GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 256
9 DE ABRIL DE 2025
Presentada por el representante Torres Cruz
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a las comisiones de Desarrollo Socioeconómico y la de Hacienda de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una exhaustiva investigación sobre la política pública, los programas, recursos e incentivos que se destinan para las empresas de Manufactura, en particular las que operan bajo los modelos de “Toll Manufacturing” y “Contract Manufacturing”, la efectividad de las gestiones del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), en específico de la Compañía de Fomento Industrial (PRIDCO) adscrita al mismo, para impulsar y potenciar este sector, así como identificar las medidas necesarias, enmiendas y ajustes para atemperar el marco legal vigente a dichos fines; y otros asuntos relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Se torna prioritario que esta Asamblea Legislativa, dentro de la doctrina constitucional de separación de poderes como fundamento de nuestro Sistema Democrático de Gobierno, asuma un rol protagónico en la formulación y consecución de la política pública responsiva a las necesidades particulares de nuestra sociedad puertorriqueña en determinado tiempo y espacio. Así, en el ejercicio de nuestras facultades y deberes viabilizaremos la consecución del Bien Común de todos los ciudadanos para que a través del marco legal se utilice a cabalidad todos los medios posibles para el mejoramiento de la calidad de vida como fin público esencial. Una responsabilidad indelegable e impostergable que requiere de compromiso, entrega y trabajo arduo y eficaz.
No podemos ignorar, que Puerto Rico reclama acción acorde a estos propósitos. En específico, en cuanto a la necesidad de trabajar arduamente para fortalecer leyes, reglamentaciones y normativas de manera integral que garanticen nuestro crecimiento económico por conducto del desarrollo de diversos sectores, entre los cuales destaca el renglón empresarial, como parte de ese continuo análisis para los ajustes pertinentes al Bien Común colectivo, como hemos establecido. Para esto, tenemos que identificar en el proceso legislativo como los representantes más directo del Pueblo las medidas que le permitan a nuestras empresas insertarse con éxito en la corriente de la economía global de bienes y servicios hasta convertirnos en un punto focal de importancia para personas naturales y jurídicas, que busquen invertir su capital en actividades productivas y cumplir con todos los requisitos y requerimientos de calidad que merece el consumidor.
Precisamente, un imperativo que se torna urgente dentro de las circunstancias económicas actuales que requieren de la más eficaz y responsiva ruta de desarrollo socioeconómico, ajustado al prevaleciente desarrollo de adelantos tecnológicos y conquistas de este Siglo XXI. Más aún, ante el escenario actual de dramáticos aumentos a distintos aranceles aplicables a la importación de productos de países de todo el mundo que pretendan acceder al mercado de los Estados Unidos de América, como parte de la política pública de su actual Presidente, Donald J. Trump.
En consecuencia, consolidar el empresarismo como una fuente de trabajo estable y con expectativa de crecimiento real que se puede expandir bajo nuestra relación jurídica con los Estados Unidos y nuestro común mercado es mandatorio. No una asignación abstracta y bajo supuestos de otras circunstancias en nuestra relación con los Estados Unidos, sino aquí y ahora como fue razón fundamental para nuestra elección. Es propiciar una actividad económica robusta, que aumente exponencialmente nuestra producción y brinde un espacio que ofrezca empleos bien remunerados y estables a la ciudadanía. Esto, en consideración a que Puerto Rico por años ha destacado por la actividad empresarial de manufactura de productos médicos, biofarmacéuticos, electrónicos, equipos médicos, la investigación, el desarrollo e innovación que nos posiciona como una plaza de producción importante dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos. Realidad presente, que permite no se grave nuestra producción por los aranceles de importación a países del extranjero, que se han anunciado con consecuencias inciertas y preocupantes.
En dicho sentido, tenemos que significar la importancia de la manufactura que en Puerto Rico representa millones de dólares a nuestra economía, particularmente bajo los modelos de “Toll Manufacturing” y “Contract Manufacturing”, según contemplados en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado[1]. Por un lado, como servicios provistos conforme a un acuerdo mediante el cual se procesa o transforma, a escala comercial, materia prima o productos parcialmente completados para otra entidad utilizando equipo especializado, conocido como “toll manufacturing”. Y, por otro lado, el “contract manufacturing”, que se refiere a la producción de bienes a escala comercial bajo el nombre o marca de otra entidad siguiendo la formula, diseño y especificaciones propias o aquellas provistas por dicha otra entidad. En síntesis, contrataciones por parte de matrices o conglomerados a empresas locales para que fabriquen sus productos entregándole las especificaciones técnicas para asegurar el control de calidad conforme el prestigio de la marca y sus particulares características.
Y, aunque dicha actividad económica de las manufactureras por contrato ciertamente ha representado un mecanismo eficiente, no solo para la creación de empleos, sino para el reconocimiento de la calidad de producción de Puerto Rico en todo el mundo, es imprescindible concretizar herramientas diversas por las cuales se puedan expandir estas operaciones, como hemos señalado, ante estas nuevas circunstancias arancelarias. Es, el concertar esfuerzos por todos los poderes delegados al Gobierno, que no solo se circunscriben a la Rama Ejecutiva, que ha anunciado acciones en su esfera sobre este asunto a través de Ordenes Ejecutivas como la 2025-012, que crea un grupo de trabajo del Poder Ejecutivo y una ventana única de inversión para empresas , agilizando sus procesos con las agencias del Gobierno, así como adiestrar la mano de obra local especializada en este campo con cumbres de inversión para atraer ese capital internacional de inversión. Objetivos del llamado “reshoring” de diversos mecanismos de Gobierno ha implantarse a estos fines. Además, al reconocer que tanto el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDECC), así como la Compañía de Fomento Industrial adscrita a este, tienen un rol de facilitador entre las manufactureras por contrato e inversionistas.
Sin embargo, como hemos planteado, preocupa y debe ser motivo de atención inmediata por parte de este Poder legislativo, que no se tome en consideración desde las etapas tempranas de estos esfuerzos del Ejecutivo de manera formal la primordial facultad constitucional de esta Asamblea Legislativa para identificar y aprobar las medidas necesarias, enmiendas y ajustes para atemperar el marco legal vigente a dichos fines. Resulta meridianamente claro, nuestra responsabilidad para aprobar leyes, pensadas y sujetas al escrutinio de los procesos legislativos por todas las delegaciones parlamentarias aquí representadas por voluntad del Pueblo mediante su voto directo, libre y voluntario.
Es asegurarnos que las medidas sean producto del consenso y dirigidas, sin otras consideraciones, a atraer clientes, desarrollar nuevos productos y fortalecer esta cadena empresarial que representa una oportunidad real para proyectarnos y especializarnos en esta coyuntura histórica contributiva de acceso de productos a los Estados Unidos, ya que contamos con un capital humano de primera. Esto, ya que no somos un Gobierno por decreto, ni que actúa unilateralmente por solo una de las tres (3) ramas constitucionales del Estado. Máxime si estos esfuerzos también requerirán de múltiples acciones ante el Congreso Federal, Casa Blanca, agencias y funcionarios federales para implementar con éxito estas estrategias, que no pueden excluir, asimismo, a nuestro Comisionado Residente Electo, Hon. Pablo José Hernández Rivera, como parte fundamental sine qua nom en estos esfuerzos que trascienden ideologías e intereses partidistas. Tal como consignamos como Delegación Parlamentaria del PPD en las respectivas Resoluciones Concurrentes del Senado 8 y de esta Cámara de Representantes 15, pendientes de aprobación, cuyos fines respectivos es para expresar el respaldo de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico al proyecto de ley federal H.R. 1328, el cual enmienda el Código de Rentas Internas de 1986 para establecer un crédito contributivo dirigido a la relocalización de cadenas de suministro críticas en los Estados Unidos y Puerto Rico, promoviendo así el desarrollo económico y la seguridad nacional.
Por tanto, es deber impostergable realizar la más exhaustiva investigación sobre el cumplimiento de esta responsabilidad fundamental. Específicamente, evaluando si los múltiples programas, políticas públicas, recursos e incentivos vigentes han sido instrumentos para el desarrollo óptimo de las empresas de este sector e integrando en estos procesos todos los actores y sectores de manera colaborativo para identificar estrategias y alianzas que permitan impulsar la promoción, el crecimiento y expansión del sector de la manufactura, en particular las de contrato. Una investigación que entendemos debe llevarse a cabo a la mayor brevedad por la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena a las comisiones de Desarrollo Socioeconómico y a la de Hacienda de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una exhaustiva investigación sobre la política pública, los programas, recursos e incentivos que se destinan para las empresas de Manufactura, en particular las que operan bajo los modelos de “Toll Manufacturing” y “Contract Manufacturing”, la efectividad de las gestiones del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), en específico de la Compañía de Fomento Industrial (PRIDCO) adscrita al mismo, para impulsar y potenciar este sector, así como identificar las medidas necesarias, enmiendas y ajustes para atemperar el marco legal vigente a dichos fines; y otros asuntos relacionados.
Sección 2.-Las comisiones rendirán informes parciales, así como un informe final con sus hallazgos, conclusiones, y recomendaciones, en un término no mayor de ciento ochenta (180) días luego de aprobada esta resolución.
Sección 3.-Esta resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Apartados (nn)(3)(s) y (bbb)(18) de la sección 4010.01 Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado. ↑
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