Departamento de Pediatría
Oncológica del Hospital Pediátrico
Universitario Dr. Antonio Ortiz 200,000
de la Cruz Roja Americana 200,000
de la Sociedad Americana contra
el Cáncer, según lo dispuesto en
la Ley 135-2010 300,000
Mercedes Rubí, para materiales, mantenimiento;
y adiestramientos al Centro de Cirugía
Neurovascular de Puerto Rico y el Caribe,
según dispuesto en la RC 164-2005 125,000
de la Fundación Modesto Gotay,
según lo dispuesto en la RC 336-2000 125,000
Enfermedades Catastróficas,
según lo dispuesto en la Ley 150-1996,
según enmendada. 6,072,000
de Pensiones Ley 80-2020 88,000
no Gubernamentales 1,178,000
Total Otros Programas incluidos en el
Departamento de Salud 347,057,000
Total Departamento de Salud 531,762,000
clínico para 14 salas de operaciones
nuevas y 4 existentes 3,500,000
“Revenue Cycle Management” 6,000,000
Ciencias Médicas sobre los servicios
médicos que proveen 3,117,000
adicional de “House Staff” para
apoyar la continuidad de los
Programas de Residencia de la UPR 8,809,000
que atiendan guardias de
noche en el hospital 2,500,000
de neuro-intensivo que estén
de guardia 1,000,000
Total Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico 99,089,000
i. Salarios 16,622,000
ii. Sueldos para Puestos de Confianza 537,000
iii. Aportación patronal al seguro médico 1,201,000
de Transición Voluntaria 1,540,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 2,459,000
servicios públicos 1,816,000
que ofrece la Administración de
Servicios Médicos 6,604,000
lubricantes a ASG 190,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
viii. (conocido también como “Drug Courts”) 10,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 195,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 1,450,000
especializados en salud mental para la
apertura de dos salas de atención a
pacientes en el Hospital de Psiquiatría
Forense de San Juan 3,161,000
profesionales del Hospital de Psiquiatría
Forense de Ponce 2,035,000
servicios de atención al alcoholismo 2,880,000
multidisciplinario encargado de
evaluar el traslado de pacientes de
hospitales a domicilio 960,000
directos y especializados para el
tratamiento de jóvenes y niños 2,000,000
responsables de evaluar y certificar
el buen funcionamiento y cumplimiento
de las normas de los hogares que
prestan servicios de atención a pacientes 450,000
provistos por los hogares grupales
transitorios (Hogares) 16,725,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 973,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 162,000
de la ciudadanía 1,294,000
Concilio Multisectorial en Apoyo a
la Población de Personas sin Hogar 259,000
la Ley 36-2021 y financiar el
"Observatorio de Drogas de Puerto Rico"
para observar y prevenir el abuso
de opioides, fentanilo y otras drogas 1,035,000
del Centro Sor Isolina Ferré, Inc.,
Playa de Ponce, según lo dispuesto en
la RC 183-2005 1,900,000
del Hogar Crea, Inc., según lo dispuesto
en la RC 157-2005 1,890,000
de Iniciativa Comunitaria de
Investigación, Inc. 1,440,000
de la Fundación UPENS 950,000
de los Centros Sor Isolina Ferré, Inc. 850,000
del Centro Sor Isolina Ferré, Inc. (Caimito),
según lo dispuesto en la RC 183-2005 250,000
del Centro San Francisco, Ponce, según lo
dispuesto en la RC 183-2005 200,000
La Providencia, en el Viejo San Juan 25,000
de Pensiones Ley 80-2020 306,000
no gubernamentales 619,000
acreditación del hospital 4,121,000
Total Administración de Servicios de Salud Mental
y Contra la Adicción 150,972,000
4.1 Hospital Psiquiátrico de Río Piedras incluido
en Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción
i. Salarios 4,246,000
ii. Aportación patronal al seguro médico 193,000
iii. Otros beneficios del empleado 295,000
servicios públicos 20,000
que ofrece la Administración de
Para el pago de combustibles y
lubricantes a ASG 10,000
i. Servicios médicos 5,436,000
ii. Otros servicios profesionales 2,575,000
acreditación del hospital 4,121,000
Total Hospital Psiquiátrico de Río Piedras
incluido en Servicios de Salud Mental y
Contra la Adicción 23,304,000
4.2 Otros Programas incluidos en Servicios de
Salud Mental y Contra la Adicción
i. Salarios 12,376,000
ii. Sueldos para Puestos de Confianza 537,000
iii. Aportación patronal al seguro médico 1,008,000
de Transición Voluntaria 1,540,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 2,459,000
servicios públicos 1,796,000
que ofrece la Administración de
lubricantes a ASG 180,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 10,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 195,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 1,450,000
especializados en salud mental para la
apertura de dos salas de atención a
pacientes en el Hospital de Psiquiatría
Forense de San Juan 3,161,000
profesionales del Hospital de Psiquiatría
Forense de Ponce 2,035,000
servicios de atención al alcoholismo 2,880,000
multidisciplinario encargado de
evaluar el traslado de pacientes de
hospitales a domicilio 960,000
directos y especializados para el
tratamiento de jóvenes y niños 2,000,000
responsables de evaluar y certificar
el buen funcionamiento y cumplimiento
de las normas de los hogares que
prestan servicios de atención a pacientes 450,000
provistos por los hogares grupales
transitorios (Hogares) 16,725,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 973,000
del Programa de Salones Especializados
en Casos de Sustancias Controladas
(conocido también como “Drug Courts”) 162,000
de la ciudadanía 1,294,000
Concilio Multisectorial en Apoyo a
la Población de Personas sin Hogar 259,000
la Ley 36-2021 y financiar el
"Observatorio de Drogas de Puerto Rico"
para observar y prevenir el abuso
de opioides, fentanilo y otras drogas 1,035,000
del Centro Sor Isolina Ferré, Inc.,
Playa de Ponce, según lo dispuesto en
la RC 183-2005 1,900,000
del Hogar Crea, Inc., según lo dispuesto
en la RC 157-2005 1,890,000
de Iniciativa Comunitaria de
Investigación, Inc. 1,440,000
de la Fundación UPENS 950,000
de los Centros Sor Isolina Ferré, Inc. 850,000
del Centro Sor Isolina Ferré, Inc. (Caimito),
según lo dispuesto en la RC 183-2005 250,000
del Centro San Francisco, Ponce, según lo
dispuesto en la RC 183-2005 200,000
La Providencia, en el Viejo San Juan 25,000
de Pensiones Ley 80-2020 306,000
no gubernamentales 619,000
Total otros Programas incluidos en Servicios de
Salud Mental y Contra la Adicción 127,668,000
Total Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción 150,972,000
del Caribe
Total Corporación del Centro Cardiovascular de Puerto Rico y
del Caribe 6,000,000
servicios públicos 1,530,000
Total Centro Comprensivo del Cáncer 22,721,000
servicios públicos 20,000
y contabilidad 45,000
de relocalización del Centro 334,000
Total del Centro de Investigaciones, Educación
y Servicios Médicos para la Diabetes 1,238,000
Subtotal de Salud 1,646,296,000
de Transición Voluntaria 1,639,000
lubricantes a ASG 510,000
cámaras de seguridad 18,222,000
incluyendo aquellos municipios que
brindan servicios de mantenimiento
mediante convenios 11,407,000
incluyendo aquellos municipios
que brindan servicios de
transportación mediante convenios 97,149,000
y contabilidad 40,000
arquitectura. 410,000
y servicios relacionados 81,268,000
para ingresar a las universidades 8,280,000
(META-PR, PIENSE, SAT, PNA,
PCMAS, OTROS) 15,025,000
de Maestros de inglés 1,500,000
para estudiantes de educación especial 4,000,000
educación especial 3,456,000
servicios relacionados 22,000,000 102,000,000
bienestar de la ciudadanía 7,630,000
dirigidos al bienestar de la ciudadanía 1,705,000
Educación Alternativa Ley
213-2012, según enmendada 15,000,000
Programa de Escuelas de la
Comunidad para el Instituto
Nueva Escuela (Montessori) 9,000,000
según enmendada 10,000,000
Colegio San Gabriel Inc.,
especializado en la atención de
niños con problemas de audición 450,000
de Pensiones Ley 80-2020 453,000
con Escuelas Chárter 16,973,000
Total Departamento de Educación 2,964,384,000 3,044,384,000
incluyendo aquellos municipios
que brindan servicios de
transportación mediante convenios 63,726,000
y servicios relacionados 81,268,000
para estudiantes de educación especial 4,000,000
educación especial 3,456,000
bienestar de la ciudadanía 1,010,000
dirigidos al bienestar de la ciudadanía 10,000
Colegio San Gabriel Inc.,
especializado en la atención de
niños con problemas de audición 450,000
con Escuelas Charter 2,893,000
Total Programa de Servicios Educativos Integrales para Estudiantes de Educación Especial en el Departamento de Educación 506,537,000
Total Programa Educación Vocacional y Técnica
incluido en el Departamento de Educación 69,005,000
Departamento de Educación
y servicios relacionados 22,000,000 102,000,000
Total Programa de Remedio Provisional incluido en el
Departamento de Educación 22,966,000 102,966,000
de Transición Voluntaria 1,639,000
lubricantes a ASG 510,000
cámaras de seguridad 18,222,000
incluyendo aquellos municipios que
brindan servicios de
mantenimiento mediante convenios 11,407,000
incluyendo aquellos municipios
que brindan servicios de
transportación mediante convenios 33,423,000
y contabilidad 40,000
arquitectura. 410,000
para ingresar a las universidades 8,280,000
(META-PR, PIENSE, SAT, PNA,
PCMAS, Otros) 15,025,000
de Maestros de inglés 1,500,000
bienestar de la ciudadanía 6,620,000
dirigidos al bienestar de la ciudadanía 1,695,000
Educación Alternativa 15,000,000
Programa de Escuelas de la
Comunidad para el Instituto
Nueva Escuela (Montessori) 9,000,000
con Escuelas Chárter 14,080,000
de Pensiones Ley 80-2020 453,000
no gubernamentales 431,000
Total Otros Programas incluidos en el Departamento de Educación 2,365,876,000
Subtotal Departamento de Educación 2,964,384,000 3,044,384,000
de la ciudadanía 560,898,000
de la Universidad de Puerto Rico, 441,206,000
Centro Ponceño de Autismo,
Inc. R.C. 17 de 2013 87,000
Programa de Asistencia Tecnológica
de Puerto Rico, según lo dispuesto
en la Ley 264-2000 855,000
educativas a estudiantes que
cualifiquen, según lo dispuesto en la
Ley 170-2002, según enmendada. 9,501,000
Centro de Trauma del Recinto de
Ciencias Médicas, según Ley 105-2013 2,500,000
medicina, odontología y medicina
veterinaria según lo dispuesto en la
Ley Núm. 17 del 5 de junio de 1948,
según enmendada. 500,000
cerebrales de las personas fallecidas
diagnosticadas con la enfermedad
de Alzheimer, según lo dispuesto
en Ley 237-1999 50,000
de los Centros PITI de Servicios Integrados a
Menores Víctimas de Agresión Sexual,
Ley 158-2013, según enmendada
(antes conocidos como CIMVAS) 1,330,000
del Centro de Estudios Avanzados
para el Personal de Emergencias
Médicas del Sector Público, según
lo dispuesto en la Ley 235-2004 500,000
en el Recinto de Ciencias Médicas 1,719,000
a residentes e internos del Recinto
de Ciencias Médicas, según lo
dispuesto en la Ley 299-2003, según
enmendada. En caso de que exista
una interrupción de servicios en la UPR,
dichos fondos serán transferidos
al Departamento de Salud 20,900,000
según la aprobación de la Junta de
Supervisión 10,000,000
adiestramientos para maestros
y directores 10,021,000
de 24 horas de la Red Sísmica de
Puerto Rico y la Red de Movimiento
Fuerte, Ley 106-2002 1,662,000
del Programa para la Prevención y Vigilancia
de Emergencias Médicas de Niños, según
lo dispuesto en la Ley 259-2000 67,000
las operaciones de la UPR 60,000,000
Total Universidad de Puerto Rico 560,898,000
Subtotal Universidad de Puerto Rico 560,898,000
servicios públicos 194,000
finanzas y contabilidad 25,000
Información y de ciberseguridad 2,892,000
Total Tribunal General de Justicia 411,657,000
Total Asamblea Legislativa 126,592,000
2. Asamblea Legislativa
A. Pagos al “Pay Go” 8,098,000
B. Pagos de facilidades y servicios públicos 3,663,000
i. Pagos a la AEE de la Superintendencia
del Capitolio 3,240,000
de Representantes 28,000
iv. Pagos a la AAA de la Superintendencia
del Capitolio 360,000
v. Pagos a la AAA del Senado 6,500
vi. Pagos a la AAA de la Cámara de
Representantes 4,500
(incluyendo sentencias judiciales) 20,000,000
i. Donaciones a instituciones
públicas, semipúblicas, privadas
y sin fines de lucro 20,000,000
D. Asignaciones englobadas 97,561,000
i. Cámara de Representantes 40,112,000
ii. Senado del Estado Libre Asociado
de Puerto Rico 29,465,000
iii. Para gastos operacionales de la
Superintendencia del
Capitolio 11,424,000
iv. Para gastos de funcionamiento y
sistemas de información
de la Oficina de Servicios
Legislativos 7,315,000
v. Para gastos de funcionamiento de
la Oficina de Presupuesto Congresional
dentro de la Asamblea Legislativa 3,193,000
vi. Pagos para la Superintendencia
del Capitolio para seguros del
Distrito Capitolino 1,560,000
vii. Para sufragar gastos de
funcionamiento de la Comisión
de Impacto Comunitario 1,343,000
viii. Para la Superintendencia, para
mejoras y gastos de mantenimiento
de la Cámara de Representantes
y Senado 1,000,000
viii. Oficina de Servicios Legislativos
para sufragar gastos de
funcionamiento del Programa
Córdova de Internados Congresionales,
según dispuesto en RC 554-1998 485,000
ix. Para el programa de becas
a estudiantes universitarios de
comunicaciones, según dispuesto
en la Ley 5-2016 20,000
x. Oficina de Servicios Legislativos
para sufragar los gastos y
actualizaciones del Sistema de
votación electrónica y manejo
de sesiones y calendarios de
la Asamblea Legislativa 225,000
xi. Para gastos de funcionamiento
de la Comisión Conjunta para las
Alianzas Público-Privadas de la
Asamblea Legislativa, según dispuesto
en la Ley 29-2009, según enmendada;
y para gastos de funcionamiento
de la Comisión Conjunta sobre Informes
Especiales del Contralor 550,000
xii. Oficina de Servicios Legislativos
para sufragar la membresía del
National Conference of State
Legislatures 196,000
xiii. Oficina de Servicios Legislativos
para sufragar la membresía del
Concilio de Gobiernos Estatales 160,000
xiv. Oficina de Servicios Legislativos
para sufragar gastos de
funcionamiento del
Programa Internados Legislativos
Ramos Comas 150,000
xv. Oficina de Servicios Legislativos
para sufragar la membresía del
Caucus Nacional Hispano
de Legisladores Estatales (NHCSL) 101,000
xvi. Oficina de Servicios Legislativos
para sufragar gastos de
funcionamiento del
Programa Pilar Barbosa de
Internados en Educación, según
lo dispuesto en la Ley 53-1997 85,000
xvii. Para gastos de la Comisión
Conjunta para la revisión continua
del Código Penal y la Reforma
de Leyes Penales 67,000
xviii. Para becas para estudios
graduados en disciplinas
relacionadas con la protección y
conservación del medioambiente,
según lo dispuesto en la
Ley 157-2007 5,000
xix. Para becas para estudios graduados
con especialidad en. educación
especial para maestros certificados
por el Departamento de
Educación 5,000
xx. Superintendencia del Capitolio
para estudiantes de arquitectura 100,000
E. Inversión en mejoras permanentes 8,115,000
i. Para inversión en la Superintendencia
del Capitolio para mejoras, mantenimiento
y equipo. 4,000,000
ii. Para cubrir varios proyectos de mejoras
permanentes del Senado 4,115,000
F. Aportaciones a entidades no gubernamentales 40,000
de Pensiones Ley 80-2020 40,000
Total Asamblea Legislativa 137,477,000
Subtotal de Tribunal y Asamblea Legislativa 538,249,000 549,134,000
de Transición Voluntaria 270,000
lubricantes a ASG 592,000
Llaves, Inc. según lo acordado en
el contrato 18,101,000
para menores 36,650,000
avanzada y adultos con
impedimento 1,000,000
mayores bajo la custodia del Estado 85,253,000
Integrados a Víctimas Menores
de Agresión Sexual 350,000
de la Administración de Familias y
Niños de los Centros PITI de Servicios
Integrados para Menores y Victimas
de Agresión Sexual según lo establecido
por la Ley 158-2013 (antes conocido como
CIMVAS) 1,098,000
Total Administración Familias y Niños 236,201,000
Transición Voluntaria 161,000
Programática (DIP) 1,600,000
bienestar de la ciudadanía 14,500,000
Necesitadas (TANF) 14,500,000
de Pensiones Ley 80-2020 53,000
Total Administración de Desarrollo
Socioeconómico de la Familia 105,541,000
de Transición Voluntaria 561,000
la Prevención del Suicidio, según lo
dispuesto en la Ley 227-1999 30,000
desigualdad social en Puerto Rico 12,000
naturales y otras labores humanitarias
y gastos de funcionamiento de la
Cruz Roja Americana Capítulo de
Puerto Rico, según lo dispuesto
en la Ley 59-2006, según enmendada 243,000
Centro Geriátrico San Rafael Inc.,
de Arecibo, según lo dispuesto en
la RC 1332-2004 59,000
Total Secretariado del Departamento de la Familia 51,562,000
Transición Voluntaria 131,000
lubricantes a ASG 14,000
Deficit Reduction Act of 2005” 2,500,000
Total Administración para el Sustento de Menores 17,837,000
Transición Voluntaria 13,000
lubricantes a ASG 35,000
servicios públicos 35,000
la Edad Temprana 150,000
para la Niñez Temprana
“2Gen Centers” 5,000,000
Total Administración para el Cuidado y
Desarrollo Integral de la Niñez 14,060,000
Subtotal de Familias y Niños 425,201,000
de AFSCME de conformidad
con el Anejo G-19 del
Plan de Ajuste 21,584,000
Anticipada para ex-empleados
de la Corporación de Puerto Rico
para la Difusión Pública 138,000
B. Pagos al "Paygo" 28,216,000
beneficiarios de entidades
disueltas del Estado
Libre Asociado 28,216,000
C. Servicios comprados 1,779,000
contra inundación para
destinatarios de
asistencia federal para desastres 1,779,000
D. Servicios profesionales 130,590,000
y mandatos de PROMESA 130,000,000
para agente calculador y fiduciarios
por plan de ajuste (POA) 590,000
E. Otros gastos de funcionamiento 280,000
para completar el proyectos de
la reparación del Centro Acuático de
YMCA de San Juan 250,000
(incluyendo sentencias judiciales) 1,168,000
de catastro de Puerto Rico,
mantenido por el Centro
Municipal de Recaudación de
Ingresos, según lo dispuesto en
la Ley 184-2014 1,160,000
vitalicia a Wilfredo Benítez, según
dispuesto en la RC 726-1995 8,000
bienestar de la ciudadanía 344,644,000
de Carreteras y Transportación
para gastos operacionales de carreteras
sin peajes y activos de tránsito 147,699,000
Municipal de cada municipio,
Según lo dispone la Ley 18-2014,
por distribuirse conforme a la
Ley 1-2011 67,965,000
Carreteras y Transportación para
mejoras permanentes de carreteras
sin peajes y activos de tránsito 55,797,000
fondos del impuesto al cigarrillo
hecha a la Autoridad de Transporte
Integrado de Puerto Rico 34,200,000
Municipales de cada municipio,
según lo dispone la Ley 18-2014,
por distribuirse conforme a
la Ley 1-2011 33,983,000
("rum cover-over") en el Fondo
de Incentivo Económico, según
lo dispuesto en la Ley 60-2019 5,000,000
de la Reserva de Pensiones 970,541,000
la Asistencia Legal 11,367,000
las ciencias, tecnología e investigación
relacionado a "rum cover-over" 5,000,000
de Puerto Rico, Inc. 5,173,000
Girls Club 2,500,000
de gastos y honorarios a los
abogados de ex oficio nombrados
por el Tribunal 1,676,000
Legal Office, Inc. 564,000
"Photojournalism Workshop"
del Ateneo Puertorriqueño, según
lo dispuesto en la Ley 276-1999 325,000
"State Global Bond" 313,000
Concierto, de acuerdo con la
RC 107-2005 102,000
Centros Sor Isolina Ferré, Inc. 1,100,000
J. Pagos del servicio de la deuda 1,051,905,000
Bonos de OG - Bonos de
Inversión de Capital 604,003,000
Valor Contingente Impuesto sobre
Ventas y Uso 374,300,000
Municipal de cada municipio,
según lo dispone la Ley 18-2014,
por distribuirse conforme a la
Ley 1-2011 67,965,000
de Valor Contingente del Ron 5,637,000
Total Asignaciones bajo la Custodia de Hacienda 2,580,079,000
A. Nómina y costos relacionados 175,403,000
Servicio Público 39,506,000
de Horas Extras en el Negociado
de la Policía de Puerto Rico
sujeto al cumplimiento de metas
y aprobación de la Junta de
Supervisión 7,500,000
el Centro de Operaciones y Procesamiento
de Órdenes de Protección (COPOP)
del Negociado de la Policía de Puerto
Rico, sujeto a Sección 4 del Lenguaje
de Control Presupuestario, cumplimiento
de metas y aprobación de la Junta
de Supervisión 2,600,000
de seguro a $170 por empleado
por mes para empleados de la
AFSCME y trabajadores no afiliados
al sindicato 26,827,000
investigación que permitan que
el Centro Compresivo de Cáncer
pueda obtener la designación
federal oficial de Centro
de Cáncer 10,881,000
fiscal para la nómina en la Oficina
de Gerencia y Presupuesto
sujeto a aprobación de la Junta
de Supervisión 3,000,000
del personal de enfermería del UDH
y el HOPU con las escalas salariales
de ASEM 5,036,000
de Familias y Niños para contratar
trabajadores sociales luego de la
implementación de la Reforma del
Servicio Público 2,728,000
salario de los médicos residentes
de la UPR 2,563,000
Fondos para los médicos
residentes de la UPR sujetos a
un acuerdo con la Junta de
Supervisión 2,051,000
metas para nómina para el Senado
y la Cámara de Representantes a
ser distribuida al cumplir con
los requisitos de la emisión de
informes mensuales 1,538,000
“Payroll Reserve” 20,182,000
de 100 Trabajadores Sociales y 100
Técnicos en Trabajo Social de la
ADFAN, sujeto a la Sección 4 del
Lenguaje Control Presupuestario,
cumplimiento de metas y aprobación
de la Junta de Supervisión 3,068,000
Público de la ASEM y otras
obligaciones para cubrir los
puestos vacantes presupuestados
actualmente 6,910,000
B. Pagos al "Paygo" 33,397,000
asociados con "Paygo" 33,397,000
C. Pagos de facilidades y servicios públicos 35,359,000
D. Servicios comprados 65,280,000
portátiles para el control de
inundaciones 12,388,000
de Llaves, sujeto a la documentación
suficiente por parte de la
Administración de Familias y
Niños y la Sección 4 del Lenguaje
de Control Presupuestario y la
aprobación de la Junta
de Supervisión 322,000
para reparaciones y
mantenimiento de estaciones
de policía y escuelas de la
Autoridad de Edificios Públicos
sujeto a aprobación de la Junta
de Supervisión 16,812,000
E. Gastos de Transportación 3,161,000
oficiales de policías 3,161,000
F. Otros gastos de funcionamiento 14,799,000
Metas para cubrir los gastos
operacionales del Centro
Comprensivo del Cáncer (CCC) 4,000,000
de Género para campaña educativa y/o
de medios, refugios y ONGs,
implementación de legislación
relacionada a la violencia de género,
capacitación y costos administrativos
del Comité 7,627,000
de las acreditaciones necesarias
para el programa de médicos
residentes de la UPR 522,000
de metas para establecer la
Oficina de Administración
de Subvenciones Federales
para ser usados una vez se
haya desarrollado un
plan para establecer la oficina
e identificar agencias que
participarán, sujeto a la aprobación
de la Junta de Supervisión 2,000,000
de metas para licencias para la
Oficina de Manejo de Subvenciones
("GMO") sujeto a que OGP someta
un plan estratégico y un plan
de implementación del GMO 650,000
de Hepatitis C para Salud Correccional
sujeto al cumplimiento de metas
y aprobación de la Junta de
Supervisión 21,100,000
del sistema de ERP del
Departamento de Hacienda 29,106,000
relacionado a los sistemas de
JEDI 1.0 y JEDI 2.0 de ASG
sujeto a la aprobación del Comité
Directivo del ERP y la Junta de
Supervisión 2,500,000
para los CDT de San Lorenzo y
Maunabo 5,400,000
y equipos no asignados 22,473,000
niños y personas de edad
avanzada en alto riesgo, bajo
la Secretaría del Departamento
de la Familia, sujeto al
cumplimiento de metas y
a la sección 4 del lenguaje de
control presupuestario 1,000,000
I. Asignación pareo de fondos federales 96,653,000
i. Fondos de pareo por compartir
costos del programa de
Asistencia Pública 96,653,000
el Estado 4,067,000
(64 instituciones) para menores
bajo custodia del Estado, sujeto
a la Agencia cumplir con el criterio
de metas establecidas sujeto a
la Sección 4 del Lenguaje de
Control Presupuestario, cumplimiento
de metas y aprobación de la
Junta de Supervisión 8,580,000
Cuidado Sustituto de la
Administración de Familias y
Niños para personas mayores
y adultos con discapacidades,
sujeto al cumplimiento de metas
y a la sección 4 del lenguaje de
control presupuestario y aprobación
la Junta de Supervisión 34,000,000
K. Incentivos y subsidios dirigidos al
bienestar de la ciudadanía 122,856,000
Policía según la Aportación
Definida 46,000,000
externalización de beneficios de
pensiones de la Orquesta Sinfónica
de Puerto Rico 2,000,000
Para la Administración para el
Cuidado y Desarrollo Integral
de la Niñez, para otorgar
vales para el cuido de niños, sujeto
a que la agencia cumpla con
los criterios de cumplimiento
de metas establecidos en la
Sección 4 del lenguaje de control
presupuestario y aprobación
la Junta de Supervisión 15,000,000
seguro de vida para policías
y otros oficiales de alto riesgo,
incluyendo cobertura para
incidentes adicionales y
expansión de beneficiarios,
independientemente de la
fecha de contratación 2,600,000
los médicos residentes
provistos por el Departamento
de Salud 14,834,000
subsidios a los CDT 3,517,000
de metas para la Comisión
Asesora sobre la Pobreza sujeto
a la presentación de su
plan decenal 1,273,000
L. Asignaciones englobadas 196,042,000
Building Resilient Infrastructure
Communities (BRIC)” 508,000
planes territoriales que se
liberarán una vez se apruebe
el cumplimento de ciertos
requisitos de elegibilidad por
parte de la Junta de Supervisión 3,051,000
para el crecimiento económico
y negocios, sujeto a la aprobación
de la Junta de Supervisión 7,090,000
Para apoyar las iniciativas del plan
fiscal para los gastos operacionales
en la Oficina de Gerencia y
Presupuesto, sujeto a la
aprobación de la Junta de
Supervisión 3,500,000
Ingresos y los Impuestos 20,000,000
financie las obligaciones de
pensiones que se prestaran
sujeto a los términos acordados
con la Junta de Supervisión 50,000,000
academias de policías y
de bomberos 2,500,000
vencidas 8,433,000
municipios apoyen los servicios
esenciales, los cuales se liberarán
una vez que se apruebe el
plan de distribución actualizado
por parte de la Junta de
Supervisión 30,000,000
sujeto a acuerdos de iniciativas de
reformas de servicios
municipales 59,000,000
xi. Para el pago de reclamaciones
de los Med Centros 330 a ser
pagados de acuerdo a la
Sección 60.1 del
Plan de Ajuste 10,958,000
Total Asignaciones bajo la Custodia de la OGP 871,176,000
Subtotal de Asignaciones bajo Custodia 3,451,255,000
Servicio Público 39,506,000
de Horas Extras en el Negociado
de la Policía de Puerto Rico
sujeto al cumplimiento de metas
y aprobación de la Junta de
Supervisión 7,500,000
el Centro de Operaciones y Procesamiento
de Órdenes de Protección (COPOP)
del Negociado de la Policía de Puerto
Rico, sujeto a Sección 4 del Lenguaje
de Control Presupuestario, cumplimiento
de metas y aprobación de la Junta
de Supervisión 2,600,000
investigación que permitan que
el Centro Compresivo de Cáncer
pueda obtener la designación
federal oficial de Centro
de Cáncer 10,881,000
fiscal para la nómina en la Oficina
de Gerencia y Presupuesto
sujeto a aprobación de la Junta
de Supervisión 3,000,000
del personal de enfermería del UDH
y el HOPU con las escalas salariales
de ASEM 5,036,000
de Familias y Niños para contratar
trabajadores sociales luego de la
implementación de la Reforma del
Servicio Público 2,728,000
salario de los médicos residentes
de la UPR 2,563,000
residentes de la UPR sujetos a
un acuerdo con la Junta de
Supervisión 2,051,000
metas para nómina para el Senado
y la Cámara de Representantes a
ser distribuida al cumplir con
los requisitos de la emisión de
informes mensuales 1,538,000
“Payroll Reserve” 18,247,000
de 100 Trabajadores Sociales y 100
Técnicos en Trabajo Social de la
ADFAN, sujeto a la Sección 4 del
Lenguaje Control Presupuestario,
cumplimiento de metas y aprobación
de la Junta de Supervisión 3,068,000
Público de la ASEM y otras
obligaciones para cubrir los
puestos vacantes presupuestados
actualmente 6,910,000
un nuevo tercer turno, sujeto a la
revisión y aprobación de la Junta de
Supervisión 9,000,000
B. Pagos al "Paygo" 33,397,000
asociados con "Paygo" 33,397,000
C. Pagos de facilidades y servicios públicos 26,117,000
D. Servicios comprados 55,280,000
portátiles para el control de
inundaciones 12,388,000
de Llaves, sujeto a la documentación
suficiente por parte de la
Administración de Familias y
Niños y la Sección 4 del Lenguaje
de Control Presupuestario y la
aprobación de la Junta
de Supervisión 322,000
para reparaciones y
mantenimiento de estaciones
de policía y escuelas de la
Autoridad de Edificios Públicos
sujeto a aprobación de la Junta
de Supervisión 6,812,000
E. Gastos de Transportación 3,161,000
oficiales de policías 3,161,000
F. Otros gastos de funcionamiento 14,149,000
Metas para cubrir los gastos
operacionales del Centro
Comprensivo del Cáncer (CCC) 4,000,000
de Género para campaña educativa y/o
de medios, refugios y ONGs,
implementación de legislación
relacionada a la violencia de género,
capacitación y costos administrativos
del Comité 7,627,000
de las acreditaciones necesarias
para el programa de médicos
residentes de la UPR 522,000
de metas para establecer la
Oficina de Administración
de Subvenciones Federales
para ser usados una vez se
haya desarrollado un
plan para establecer la oficina
e identificar agencias que
participarán, sujeto a la aprobación
de la Junta de Supervisión 2,000,000
del sistema de ERP del
Departamento de Hacienda 29,106,000
relacionado a los sistemas de
JEDI 1.0 y JEDI 2.0 de ASG
sujeto a la aprobación del Comité
Directivo del ERP y la Junta de
Supervisión 2,500,000
para los CDT de San Lorenzo y
Maunabo 5,400,000
niños y personas de edad
avanzada en alto riesgo, bajo
la Secretaría del Departamento
de la Familia, sujeto al
cumplimiento de metas y
a la sección 4 del lenguaje de
control presupuestario 1,000,000
H. Asignación pareo de fondos federales 96,653,000
i. Fondos de pareo por compartir
costos del programa de
Asistencia Pública 96,653,000
el Estado 4,067,000
(64 instituciones) para menores
bajo custodia del Estado, sujeto
a la Agencia cumplir con el criterio
de metas establecidas sujeto a
la Sección 4 del Lenguaje de
Control Presupuestario, cumplimiento
de metas y aprobación de la
Junta de Supervisión 8,580,000
Cuidado Sustituto de la
Administración de Familias y
Niños para personas mayores
y adultos con discapacidades,
sujeto al cumplimiento de metas
y a la sección 4 del lenguaje de
control presupuestario y aprobación
la Junta de Supervisión 34,000,000
bienestar de la ciudadanía 202,956,000
Policía según la Aportación
Definida 46,000,000
externalización de beneficios de
pensiones de la Orquesta Sinfónica
de Puerto Rico 2,000,000
Cuidado y Desarrollo Integral
de la Niñez, para otorgar
vales para el cuido de niños, sujeto
a que la agencia cumpla con
los criterios de cumplimiento
de metas establecidos en la
Sección 4 del lenguaje de control
presupuestario y aprobación
la Junta de Supervisión 15,000,000
seguro de vida para policías
y otros oficiales de alto riesgo,
incluyendo cobertura para
incidentes adicionales y
expansión de beneficiarios,
independientemente de la
fecha de contratación 2,600,000
los médicos residentes
provistos por el Departamento
de Salud 14,834,000
subsidios a los CDT 3,517,000
de metas para la Comisión
Asesora sobre la Pobreza sujeto
a la presentación de su
plan decenal 1,273,000
social, proporcionados por los municipios,
sujetos a la revisión y aprobación del plan
de distribución por parte de la Junta de
Supervisión 15,000,000
planes territoriales que se
liberarán una vez se apruebe
el cumplimento de ciertos
requisitos de elegibilidad por
parte de la Junta de Supervisión 3,051,000
para el crecimiento económico
y negocios, sujeto a la aprobación
de la Junta de Supervisión 7,090,000
fiscal para los gastos operacionales
en la Oficina de Gerencia y
Presupuesto, sujeto a la
aprobación de la Junta de
Supervisión 3,500,000
financie las obligaciones de
pensiones que se prestaran
sujeto a los términos acordados
con la Junta de Supervisión 50,000,000
academias de policías y
de bomberos 2,500,000
municipios apoyen los servicios
esenciales, los cuales se liberarán
una vez que se apruebe el
plan de distribución actualizado
por parte de la Junta de
Supervisión 30,000,000
una vez se logren las iniciativas y los resultados
previamente acordados para la reforma
de servicios municipales 35,000,000
de Ciencias Forenses sujeto a la aprobación
de la Junta de Supervisión 700,000
xi. Para el pago de reclamaciones
de los Med Centros 330 a ser
pagados de acuerdo a la
Sección 60.1 del
Plan de Ajuste 10,958,000
Total Asignaciones bajo la Custodia de la OGP 824,241,000
Subtotal de Asignaciones bajo Custodia 3,404,320,000
transición voluntaria 4,514,000
como resultado de la implementación
del Plan Piloto de la Reforma del
Servicio Público (“CSR”) 4,990,000
para la Oficina del Director
Financiero 515,000
y lubricantes a ASG 136,000
y contabilidad 420,000
consultoría para la auditoría y
preparación de los estados financieros
consolidados del Gobierno
de Puerto Rico 15,355,000
Unificado de Rentas Internas (SURI) 13,984,000
Oficina del Director Financiero 2,425,000
del Director Financiero 300,000
de Pensiones Ley 80-2020 123,000
Total Departamento de Hacienda 215,402,000
Transición Voluntaria 327,000
como resultado de la implementación
del Plan Piloto de la Reforma del
Servicio Público (“CSR”) 1,985,000
implementarse la Oficina de
Manejo de Fondos Federales 225,000
viii. Para cubrir el reclutamiento de
empleados temporeros para la
Oficina de Manejo del "Enterprise
Resource Planning ("ERP") 1,050,000
lubricantes a ASG 38,000
y contabilidad 32,000
Total Oficina de Gerencia y Presupuesto 25,346,000 26,396,000
transición voluntaria 204,000
relacionado al Título III y a
reestructuración 23,305,000
de Pensiones Ley 80-2020 283,000
Total Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia
Fiscal de Puerto Rico 38,625,000
lubricantes a ASG 51,000
y contabilidad 1,010,000
y arquitectura 600,000
mantenimiento y ciberseguridad
relacionados con JEDI 1.0 y JEDI 2.0 400,000
la evaluación de los contratos de
proveedores centralizados de ASG 1,000,000
Total Administración de Servicios Generales 24,780,000 24,708,000
Humanos en el Gobierno de PR
de Transición Voluntaria 69,000
lubricantes a ASG 5,000
de Pensiones Ley 80-2020 73,000
Total Oficina de Administración y Transformación de los
Recursos Humanos en el Gobierno de PR 10,344,000
Subtotal de Hacienda/Oficina del Principal Oficial Financiero 314,425,000 315,475,000
de Transición Voluntaria 149,000
servicios públicos 172,000
y lubricantes a ASG 66,000
y contabilidad 16,000
Plan de Transparencia de la
Oficina de la Gobernadora 500,000
Total Oficina de la Gobernadora 19,790,000
servicios 17,000
y lubricantes a ASG 20,000
Total Administración de Asuntos Federales
de Puerto Rico 3,222,000
Transición Voluntaria 25,000
y lubricantes a ASG 3,000
y contabilidad 14,000
humanos 2,000
Preservación Histórica 125,000
Total Oficina Estatal de Conservación Histórica 3,363,000
humanos 10,000
Total Autoridad para el Financiamiento de la
Infraestructura de Puerto Rico 2,405,000
las Alianzas Público-Privadas,
la Oficina Central de
Recuperación y Reconstrucción
y gastos relacionados 13,010,000
de la supervisión de la reforma
de servicios eléctricos de P3 9,630,000
de Pensiones Ley 80-2020 63,000
Total Autoridad para Alianzas Público Privadas 28,653,000
ingeniería y arquitectura 100,000
finanzas y contabilidad 20,000
de la Ley Federal de Justicia Juvenil
y Prevención de la Delincuencia 60,000
bienestar de la ciudadanía 44,000
Total Oficina de Desarrollo Socioeconómico 5,747,000
Total Autoridad de Edificios Públicos 5,047,000
Subtotal de Oficina del Ejecutivo 68,227,000
bienestar de la ciudadanía 51,840,000
Extraordinario para resolver la colección
y disposición de residuos y desechos y para
implementar programas de reciclaje en las
municipalidades como provisto en la
Ley 53-2021, la cual está dentro del “Fondo de
Equiparación de los Municipios”, como provisto
en el artículo 7.015 de la Ley 107-2020 51,840,000
Total Aportaciones a los Municipios 51,840,000
Subtotal de Municipios 51,840,000
de transición voluntaria 886,000
B. Pagos al "Paygo" 6,768,000
C. Facilidades y pagos por servicios públicos 205,000
de Pensiones Ley 80-2020 84,000
Total Oficina del Contralor de Puerto Rico 56,135,000
transición voluntaria 64,000
servicios públicos 70,000
de Pensiones Ley 80-2020 80,000
no gubernamentales 27,000
Total Oficina de Ética Gubernamental 10,149,000
Subtotal Entidades de Control y Transparencia 66,284,000
Transición Voluntaria 728,000
de Pensiones Ley 80-2020 146,000
de tierra, según Orden Ejecutiva
2025-004 55,000,000 10,000,000
Total Departamento de Transportación y Obras Públicas112,492,000 67,492,000
de HMS Ferries, Inc. 51,000,000
y contabilidad 1,100,000
ingeniería y arquitectura 900,000
Total Autoridad de Transporte Integrado 83,927,000
Subtotal de Obras Públicas 196,419,000 151,419,000
Transición Voluntaria 501,000
por servicios públicos 261,000
lubricantes a ASG 49,000
ii.y contabilidad 45,000
iii. ii. Gastos Legales 171,000
iv. iii. Otros servicios profesionales 390,000
v. iv. Servicios profesionales de tecnología 577,000
vi. v. Servicios profesionales de
ingeniería y arquitectura 30,000
vii. vi. Para publicar de forma prospectiva
y retroactiva las cuentas nacionales
de Puerto Rico con frecuencia
trimestral 500,000
viii. vii. Para el desarrollo de un modelo
de pronóstico macroeconómico
con Inteligencia Artificial 1,900,000
Biociencias en el Centro de
Investigación de Ciencias
Moleculares 2,000,000
Aeroespaciales en el Instituto
Aeronáutico de la UPR de
Aguadilla 1,000,000
Ciencias y Tecnología de
Alimentos de la UPR de
Mayagüez 1,000,000
de la ciudadanía 10,000
de Pensiones Ley 80-2020 1,596,000
Total Departamento de Desarrollo Económico y Comercio 45,487,000
Facilidades de la Estación Naval Roosevelt Roads
incluido en el Departamento de Desarrollo
Económico y Comercio
por servicios públicos 2,000
ingeniería y arquitectura 30,000
finanzas y contabilidad 30,000
de la ciudadanía 10,000
Total Autoridad para el Redesarrollo de los Terrenos y Facilidades de la
Estación Naval Roosevelt Roads incluido en el Departamento
de Desarrollo Económico y Comercio 1,139,000
de Desarrollo Económico y Comercio
Transición Voluntaria 501,000
por servicios públicos 11,000
lubricantes a ASG 8,000
finanzas y contabilidad 15,000
y retroactiva las cuentas nacionales
de Puerto Rico con frecuencia
trimestral 500,000
de pronóstico macroeconómico
con Inteligencia Artificial 1,900,000
de Pensiones Ley 80-2020 919,000
Total Junta de Planificación incluido en Departamento
de Desarrollo Económico y Comercio 22,162,000
por servicios públicos 250,000
lubricantes a ASG 39,000
Biociencias en el Centro de
Investigación de Ciencias
Moleculares 2,000,000
Aeroespaciales en el Instituto
Aeronáutico de la UPR de
Aguadilla 1,000,000
Ciencias y Tecnología de
Alimentos de la UPR de
Mayagüez 1,000,000
de Pensiones Ley 80-2020 677,000
Total Otros programas incluidos en Departamento de
Desarrollo Económico y Comercio 22,186,000
Subtotal de Desarrollo Económico 45,487,000
Transición Voluntaria 193,000
por servicios públicos 519,000
lubricantes a ASG 30,000
de recursos humanos 1,000
años anteriores 10,000
de Pensiones Ley 80-2020 132,000
de documentos y automatización
de sistemas 1,168,000
Total Departamento de Estado 16,957,000
Subtotal Departamento de Estado 16,957,000
lubricantes a ASG 1,000
Total Comisión de Investigación,
Procesamiento y Apelación 526,000
Transición Voluntaria 128,000
Mínimo, según la Ley 47-2021 una vez
el Departamento del Trabajo y
Recursos Humanos certifique
las proyecciones de sus ingresos
propios 205,000
de Pensiones Ley 80-2020 100,000
Total Departamento del Trabajo y Recursos Humanos 44,813,000
lubricantes a ASG 1,000
Total Junta de Relaciones del Trabajo 1,071,000
Transición Voluntaria 106,000
lubricantes a ASG 47,000
anteriores 92,000
de la ciudadanía 2,281,000
Total Administración de Rehabilitación
Vocacional 28,820,000
de Transición Voluntaria 27,000
públicos 3,000
lubricantes a ASG 1,000
Total Comisión Apelativa del Servicio Público 2,819,000
Subtotal Trabajo 78,049,000
de transición voluntaria 4,500,000
de Oficiales Correccionales 2,643,000
servicios públicos 2,379,000
de servicios de atención médica a la
población correccional bajo la custodia
del Departamento de Corrección
y Rehabilitación 11,377,000
proporcionados a la población
correccional bajo la custodia del
Departamento de Corrección y
Rehabilitación 31,001,000
rehabilitación para la población
correccional 4,134,000
ingeniería y arquitectura 108,000
de Pensiones Ley 80-2020 122,000
Total Departamento de Corrección y Rehabilitación 440,122,000
ii. públicos 30,000
proporcionados a la población
correccional bajo la custodia del
Departamento de Corrección y
Rehabilitación 540,000
ingeniería y arquitectura 108,000
Total Programas para Menores Transgresores incluido
en Departamento de Corrección 29,624,000
de transición voluntaria 4,500,000
de Oficiales Correccionales 2,643,000
servicios públicos 2,349,000
de servicios de atención médica a la
población correccional bajo la custodia
del Departamento de Corrección
y Rehabilitación 11,377,000
proporcionados a la población
correccional bajo la custodia del
vii. Departamento de Corrección
y Rehabilitación 30,461,000
viii. vii. Programas comunitarios y centros de
rehabilitación para la población
correccional 4,134,000
de Pensiones Ley 80-2020 122,000
Total Otros Programas del Departamento de
Corrección y Rehabilitación 410,498,000
Total del Departamento de Corrección y Rehabilitación 440,122,000
de transición voluntaria 256,000
de años anteriores 300,000
Total Salud Correccional 55,039,000
Subtotal de Corrección 495,161,000
transición voluntaria 721,000
de Testigos 1,660,000
Especializados en Casos de Sustancias
Controladas o “Drug Courts” 644,000
supervisan los proyectos de la
subvención estatal de VOCA 155,000
y transcriptores para atender la
violencia doméstica, abuso infantil
y delincuentes sexuales 588,000
por servicios públicos 451,000
lubricantes a ASG 150,000
y contabilidad 39,000
relocalización del centro de comando,
la bóveda de armas, centro de
monitoreo, entre otros 369,000
de Pensiones Ley 80-2020 115,000
operacionales de los fondos VOCA 6,417,000
Total Departamento de Justicia 159,916,000
de transición voluntaria 51,000
relacionado al Decreto de
Consentimiento de Carlos Morales 260,000
y lubricante ASG 5,000
de Pensiones Ley 80-2020 43,000
Total Junta de Libertad bajo Palabra 3,419,000
Subtotal de Justicia 163,335,000
de Transición Voluntaria 688,000
por servicios públicos 138,000
y lubricante ASG 158,000
y contabilidad 50,000
mercancías para revender al
Departamento de Educación y
otras instituciones 19,249,000
subsidio salarial según lo dispuesto
en la Ley 60-2019, según enmendada 15,000,000
negocios agrícolas, según lo dispuesto
en la Ley 60-2019, según enmendada 7,934,000
agricultores bona fide 5,404,000
según lo dispuesto en la Ley Núm. 12 de 12
de diciembre de 1966, según enmendad 1,500,000
industrias de la piña, la avícola y
otros proyectos relacionados 1,500,000
para los agricultores bona fide 1,374,000
granjas agricolas 500,000
de maquinaria agrícola 400,000
que sean elegibles según lo dispuesto
en la Ley 60-2019, según enmendada 2,380,000
de Pensiones Ley 80-2020 386,000
Total Administración para el Desarrollo de
Empresas Agropecuarias 73,532,000
de Transición Voluntaria 628,000
Por servicios públicos 78,000
y lubricante ASG 54,000
contabilidad 50,000
de Pensiones Ley 80-2020 13,000
Reglamentación de la Industria Lechera
para fomentar incentivos a los ganaderos,
y promover la estabilidad en el precio de
la leche, según lo dispuesto en la Ley
Núm. 72 de 21 de junio de 1962,
según enmendada 12,207,000
Total Departamento de Agricultura 38,911,000
Subtotal de Agricultura 112,443,000
de Transición Voluntaria 2,535,000
bombas portátiles para el control
de inundaciones 13,740,000
Cooperativo y Fondo Especial
para servicios del USGS 1,000,000
para el control de inundaciones en
cumplimiento de la Ley de Agua
Limpia 2,700,000
de recursos humanos 20,000
el Cuerpo de Vigilantes Ambientales 300,000
Ingenieros para el mantenimiento de
16 estructuras de control de
inundaciones 1,500,000
del Fondo Rotativo Estatal de Agua
Limpia (CWSRF) 3,459,000
del Proyecto de control de inundaciones
del Río Puerto Nuevo 3,000,000
consentimiento de la
Ley de Agua Limpia 400,000
reembolso con el Departamento del
Tesoro de EE. UU. sobre la Represa
Cerrillos (USACE) 7,077,000
de Pensiones Ley 80-2020 507,000
Subtotal Departamento de Recursos Naturales
y Ambientales 122,469,000
Total Departamento de Recursos Naturales
y Ambientales 122,469,000
de Transición Voluntaria 622,000
y lubricante ASG 8,000
Total Departamento de la Vivienda 27,177,000
de Transición Voluntaria 160,000
Total Administración de Vivienda Pública 5,864,000
Total Autoridad para el Financiamiento de la
Vivienda 8,326,000
Subtotal de Vivienda 41,367,000
de Transición Voluntaria 113,000
por servicios públicos 50,000
y lubricante ASG 20,000
finanzas y contabilidad 55,000
Fundación Luis Muñoz Marín 437,000
Ateneo Puertorriqueño 147,000
Orquesta Filarmónica 265,000
de Puerto Rico para sufragar
gastos de funcionamiento 1,299,000
de Arte de Ponce, Inc. según dispuesto
en la Ley Núm. 227-2000. 866,000
para gastos de funcionamiento 156,000
Contemporáneo para promover las
artes plásticas, llevar a cabo actividades
educativas y culturales, y mantener un
Centro de Documentación sobre Arte
Contemporáneo, según lo dispuesto en la
Ley Núm. 91-1994, según enmendada 346,000
Total Instituto de Cultura Puertorriqueña 19,598,000
de Transición Voluntaria 35,000
y lubricante ASG 3,000
Total Corporación de las Artes Musicales 8,506,000
de Transición Voluntaria 102,000
públicos 2,000
de Pensiones Ley 80-2020 110,000
Total Corporación del Centro de Bellas Artes
de Puerto Rico 4,262,000
Subtotal de Cultura 32,366,000
lubricantes ASG 5,000
y contabilidad 10,000
de recursos humanos 5,000
Intercesores Legales (IL), en conformidad
con la Ley 32 - 2021 1,500,000
Total Oficina de la Procuradora de las Mujeres 5,341,000
lubricantes ASG 15,000
de vivienda otorgados a los veteranos
para cumplir con la Ley 313-2000,
según enmendada 2,000,000
Total Oficina del Procurador del Veterano de Puerto Rico 4,455,000
servicios públicos 31,000
lubricantes ASG 3,000
finanzas y contabilidad 13,000
Total Oficina del Procurador de las Personas de
Edad Avanzada 3,809,000
de Transición Voluntaria 41,000
servicios públicos 62,000
lubricantes ASG 1,000
años anteriores 10,000
Total Defensoría de las Personas con Impedimentos
del Estado Libre Asociado de Puerto Rico 4,057,000
lubricantes ASG 2,000
Total Oficina del Procurador del Paciente 2,089,000
lubricantes ASG 2,000
iv. finanzas y contabilidad 14,000
v. iv. Otros servicios profesionales 10,000
las mejoras de las instalaciones a fin de
cumplir con la Ley ADA 27,000
Total Oficina para la Protección y Defensa de las
Personas con Impedimentos 1,264,000
Subtotal de las Procuradurías 21,015,000
de Pensiones Ley 80-2020 89,000
Total Escuela de Artes Plásticas 2,907,000
Total Corporación del Conservatorio de
Música de Puerto Rico 8,936,000
Subtotal de Universidades 11,843,000
Comisión Estatal de Elecciones
de Transición Voluntaria 43,000
vi. lubricantes de ASG 60,000
finanzas y contabilidad 30,000
de años anteriores 99,000
de Pensiones Ley 80-2020 33,000
Total Comisión Estatal de Elecciones 32,400,000
Comisión de Derechos Civiles
lubricantes ASG 1,000
Total Comisión de Derechos Civiles 856,000
Guardia Nacional de Puerto Rico
de Transición Voluntaria 99,000
lubricantes ASG 57,000
finanzas y contabilidad 24,000
de Pensiones Ley 80-2020 22,000
años anteriores 1,000
Total Guardia Nacional de Puerto Rico 20,916,000
Oficina del Procurador del Ciudadano
servicios 58,000
lubricantes a ASG 20,000
MAS a una nueva plataforma 220,000
de Pensiones Ley 80-2020 28,000
Total Oficina del Procurador del Ciudadano 4,006,000
Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico
de Transición Voluntaria 8,000
lubricantes a ASG 5,000
años anteriores 11,000
Total Comisión de Desarrollo Cooperativo de
Puerto Rico 3,002,000
Departamento de Asuntos del Consumidor
de Transición Voluntaria 241,000
con tecnologías de la información,
hardware de computadora, software,
ciberseguridad y telecomunicaciones 200,000
de Pensiones Ley 80-2020 56,000
Total Departamento de Asuntos del Consumidor 14,517,000
Departamento de Recreación y Deportes
de Transición Voluntaria 1,123,000
lubricantes a ASG 160,000
L. bienestar de la ciudadanía 22,000
M. L. Aportaciones a entidades no gubernamentales 976,000
de atletas, Ley 119-2001 conocida como Ley
del Fondo y la Junta para el Desarrollo del
Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento
a Tiempo Completo 404,000
béisbol de Clase A, incluidos los gastos
administrativos, las tarifas de arbitraje
y las tarifas de franquicia. 222,000
antidopaje Ley 108-2022 158,000
la UPR Bayamón, Río Piedras y
Mayagüez 150,000
de Pensiones Ley 80-2020 42,000
Total Departamento de Recreación y Deportes 37,344,000
Panel Sobre el Fiscal Especial Independiente
lubricantes a ASG 5,000
finanzas y contabilidad 18,000
Total Panel Sobre el Fiscal Especial Independiente 3,588,000
Autoridad de Ponce (Autoridad del Puerto de las Américas)
finanzas y contabilidad 20,000
Total Autoridad de Ponce
(Autoridad del Puerto de las Américas) 1,101,000
Oficina del Inspector General del Gobierno de Puerto Rico
de Transición Voluntaria 197,000
lubricantes a ASG 10,000
finanzas y contabilidad 273,000
Total Oficina del Inspector General
del Gobierno de Puerto Rico 19,556,000
Oficina del Contralor Electoral
lubricantes a ASG 3,000
E . iv. Otros servicios comprados 5,000
F. E. Gastos de transportación 3,000
G. F. Servicios profesionales 10,000
H. G. Otros gastos de funcionamiento 13,000
I. H. Materiales y suministros 7,000
Total Oficina del Contralor Electoral 2,923,000
Instituto de Estadísticas de Puerto Rico
finanzas y contabilidad 45,000
Iniciativa PARE 280,000
Total Instituto de Estadísticas de Puerto Rico 2,900,000
Autoridad del Puerto de Ponce
Total Autoridad del Puerto de Ponce 691,000
Compañía para el Desarrollo Integral de la Península de Cantera
lubricantes a ASG 1,000
Total Compañía para el Desarrollo Integral
de la Península de Cantera 602,000
Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña
lubricantes a ASG 8,000
ingeniería y arquitectura 10,000
finanzas y contabilidad 40,000
Total Corporación del Proyecto ENLACE
del Caño Martín Peña 3,608,000
Servicios de Innovación y Tecnología de Puerto Rico
dedicadas a equipos de computadoras 4,292,000
lubricantes a ASG 12,000
finanzas y contabilidad 325,000
i. Para la adquisición de licencias
de sistemas centralizados para
las entidades gubernamentales 60,100,000
con el desarrollo e implementación
de la iniciativa de la plataforma IDEAL 10,200,000
Total Servicios de Innovación y Tecnología de Puerto Rico 103,423,000
Comisión de Juegos de PR
de Transición Voluntaria 16,000
bienestar de la ciudadanía 53,000
de Pensiones Ley 80-2020 81,000
no gubernamentales 1,000
Total Comisión de Juegos de PR 2,273,000
Junta de Retiro
de Transición Voluntaria 1,030,000
finanzas y contabilidad 2,363,000
de ingeniería y arquitectura 30,000
subcontratación de beneficios
de pensión 11,704,000
eléctrico 100,000
años anteriores 64,000
Total Junta de Retiro 56,449,000
Instituto de Ciencias Forenses
de Transición Voluntaria 292,000
lubricantes a ASG 50,000
de finanzas y contabilidad 35,000
del refrigerador de la morgue 810,000
Total Instituto de Ciencias Forenses 24,539,000
Subtotal de Agencias Independientes 334,694,000
Autoridad de Conservación y Desarrollo de Culebra
Total, Autoridad de Conservación y Desarrollo de Culebra 264,000
Subtotal de Agencias por cerrar conforme al plan
de reorganización del gobierno 264,000
Junta Reglamentadora de Servicio Público
de Transición Voluntaria 217,000
lubricantes a ASG 10,000
de Pensiones Ley 80-2020 550,000
Total de la Junta Reglamentadora de Servicio Público 8,172,000
Subtotal de Comisión de Servicios Públicos 8,172,000
Junta de Supervisión y Administración Financiera
Total Junta de Supervisión y Administración Financiera 59,323,000
Subtotal Otros 59,323,000
TOTAL FONDO GENERAL 13,095,315,000
Sección 2. - El Departamento de Hacienda ("Hacienda") remitirá a la Rama Legislativa y sus componentes, a la Rama Judicial, a la Universidad de Puerto Rico ("UPR") y a las entidades sin fines de lucro que reciben fondos del Fondo General, mensualmente y por adelantado, las asignaciones presupuestarias correspondientes a una doceava (1/12) parte de la asignación presupuestaria aquí dispuesta para dichas entidades. La asignación mensual de una doceava parte a cada entidad (excepto la Rama Judicial) estará sujeta a la retención de 5% establecida en la sección siguiente durante los primeros tres trimestres del AF2026.
Sección 3. - El Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto ("OGP") podrá autorizar obligaciones y desembolsos de hasta el 95% de cada asignación destinada para obligaciones y desembolsos durante los tres primeros trimestres del AF2026. El Director de la OGP retendrá el cinco por ciento (5.0%) restante de cada asignación hasta después del final del tercer trimestre del AF2026. El porcentaje retenido de cada asignación sólo se obligará y desembolsará durante el cuarto trimestre del AF2026 si (i) los primeros ocho meses de ingresos reales del Fondo General reportados a la Junta de Supervisión alcanzan la proyección de ingresos del Plan Fiscal 2024 para dicho periodo, (ii) no ocurren disminuciones sustanciales en los ingresos de fondos federales que afecten desembolsos recurrentes, y (iii) la Junta de Supervisión aprueba la obligación y el desembolso. Si se cumple el criterio (i) arriba pero los fondos federales que apoyan los servicios recurrentes disminuyen sustancialmente, el porcentaje retenido de cada asignación puede ser reutilizado, sujeto a la aprobación de la Junta de Supervisión, para apoyar los servicios recurrentes financiados con fondos federales. Si los ingresos reales del Fondo General correspondientes a los ocho primeros meses del AF2026 no alcanzan la proyección de ingresos para ese periodo, el importe del porcentaje retenido de cada asignación que puede gravarse y desembolsarse se reducirá de forma proporcional conforme a la diferencia presupuestaria negativa entre los ingresos del Fondo General proyectados y los reales. No obstante, las asignaciones para el PayGo, las cantidades correspondientes al Decreto de Consentimiento, las asignaciones para la Autoridad de Carreteras y Transportación ("ACT"), los fondos y distribuciones de incentivos económicos, las distribuciones de recaudos por concepto de arbitrios a cigarrillos y ron, las asignaciones del Impuesto sobre Ventas y Uso ("IVU") al Fondo de Administración Municipal ("FAM"), asignaciones adicionales del Fondo General para los logros e incentivos que se detallan en los apartados siguientes, los pagos para el servicio de la deuda bajo custodia del Departamento de Hacienda, las aportaciones al Fideicomiso de Reserva de Pensiones, las Aportaciones Definidas de la Ley 106 al Retiro de la Policía, y las agencias que forman el grupo del Departamento de Seguridad Pública y el grupo de Salud, según definidos en el Plan Fiscal 2024, no estarán sujetos al requisito de retención del 5%.
Sección 4. –Previo al 1 de enero de 2026, los fondos para metas sujetos a esta sección podrán liberarse, sujeto a aprobación de la Junta de Supervisión, solamente si el gobierno federal no ha realizado reducciones no planificadas superiores a $200 millones de dólares a los fondos federales que financian servicios, y si el Gobierno ha identificado una fuente de financiación recurrente alterna para los servicios sujetos a cualquier reducción no planificada de los fondos federales o ha acordado un plan para ajustar los niveles de gasto presupuestario con el fin de mantener el nivel de gasto del Fondo General certificado. Los fondos para metas sujetos a esta sección podrán reasignarse si ocurre una reducción no planificada de más de $200 millones de dólares en los fondos federales para dichos servicios y el Gobierno no identifica un plan alterno aprobado o una fuente de financiación aprobada para respaldar los servicios sujetos a la reducción no planificada de fondos federales.
Sección 5. – No obstante cualquier disposición en contrario del Plan Fiscal 2024, cada una de las asignaciones enumeradas en el Presupuesto del Fondo General para el AF2026 bajo las siguientes fuentes de ingresos dependerán enteramente del nivel de ingresos recaudados de las mismas: (i) Asignación del IVU al FAM (excluyendo la Porción de Deuda); (ii) Distribuciones de los recaudos del arbitrio a cigarrillos y ron; y (iii) el impuesto sobre la propiedad del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (“CRIM”) de 1.03%. Como tal, los desembolsos de dichas asignaciones serán graduales y estarán sujetos a los recaudos reales de las mismas. No se podrá realizar ningún gasto, desembolso, pignoración o cualquier otro gravamen de dichos fondos hasta tanto se recauden y contabilicen los ingresos en los libros.
Sección 6. - En caso de que el Gobierno promulgue nuevas medidas de gasto (incluyendo medidas que reduzcan recaudos) que no prevean una fuente de ingresos específica y permanente o dependan de fuentes de financiamiento que no lleguen a materializarse, en violación al Plan Fiscal 2024, a menos y hasta que el Gobierno (i) modifique la ley para eliminar el mandato no financiado, o (ii) identifique específicamente fuentes de financiamiento alternas, la Junta de Supervisión, a su discreción, y sin que se entienda como una limitación a sus derechos u otras acciones que pueda tomar, podrá adoptar un plan fiscal y un presupuesto revisados para disponer una reducción correspondiente en las asignaciones a una o más agencias gubernamentales para compensar déficit y balancear el presupuesto.
Sección 7. – A más tardar 45 días después del cierre de cada trimestre del AF2026, el Secretario del Departamento de Hacienda revisará los ingresos netos proyectados del Fondo General para el AF2026 (la "Revisión Trimestral") y notificará la revisión al Director de la OGP, a la Gobernadora y a la Junta de Supervisión, con copia a la Asamblea Legislativa. La Revisión Trimestral proyectará los ingresos futuros basándose en los ingresos reales del Fondo General e incluirá revisiones de los supuestos utilizados para generar las proyecciones de recaudos netos del Fondo General.
Sección 8. – Todas las asignaciones autorizadas en cualquier año fiscal anterior, incluidas las asignaciones sin un año fiscal específico, quedan eliminadas y ningún desembolso de fondos públicos podrá ampararse en dichas asignaciones, excepto los siguientes, las cuales el Plan Fiscal 2024 reasigna como asignaciones corrientes, sujetas a ajustes de la Junta de Supervisión en cualquier momento: (i) las asignaciones autorizadas en el año fiscal para llevar a cabo mejoras permanentes que hayan sido obligadas, contabilizadas y mantenidas en los libros, pero que no excedan dos años fiscales en los libros; (ii) las asignaciones en el presupuesto certificado para equipo con ciclos de adquisición que se extiendan más allá del final del año fiscal, que estén obligadas en o antes del 30 de junio de 2025; (iii) la porción de las asignaciones autorizadas para el AF2025 que hayan sido obligadas el 30 de junio de 2025 o antes, que se mantendrá en los libros durante 60 días después de la terminación del AF2025 y después de esos 60 días no se girará ninguna cantidad contra dicha parte por ningún motivo; (iv) todas las asignaciones para la reserva de emergencia requerida en el Plan Fiscal 2024 (la "Reserva de Emergencia"); (v) la porción no comprometida de la asignación del Fondo Federal de Asistencia Pública (Public Assistance Federal Fund Matching appropriation); (vi) las asignaciones no utilizadas para servicios de auditoría para la preparación de los estados financieros del Gobierno; (vii) fondos no utilizados del Título III y de la Implementación del Plan y Gastos de Cumplimiento Legal y Regulatorio; (viii) fondos no utilizados notificados del programa de Discapacidad Intelectual del Departamento de Salud; (ix) fondos no utilizados comunicados del programa de menores del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), según certificado conjuntamente por Hacienda y el DCR; (x) las asignaciones no utilizadas para metas e incentivos que se mantienen bajo la custodia de la OGP, según aprobado por la Junta de Supervisión; (xi) fondos no utilizados del Fondo General destinados a gastos relacionados con el Fondo para Enfermedades Catastróficas; (xii) las asignaciones no utilizadas para la expansión de la infraestructura de banda ancha y el Fondo de Educación Técnica y Empresarial del Siglo XXI; (xiii) las asignaciones no utilizadas para la dotación para becas y condonación de préstamos de los profesionales de la salud en zonas rurales; (xiv) fondos no utilizados del Fondo General de las aportaciones al Sistema de Salud Universal (SSU); (xv) asignaciones no utilizadas para el Fondo de Desarrollo Municipal, el Fondo de Mejora Municipal y el Fondo de Redención Municipal bajo custodia de Hacienda; (xvi) la base del bono de la Federación Americana de Empleados Estatales, de Condados y Municipales (“AFSCME”, por sus siglas en inglés), las contribuciones al Fideicomiso de Reserva de Pensiones y los Instrumentos de Valor Contingente (“CVI”, por sus siglas en inglés) requeridos bajo el Plan de Ajuste estarán disponibles hasta el 30 de junio de 2026; y (xvii) fondos no utilizados de la Reforma del Negociado de la Policía, según certificado conjuntamente con el Departamento de Hacienda. Además, esta restricción sobre el uso de asignaciones de años fiscales anteriores no se aplicará a: (i) programas financiados total o parcialmente con fondos federales (dichos programas deben seguir el protocolo establecido para presentar formalmente solicitudes de extensión a la OGP); (ii) órdenes del tribunal de distrito de los Estados Unidos con jurisdicción sobre todos los asuntos bajo el Título III de PROMESA; o (iii) asuntos relacionados con cualquier decreto de consentimiento o mandato judicial, o una orden administrativa o acuerdo con una agencia federal, con respecto a programas federales.
Sección 9. – En o antes del 31 de julio de 2025, el Secretario del Departamento de Hacienda, el Director Ejecutivo de la AAFAF y el Director de la OGP entregarán a la Junta de Supervisión, con copia a la Asamblea Legislativa, una certificación indicando las cuantías de las asignaciones no utilizadas en el AF2025 para todas las partidas enumeradas en la sección anterior. Si el Gobierno no presenta dicha certificación, la cuantía de los fondos no utilizados en las Secciones 8(i) y 8(ii), enumeradas en la sección anterior, no se trasladará al año fiscal siguiente.
Sección 10. – Por la presente se suspende toda facultad de la OGP, la AAFAF o el Departamento de Hacienda, incluyendo las facultades otorgadas bajo la Ley 230-1974, según enmendada, conocida como la "Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico" (Ley 230), para autorizar la reprogramación o extensión de asignaciones de años fiscales anteriores.
Sección 11. – Las asignaciones aprobadas en este presupuesto sólo podrán ser reprogramadas con la aprobación previa de la Junta de Supervisión. Para evitar dudas, esta prohibición incluye cualquier reprogramación de cualquier cuantía, partida o gasto dispuesto en este presupuesto, independientemente de que se trate de una reprogramación intra-agencial. Las reprogramaciones, también conocidas como reasignaciones, podrán realizarse en conceptos de gasto y objetos que no figuren explícitamente en las resoluciones presupuestarias certificadas, siempre y cuando dichas solicitudes se presenten a la Junta de Supervisión y sean aprobadas previamente por esta. Los fondos reprogramados autorizados para la contratación de personal en funciones especializadas están restringidos únicamente a ese uso específico y no pueden hacerse disponibles, ni utilizarse para ninguna otra necesidad presupuestaria.
Sección 12. – La Gobernadora a través de su componente fiscal (Departamento de Hacienda, OGP y AAFAF) deberá someter a la Junta de Supervisión todos los requisitos de informes establecidos en el Apéndice II Anejo 54 del Plan Fiscal 2024 según la cadencia de informes descrita en el mismo. Además, si la Junta de Supervisión aprueba una reprogramación conforme a las secciones anteriores, el informe inmediatamente subsiguiente de la Gobernadora a través de su componente fiscal (Departamento de Hacienda, OGP y AAFAF) deberá ilustrar la implementación específica de dicha reprogramación, incluyendo la cuantía, la fuente de la cuantía reprogramada identificada por entidad gubernamental y concepto de gasto, la entidad gubernamental que recibió dicha cuantía y el concepto de gasto al que se aplicó.
Además, la Gobernadora, a través de su componente fiscal (Departamento de Hacienda, OGP y AAFAF) someterá a la Junta de Supervisión un paquete de informes completo en un formato similar al requerido de conformidad con la Sección 203(a) de PROMESA para los siguientes programas especificados dentro de diferentes agencias: (i) Programa de Educación Especial del Departamento de Educación ("DEPR"); (ii) Programa de Remedio Provisional del DEPR; (iii) Programa de Educación Ocupacional y Técnica del DEPR; (iv) Programa del Hospital Universitario de Adultos del Departamento de Salud (“DS”); (v) Programa del Hospital Pediátrico Universitario del DS; (vi) Programa del Hospital Universitario de Bayamón del DS; (vii) Programa de Discapacidad Intelectual del DS; (viii) Programa del Hospital Psiquiátrico de Río Piedras de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción ("ASSMCA"); y (ix) Programa de Menores del DCR. Los informes de los programas deberán incluir y detallar claramente el presupuesto a cifras reales a nivel de concepto, cualquier reprogramación de fondos dentro del programa y cualquier reprogramación de fondos hacia/desde otros programas o agencias.
Además, la Gobernadora, a través de su componente fiscal (Departamento de Hacienda, OGP y AAFAF) presentará a la Junta de Supervisión un paquete de informes mensuales detallando los desembolsos de gastos de mejoras capitales por agencia y por proyecto, incluyendo detalles de los gastos para los que se haya emitido solicitudes de propuestas, cuáles contratos se han adjudicado y cuáles están en proceso. En la medida en que la Junta de Supervisión requiera informes adicionales en relación con fondos federales, le notificará a la Gobernadora.
La Gobernadora, a través de su componente fiscal (Departamento de Hacienda, OGP y AAFAF) someterá a la Junta de Supervisión un paquete de informes mensuales detallando todos los salarios y otros gastos de nómina del DEPR dentro de cuatro categorías: (i) Personal Administrativo Central; (ii) Personal Administrativo Regional; (iii) Personal de Apoyo Escolar Regional; y (iv) Personal Escolar según establecido en esta resolución conjunta de presupuesto certificada para el AF2026. Con el fin de evaluar el cumplimiento y garantizar la rendición de cuentas, el DEPR deberá presentar dichos informes mensuales detallando los gastos salariales y de nómina por las categorías aquí establecidas, junto con una conciliación de salarios y de nómina de los fondos desembolsados y los gastos reales registrados.
Sección 13. - Para obtener mejor visibilidad en la ejecución del presupuesto, toda Corporación, Agencia o entidad Gubernamental que se encuentre fuera del sistema financiero centralizado del Departamento de Hacienda y que reciba asignación presupuestaria del Fondo General, incluyendo, pero sin limitarse a, aquellas entidades exentas de la ley orgánica de la OGP, Ley 147-1980, según enmendada, deberá enviar a la OGP informes que reflejen la utilización de la asignación presupuestaria. Estos informes deberán presentarse de manera trimestral e incluirán, como mínimo, un estado de los gastos, obligaciones y saldos disponibles, así como un resumen narrativo de los resultados programáticos. La OGP podrá emitir guías adicionales especificando otros elementos de reporte o formatos según sea necesario. La frecuencia, el formato y el contenido de estos informes serán definidos por la OGP mediante circulares oficiales o memorandos, y podrán actualizarse periódicamente para reflejar necesidades cambiantes de supervisión. A más tardar 45 días después del cierre de cada trimestre del AF2026, o según lo solicite la Junta de Supervisión, el Director de la OGP entregará dichos informes a la Junta de Supervisión.
Sección 14. - Para garantizar el uso máximo y adecuado de los fondos federales, tales como, pero no limitados a, (i) Disaster Relief Fund ("DRF"), (ii) Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security Act ("CARES"), (iii) Ley de Respuesta al Coronavirus "Families First" ("FFCRA"), (iv) Ley de Asignaciones Suplementarias de Respuesta y Alivio al Coronavirus ("CRRSAA"), (v) y Plan de Rescate Americano ("ARPA"), la Gobernadora presentará un plan de trabajo antes de cualquier desembolso de fondos. Mejorar la presentación de informes ayudará a prevenir y combatir el uso indebido, el fraude, el despilfarro y el abuso, o reclamaciones como estas. Por lo tanto, la Gobernadora a través de su componente fiscal (Departamento de Hacienda, OGP y AAFAF) también presentará a la Junta de Supervisión cualquier informe que el Gobierno de Puerto Rico (i) proporcione al gobierno federal o (ii) cree internamente. Dichos informes se presentarán a la Junta de Supervisión al mismo tiempo que se entreguen al gobierno federal o se circulen internamente dentro del Gobierno de Puerto Rico. La Gobernadora a través de su componente fiscal (Departamento de Hacienda, OGP y AAFAF) también proveerá, según se le solicite, métricas de desempeño que incluyan, pero no se limiten a, el tiempo necesario para presentar reclamaciones, el tiempo necesario para presentar informes de cumplimiento y el tiempo necesario para cobrar las reclamaciones de reembolso.
Los informes requeridos de conformidad con esta sección son adicionales a los informes que la Gobernadora a través de su componente fiscal (Departamento de Hacienda, OGP y AAFAF) debe presentar a la Junta de Supervisión de conformidad con la Sección 203 de PROMESA.
Sección 15. - Junto con los informes que la Gobernadora debe presentar a la Junta de Supervisión a más tardar 15 días después del último día de cada trimestre del AF2026, de conformidad con la Sección 203(a) de PROMESA, el Secretario de Hacienda, el Director Ejecutivo de la AAFAF y el Director de la OGP certificarán cada uno a la Junta de Supervisión: (i) que no se ha utilizado ni se utilizará ninguna asignación de ningún año fiscal anterior (excepto las asignaciones cubiertas por las excepciones de las secciones anteriores) para cubrir ningún gasto; y (ii) el Director de la OGP certificará a la Junta de Supervisión que no se ha obligado ninguna cantidad de (1) la Reserva de Emergencia y (2) los gastos de capital no asignados bajo custodia de la OGP, a menos que se autorice de acuerdo con la sección siguiente.
Sección 16. – La Reserva de Emergencia, los gastos de capital no asignados, otros fondos bajo la custodia de OGP que se harán disponibles a las agencias luego de alcanzar metas específicas, la reserva de nómina, la reserva de la Reforma de Servicio Público (“CSR”, por sus siglas en inglés), la reserva de la Autoridad de Energía Eléctrica (“AEE”), y el fondo de incentivos económicos bajo las cuentas de custodia de la OGP y el Departamento de Hacienda, según se detalla en los presupuestos certificados para los años fiscales del 2020 al 2026, no podrán utilizarse para cubrir ninguna asignación o gasto sin la aprobación previa por escrito de la Junta de Supervisión. Si no se dispone de fondos de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias ("FEMA") para gastos de capital, podrá solicitarse una transferencia de los gastos de capital no asignados.
Sección 17. - La Reserva de Emergencia tiene como objetivo agilizar las actividades de respuesta a las emergencias y, previa solicitud, proveer capital a las agencias del Gobierno de Puerto Rico y a los gobiernos municipales afectados en caso de una emergencia de tal gravedad y magnitud que la respuesta efectiva supere la capacidad de los recursos presupuestarios actuales y la ayuda federal para catástrofes no esté disponible o aún no lo esté para responder a la emergencia. Además, la Reserva de Emergencia sólo está prevista para acontecimientos extraordinarios, como catástrofes naturales, o de otro modo, acordadas con la Junta de Supervisión, y que generalmente escapan al control humano y no pueden evitarse. La Reserva de Emergencia no está destinada a mitigar emergencias relacionadas con ineficiencias operativas.
El acceso a los fondos de la Reserva de Emergencia requerirá (i) una declaración de Estado de Emergencia, por parte de la Gobernadora de Puerto Rico, de conformidad con el Artículo 6.10 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como la "Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico", y de acuerdo con la descripción anterior de lo que constituye un evento extraordinario; (ii) que la OGP haga una solicitud a la Junta de Supervisión para tener acceso al fondo de la Reserva de Emergencia por un periodo específico, y provea informes actualizados indicando la agencia o gobierno local que recibirá el adelanto, la cantidad del adelanto, el uso de los fondos solicitados y el número de solicitud del Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres (“NMEAD") de la plataforma Web Emergency Operations Center ("WEBEOC"), así como la fecha proyectada de reembolso de los fondos; (iii) las cantidades aprobadas por la Junta de Supervisión y desembolsadas al Gobierno se repondrán no más tarde del siguiente año fiscal; y (iv) las agencias y municipios, receptores de los fondos estatales de reserva para emergencias, actualizarán trimestralmente a la OGP sobre el proceso de Asistencia Pública con FEMA.
La OGP solicitará fondos de la Reserva de Emergencia exclusivamente para uso de las agencias gubernamentales y los gobiernos locales afectados. Las agencias y los gobiernos municipales afectados deberán encontrarse en una zona declarada de emergencia y los fondos de la Reserva de Emergencia se utilizarán para actividades de respuesta relacionadas con el evento declarado. Las organizaciones sin fines de lucro, las corporaciones públicas fuera del Estado Libre Asociado y los individuos no serán solicitantes elegibles para recibir adelantos a través del fondo de Reserva de Emergencia.
La OGP presentará informes trimestrales a la Junta de Supervisión detallando el estado de los fondos de la Reserva de Emergencia, las cantidades proporcionadas a las agencias y gobiernos locales afectados, la cantidad de fondos gastados, la cantidad de fondos restantes y las fechas de reembolso proyectadas actualizadas. Las agencias y los gobiernos municipales que recibieron fondos de la Reserva de Emergencia están obligados a presentar a la FEMA una Solicitud de Asistencia Pública ("RPA") y una Hoja de Trabajo del Proyecto (“Project Worksheet”) para garantizar que los reembolsos máximos de fondos federales se repongan en la Reserva de Emergencia. Como norma, la OGP compensará los repagos tardíos de las agencias y gobiernos locales con otros fondos del Gobierno de Puerto Rico para reembolsar a tiempo la Reserva de Emergencia.
Sección 18. – Los fondos de “Cost-Share” están restringidos para su uso en proyectos/requisitos aprobados bajo los programas de Asistencia Individual, Asistencia Pública y Mitigación de Riesgos de FEMA. Los fondos de “Cost-Share” no utilizados en un año fiscal determinado podrá transferirse al año fiscal siguiente y estarán sujetos a las mismas restricciones. El uso de estos fondos deberá coordinarse con la Subvención en Bloque para el Desarrollo de la Comunidad para la Recuperación de Desastres ("CDBG-DR") y la Subvención en Bloque para el Desarrollo de la Comunidad para Mitigación ("CDBG-MIT") en el cumplimiento de los requisitos de participación en los costos.
Sección 19. – Se reserva la cantidad de $66,000,000 provenientes del Fondo de Consolidación Municipal, según establecido en el Plan Fiscal Certificado 2023, para financiar la operación de los municipios y proveer servicios esenciales a los residentes de los municipios de Puerto Rico. Estos servicios incluyen: servicios de seguridad y protección a través de la Policía Municipal; financiamiento de la estructura municipal de manejo de emergencias y administración de desastres; entrega de medicamentos y distribución de alimentos no perecederos para personas de edad avanzada y personas con impedimentos; pavimentar calles secundarias y terciarias; equipos dirigidos al mantenimiento de la salud y tratamiento de condiciones adversas de salud; equipos para personas con impedimentos de movilidad; servicios dirigidos a atender a la población de niños, jóvenes y ancianos, tales como: amas de llave, cuido de niños y niñas de padres trabajadores, subsidio temporero de costos de electricidad para equipos de respiración asistida, así como la adquisición de equipos muebles ante una emergencia debidamente acreditada, equipo para el mantenimiento de la infraestructura, recursos naturales y áreas verdes en las comunidades, materiales escolares y deportivos; entre otros, sujeto a la aprobación de una legislación que reestructure el modelo actual del impuesto al inventario. Los fondos reservados están destinados a ayudar a ciertos municipios afectados por los cambios legislativos al impuesto de inventario sobre la base de un umbral que será determinado por la Junta de Supervisión.
Sección 20. - El presupuesto total del AF2026 asignado al programa de Discapacidad Intelectual del Departamento de Salud será la asignación presupuestaria actual de $65,117,000, más cualesquiera fondos “roll-over” de años fiscales anteriores no utilizados.
Sección 21. - Fondos adicionales del Fondo General podrán estar disponibles a las agencias una vez alcancen ciertas metas específicas y previa aprobación y autorización por escrito de la Junta de Supervisión. Una vez las respectivas metas sean alcanzadas, las agencias deberán proveer para la revisión de la Junta de Supervisión, una notificación formal sobre los logros alcanzados e información que sustente dichos logros. En las subsecciones siguientes se detallan las metas e incentivos permitidos para cada agencia pertinente.
Meta: Presentar un plan estratégico y un plan de implementación a ser revisado y aprobado por la Junta de Supervisión.
Incentivo: $650,000 para licencias para un programa (“software”) de administración de subvenciones (“grants”) y $2,000,000 para el establecimiento de la Oficina de Administración de Subvenciones dentro de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.
Total de Fondos Disponibles: $2,650,000 $2,000,000.
Meta: Sujeto a la Sección 4 de esta Resolución Conjunta y a la aprobación de la Junta de Supervisión. El programa de Servicios para Personas de Edad Avanzada y Adultos con Discapacidades de la Administración de Familia y Niños debe proporcionar (i) documentación detallada que verifique el estado de los casos activos, (ii) definir los protocolos utilizados para identificar, validar y procesar casos elegibles, y (iii) definir los protocolos utilizados para identificar e invalidar casos no elegibles. La documentación debe justificar adecuadamente la necesidad de los fondos por cumplimiento del hito, y estará sujeta a la revisión y aprobación de la Junta de Supervisión.
Incentivo: $34,000,000 para apoyar Servicios de Cuidado Sustituto para personas de edad avanzada y adultos con discapacidades.
Total de Fondos Disponibles: $34,000,000.
Meta: Sujeto a la Sección 4 de esta Resolución Conjunta y a la aprobación de la Junta de Supervisión. La Administración de Familia y Niños debe presentar facturas de servicios incurridos durante el año fiscal 2025 por cada institución y proveedor de servicios, así como cotizaciones para los servicios proyectados en el año fiscal 2026 para cada institución y proveedor. Además, la agencia debe definir una metodología para validar nuevos casos (es decir, espacios para albergar menores) y explicar los supuestos utilizados para calcular los costos proyectados por institución y proveedor. La documentación de la agencia debe justificar adecuadamente la necesidad de los fondos por cumplimiento del hito, y está sujeta a revisión y aprobación de la Junta de Supervisión.
K. J. Metas e Incentivos de la Secretaría del Departamento de la Familia
J. K. Metas e Incentivos para la Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez
Sección 22. – Fondos para prestar apoyo a servicios y programas esenciales a los municipios más vulnerables. Los fondos se destinarán para atender necesidades críticas de las comunidades. Los fondos estarán disponibles para la OGP para distribuirlos directamente a los municipios de acuerdo con las guías de elegibilidad desarrolladas por la OGP, que estarán sujetas a la aprobación y autorización de la Junta de Supervisión.
Sección 23. – De conformidad con los requisitos establecidos en las resoluciones presupuestarias certificadas y el Plan Fiscal Certificado, los fondos para cubrir el seguro paramétrico también estarán disponibles para renovar la cubierta o adquirir cubierta adicional para cumplir con los requisitos de Operaciones y Mantenimiento (“O&M”) de FEMA y tras la aprobación y autorización de la Junta de Supervisión.
Sección 24. – Como norma necesaria para el desembolso responsable de las asignaciones presupuestarias para gastos de funcionamiento y otros gastos, la OGP retendrá de cualquiera de las asignaciones a las agencias de la Rama Ejecutiva las cantidades necesarias para pagar la contribución “PayGo”, el seguro de desempleo o los impuestos retenidos a sus empleados, cuando la OGP determine que dicha retención es necesaria para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones por parte de agencias concernidas. Dichas cantidades retenidas por la OGP se reprogramarán exclusivamente para pagar las correspondientes obligaciones pendientes relacionadas con las contribuciones “PayGo”, el seguro de desempleo o los impuestos retenidos a los empleados.
Sección 25. – Se autoriza a la OGP y al Departamento de Hacienda a establecer los mecanismos necesarios para que al implementar el concepto de movilidad, conforme a las disposiciones de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como "Ley para la Administración de Recursos Humanos y Transformación del Gobierno de Puerto Rico", se realice simultáneamente la correspondiente transferencia de fondos asignados a la nómina y costos relacionados de dicho empleado.
Sección 26. – El Secretario de Hacienda, el Director de la OGP, y el Director de Finanzas y el Director Ejecutivo de cada agencia o corporación pública cubierta por el Plan Fiscal 2024 serán responsables de no gastar ni comprometer durante el AF2026 ninguna cantidad que exceda las asignaciones autorizadas para el AF2026. Esta prohibición se aplica a todos las asignaciones consignadas en un presupuesto certificado por la Junta de Supervisión, incluidas las asignaciones para nóminas y costos relacionados. El Director Ejecutivo de la AAFAF y el Director de la OGP también certificarán a la Junta de Supervisión, con copia a la Asamblea Legislativa, antes del 30 de septiembre de 2025, que no se ha gastado ni comprometido ninguna cantidad que exceda las asignaciones del presupuesto certificado para el AF2025.
Sección 27. – Para evitar cualquier duda, cualquier referencia dentro del presupuesto a la AAFAF, el Departamento de Hacienda o la OGP, o a cualquiera de sus respectivos funcionarios, se aplica a cualquier sucesor de los mismos.
Sección 28. – A más tardar el 31 de julio de 2025, la Gobernadora proporcionará a la Junta de Supervisión proyecciones presupuestarias de los ingresos y gastos del Fondo General para cada trimestre del AF2026, las cuales deberán ser consistentes con el presupuesto correspondiente certificado por la Junta de Supervisión (el "Presupuesto Trimestral"). El Presupuesto Trimestral se le proveerá a la Junta de Supervisión en formato Excel e incluirá las asignaciones detalladas por agencia, corporación pública, tipo de fondo y concepto de gasto. Junto con el informe que la Gobernadora debe proporcionar en virtud de la Sección 203 de PROMESA a más tardar 15 días después del último día de cada trimestre, la Gobernadora proveerá un análisis de desviación trimestral que sea coherente con la contabilidad de devengo modificada.
Sección 29. – De conformidad con los requisitos establecidos en las resoluciones presupuestarias certificadas, los fondos de Pensiones de Empleados de la AEE mantenidos bajo la custodia de la OGP sólo se liberarán después de que la AAFAF proporcione dicha documentación, a satisfacción de la Junta de Supervisión.
Sección 30. – Los Fondos de Retiro para la Policía custodiados por la OGP sólo se liberarán previa aprobación de la Junta de Supervisión.
Sección 31. – De conformidad con la Sección 204(b)(2) de PROMESA, desde el 6 de noviembre de 2017 (y modificada por última vez el 30 de abril de 2021), la Junta de Supervisión ha mantenido una Política de Revisión de Contratos (la “Política”), que requiere la revisión y aprobación previas por parte de la Junta de Supervisión de los contratos con un valor agregado igual o superior a 10 millones de dólares para garantizar que "promueven la competencia en el mercado" y "no son inconsistentes con el plan fiscal aprobado". La Política aplica a cualquier contrato o serie de contratos relacionados, incluidas las enmiendas, modificaciones o extensiones, con un valor total esperado de $10 millones o más, que se proponga otorgar el Estado Libre Asociado (lo cual incluye las ramas ejecutiva, legislativa y judicial del gobierno) o cualquier instrumentalidad cubierta. En particular, la Política tiene en cuenta (i) el valor agregado esperado de los contratos o modificaciones a lo largo de años fiscales (ii) los contratos o modificaciones que hacen que el valor agregado de los contratos activos con el mismo contratista o sus filiales alcance los $10 millones o más en un año fiscal en particular, independientemente de la naturaleza de los servicios. Además, la Junta de Supervisión puede optar por revisar contratos por debajo del umbral de $10 millones a estos efectos, de forma aleatoria o según su propia discreción. Específicamente, en el caso de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (“AEE”) el umbral de revisión de contratos se ha reducido a $250,000 exclusivamente para contratos pagaderos de las partidas presupuestarias de "Servicios Profesionales y Técnicos Subcontratados" y "Reestructuración de la AEE y Título III" de la AEE. Por consiguiente, todos los contratos propuestos (o series de contratos relacionados) que alcancen dicho umbral y sean clasificados como Contratos de Servicios de Consultoría por la Oficina del Contralor de Puerto Rico (y cualquier subcategoría aplicable) deben ser sometidos a la Junta de Supervisión para su revisión y aprobación antes de su otorgamiento. Para todos los demás contratos de la AEE, la Junta de Supervisión mantiene el umbral actual de $10 millones. De igual forma, en el caso de la Universidad de Puerto Rico, la Junta de Supervisión redujo el umbral de revisión de contratos de la UPR a $2 millones para todos los contratos. Por último, con el fin de garantizar aún más que ciertos contratos promuevan la competencia en el mercado, la Junta de Supervisión podrá requerir, a su propia discreción, que el Estado Libre Asociado o cualquier instrumentalidad cubierta, mantenga a la Junta de Supervisión al tanto de los procesos de adquisición en curso para la ejecución de nuevos contratos.
Sección 32. – Cualquier legislación que modifique el uso o los propósitos de los fondos asignados en este presupuesto deberá identificar una fuente viable de fondos para asegurar el cumplimiento del Plan Fiscal aplicable.
Sección 33. – Esta Resolución Conjunta se adoptará en los dos idiomas oficiales de Puerto Rico, español e inglés. Si en su interpretación o aplicación surgiese algún conflicto entre el texto en inglés y el texto en español, prevalecerá el texto en inglés.
Sección 34. – Si alguna cláusula, párrafo, subpárrafo, oración, palabra, letra, artículo, disposición, sección, subsección, título, capítulo, subcapítulo, acápite o parte de esta Resolución Conjunta fuera anulada o declarada inconstitucional, la orden a tal efecto dictada no afectará, ni invalidará el remanente de esta Resolución Conjunta. El efecto de dicha orden quedará limitado a la cláusula, párrafo, subpárrafo, oración, palabra, letra, artículo, disposición, sección, subsección, título, capítulo, subcapítulo, acápite o parte de esta Resolución Conjunta que hubiere sido anulada o declarada inconstitucional. Si la aplicación de alguna cláusula, párrafo, subpárrafo, oración, palabra, letra, artículo, disposición, sección, subsección, título, capítulo, subcapítulo, acápite o parte de esta Resolución Conjunta a una persona o circunstancia fuera anulada o declarada inconstitucional, la orden a tal efecto dictada no afectará ni invalidará la aplicación del remanente de esta Resolución Conjunta a aquellas personas o circunstancias en que se pueda aplicar válidamente. Es la voluntad expresa e inequívoca de esta Asamblea Legislativa que los tribunales hagan cumplir las disposiciones y la aplicación de esta Resolución Conjunta en la mayor medida posible, aunque se anule, invalide, perjudique o declare inconstitucional alguna de sus partes, o aunque se deje sin efecto, invalide o declare inconstitucional su aplicación a alguna persona o circunstancia. Esta Asamblea Legislativa hubiera aprobado esta Resolución Conjunta independientemente de la determinación de separabilidad que un Tribunal pueda emitir.
Sección 35. – Esta Resolución Conjunta entrará en vigor el 1 de julio de 2025.
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