GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 512
INFORME POSITIVO
26 de junio de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 512, presenta a este Alto Cuerpo el Informe Positivo de la presente medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 512, tiene como objetivo enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 28-2019, conocida como “Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas” para establecer parámetros bajo los cuales se celebrarán juegos y prácticas deportivas de niños y jóvenes atletas, y para otros fines relacionados.
El deporte es más que competencia; es una herramienta de formación integral que moldea carácter, disciplina y valores en nuestros niños y jóvenes. Sin embargo, en la búsqueda de éxitos tempranos, muchas veces olvidamos que detrás de cada uniforme hay un niño que merece crecer con alegría y sin presiones innecesarias. El Proyecto del Senado 512 llega para recordarnos que el bienestar de nuestros jóvenes atletas debe ser siempre la prioridad.
En Puerto Rico, hemos visto cómo la masificación del deporte ha llevado a calendarios agotadores para menores, donde las prácticas y competencias se extienden hasta altas horas de la noche o bajo el sol inclemente. Esto no solo afecta su salud física, sino también su amor por el deporte. Muchos terminan abandonando actividades que alguna vez disfrutaron, simplemente porque dejaron de ser divertidas. Esta medida busca devolverles esa diversión, asegurando que el deporte sea un espacio de crecimiento y no de estrés.
La historia de Adriana Díaz, quien brilló en el tenis de mesa desde niña, nos demuestra que el talento puede florecer sin sacrificar la infancia. Pero no todos son futuros olímpicos, y está bien que así sea. Cada niño merece vivir su proceso deportivo a su ritmo, sin comparaciones ni exigencias desmedidas. Este proyecto es un llamado a equilibrar la balanza, protegiendo a quienes practican deporte por pasión y no por obligación.
Además, el deporte es una poderosa herramienta de cohesión social. Cuando garantizamos que nuestros niños crezcan sanos y felices en sus disciplinas, estamos invirtiendo en un Puerto Rico más unido y resiliente. Las comunidades se fortalecen alrededor de canchas y estadios, pero solo si estos espacios son seguros y accesibles para todos.
Finalmente, esta medida refleja un compromiso con el futuro. Al aprobarla, no solo estamos legislando; estamos sembrando semillas para una generación que valore el esfuerzo, el juego limpio y, sobre todo, su propia salud. El deporte debe ser un aliado en su desarrollo, no un obstáculo.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión evaluó los propósitos y la intención legislativa del P. del S. 512, considerando los memoriales explicativos del Departamento de Recreación y Deportes (DRD), Comité Olímpico (COPUR), la Oficina del Procurador del Ciudadano, Buzzer Beater, la Liga Atlética Interuniversitaria (LAI), el Dr. Santiago Emanuel Quiles Guzmán, Dr. Joseph Fernández Cabrera, Ernesto Rodríguez, del Servicio Nacional de Meteorología, el Profesor Pablo A. Méndez Lázaro, el Departamento de Educación, el Departamento de Salud, y la Dra. Britgitte Merlano .Este análisis integral asegura que la medida cumpla con los objetivos de protección al menor y el desarrollo deportivo.
El miércoles, 21 de mayo de 2025, la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes, celebró una Vista Pública, en el Salón Luis Negrón López, donde se consideró el Proyecto del Senado 512. Los deponentes que asistieron fueron, Sra. Sara Rosario, presidenta del Comité Olímpico, la Lcda. Marisabel Velázquez García, Asesora legal y el Sr. Edwin Hernández del Departamento de Recreación y Deportes (DRD), el Sr. Edwin García Feliciano de la Oficina del Procurador del Ciudadano, y el Lcdo. Jorge O. Sosa Ramírez, presidente de la LAI.
El miércoles, 4 de junio de 2025, la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes, celebró una segunda Vista Pública, en el Salón Luis Negrón López, donde se consideró nuevamente el Proyecto del Senado 512. En esta ocasión, los deponentes que asistieron fueron, el Sr. Ernesto Rodríguez, del National Weather Service Weather Forecast, la Lcda. Saraí Ruiz Maisonet, directora de Política Pública del Departamento de Educación y el Prof. Félix A. González Crespo, facilitador docente del Programa de Educación Física, el Doctor Santiago E Quiles Guzmán, el Dr. Joseph Fernández Cabrera, la Dra. Britgitte Merlano, y el Dr. Pablo A. Méndez Lázaro.
DEPARTAMENTO DE RECREACIÓN Y DEPORTES
El Departamento de Recreación y Deportes (DRD) expresa su apoyo al Proyecto del Senado 512, el cual busca enmendar el Articulo 4 de la Ley Núm. 28-2019, conocida como la “Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas”. El DRD destaca la importancia de establecer parámetros claros para regular prácticas y competencias deportivas, con el fin de proteger la salud física y emocional de los jóvenes atletas. La agencia valora que la medida promueva un enfoque recreativo y evite la sobrecarga de actividades, asegurando que los menores se desarrollen como niños y no bajo presiones adultas.
Sin embargo, el DRD señala una discrepancia en el alcance de la enmienda propuesta. Mientras la Ley Núm. 28-2019 define a los jóvenes deportistas como aquellos entre 4 y 18 años, el P. del S. limita su protección hasta los 17 años. Por ello, recomienda ajustar el lenguaje para extender los derechos hasta los 18 años, garantizando coherencia con la legislación vigente y una protección integral para todos los menores involucrados en actividades deportivas.
Adicionalmente, el DRD solicita la asignación de recursos para reclutar diez (10) inspectores dedicados a fiscalizar el cumplimiento de la “Carta de Derechos”. Esta medida fortalecería la capacidad de la agencia para supervisar prácticas y competencias, asegurando que las disposiciones de la ley se apliquen efectivamente. El DRD enfatiza que esta inversión es crucial para garantizar transparencia y responsabilidad en el sistema deportivo juvenil.
Por otro lado, el DRD presenta un memorial suplementario en respuesta a solicitudes específicas de la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes, tras su participación en la Vista Pública del 21 de mayo de 2025. Reitera su posición clave, extender la protección de la “Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas” hasta los 18 años, en lugar de los 17 propuestos en el P. del S. 512, argumentando que muchas ligas juveniles incluyen categorías hasta esa edad. Además, rechaza la sugerencia de la Liga Atlética Interuniversitaria (LAI) de limitar la protección a los 16 años, destacando que no todos los jóvenes de 16-18 son universitarios.
El DRD fundamenta sus recomendaciones en el Reglamento 9179 "Reglamento para la Protección de los Menores en el Deporte: Principios para la Participación Deportiva en las Categorías Menores" (2020), que ya establece parámetros especializados por edad, como horas máximas de práctica y días de descanso. Durante la elaboración de este reglamento, se consultó, a médicos, psicólogos deportivos, y educadores, lo que avala su enfoque técnico. El documento también aclara exclusiones aplicables (escuelas deportivas especializadas, selecciones nacionales y atletas de alto rendimiento), pero insiste en que ligas regulares deben cubrirse hasta los 18 años.
Sobre los horarios y condiciones climáticas, el DRD propone ajustes específicos:
Finalmente, el DRD reitera su disposición para colaborar en el desarrollo de la medida, enfatizando que estas modificaciones buscan equilibrar la protección de los jóvenes con la viabilidad operativa de los eventos deportivos. Subraya que las decisiones deben priorizar el bienestar de los menores, adaptándose a condiciones climáticas y necesidades específicas, sin perder de vista el contexto único de cada disciplina deportiva.
COMITÉ OLÍMPICO (COPUR)
El Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR) expresa su apoyo al objetivo central del P. del S. 512, que busca proteger a los jóvenes deportistas de excesos físicos y competitivos mediante la enmienda a la “Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas”. Destaca la importancia de priorizar el desarrollo integral, emocional y social de los menores sobre la obtención de logros deportivos, enfatizando que la competencia debe ser una herramienta de aprendizaje y diversión. Sin embargo, el COPUR advierte que la medida actual propone regulaciones generalizadas que no consideran las particularidades de cada disciplina deportiva, desde diferencias en intensidad hasta condiciones ambientales (como deportes al aire libre vs. en interiores).
El memorial subraya la necesidad de establecer excepciones para atletas de alto rendimiento juvenil, como Adriana Díaz en tenis de mesa, cuyas necesidades de entrenamiento y competencia difieren de las de la población general. El COPUR insta a consultar a federaciones deportivas para ajustar horarios y cargas de trabajo según cada disciplina, especialmente en deportes con mayor exposición al sol (como el fútbol) o contacto físico. Además, propone analizar investigaciones médicas y modelos regulatorios internacionales para diseñar políticas más efectivas, en línea con estándares olímpicos.
Un punto crítico es el rol de los padres y entrenadores en la sobrecarga de actividades. El COPUR señala casos donde menores practican múltiples deportes simultáneamente, combinando escuela, ligas y selecciones nacionales, lo que excede sus capacidades físicas y emocionales. Recomienda que la legislación incluya mecanismos de educación para familias y técnicos, promoviendo un balance entre el desarrollo deportivo y el bienestar del menor.
Finalmente, el COPUR sugiere esperar los resultados de la investigación propuesta en la Resolución 121, que evalúa el cumplimiento de leyes deportivas vigentes, antes de implementar nuevas enmiendas. Ofrece su colaboración para conciliar las necesidades de protección infantil con las realidades del alto rendimiento, asegurando que el deporte siga siendo un espacio seguro y formativo. El memorial cierra reafirmando el compromiso del COPUR con valores olímpicos y el desarrollo de una sociedad más sana a través del deporte.
OFICINA DEL PROCURADOR DEL CIUDADANO
La Oficina del Procurador del Ciudadano manifiesta su apoyo al P. del S. 512, que busca enmendar la "Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas" para regular prácticas y competencias deportivas. Destaca que el deporte es fundamental en la formación de valores como disciplina y compañerismo, pero advierte que la presión excesiva puede alejar a los jóvenes de estas actividades. La institución enfatiza la necesidad de proteger a los menores de exigencias físicas y emocionales prematuras, que no solo afectan su salud, sino que contradicen el espíritu formativo del deporte.
Basándose en experiencias personales como abuelo de un joven deportista, el Procurador propone ajustes específicos al proyecto. Sugiere reducir el horario de prácticas para adolescentes (12-17 años) a un máximo de 5 horas semanales, modificar el intervalo de prohibición de actividades bajo el sol (de 11:30 AM a 1:30 PM, con énfasis en niños de 5-8 años), y limitar los horarios de competencias nocturnas (hasta las 9:00 PM de domingo a jueves y 10:00 PM los fines de semana). Estas recomendaciones buscan garantizar el descanso adecuado y conciliar la vida deportiva con las obligaciones escolares.
El memorial cita datos alarmantes: el 75% de los niños abandonan los deportes organizados antes de los 13 años, principalmente por presión excesiva de entrenadores y familiares. Señala problemas específicos como el exceso de lanzamientos en béisbol juvenil y la exclusión de jugadores menos destacados durante los partidos. Estos ejemplos ilustran cómo prácticas competitivas mal orientadas pueden convertir el deporte en una experiencia negativa, alejando a los jóvenes de sus beneficios formativos.
Finalmente, la Oficina reafirma su compromiso con el desarrollo integral de la niñez y ofrece su colaboración para perfeccionar la medida. Subraya que el proyecto representa un avance crucial para asegurar que el deporte juvenil priorice el bienestar sobre los resultados, creando espacios donde los niños puedan disfrutar mientras desarrollan habilidades físicas y valores sociales. Las recomendaciones presentadas buscan equilibrar protección efectiva con practicidad operativa.
BUZZER BEATER
Buzzer Beater LLC, organización dedicada a promover el deporte escolar en Puerto Rico, expresa su apoyo general al P. del S. 512 que busca regular prácticas y competencias deportivas para menores. La empresa valora especialmente la disposición que establece un enfoque recreativo (no competitivo) para niños de 5 a 8 años, eliminando anotaciones visibles en partidos oficiales, medida que consideran alineada con políticas internacionales para evitar presión física y psicológica en edades tempranas. Reconocen los avances logrados en años recientes para concienciar sobre la sobrecarga de actividades en jóvenes deportistas.
Sobre las limitaciones propuestas, Buzzer Beater apoya mantener el máximo de `dos (2) juegos diarios para jóvenes de 9 a 17 años, norma ya existente en Puerto Rico. Sin embargo, manifiestan preocupación por la reducción de juegos semanales de 4 a 3, señalando que esto impactaría significativamente la estructura de torneos y ligas escolares. Destacan que su organización ya implementó voluntariamente muchas de estas medidas protectoras, pero sugieren evaluar cuidadosamente el efecto de esta reducción en el aspecto competitivo, físico y logístico antes de su implementación definitiva.
El memorial cuestiona específicamente la prohibición total de actividades entre 11:00 AM y 2:00 PM bajo el sol. Como empresa con experiencia en eventos deportivos en el clima caribeño, proponen alternativas más flexibles: implementar pausas hidratación obligatorias, proveer sombra artificial y diferenciar normas por edades, en lugar de una prohibición absoluta. Recomiendan consultar a expertos en salud y entrenamiento deportivo para diseñar medidas que protejan a los jóvenes sin afectar drásticamente la operación de eventos, especialmente considerando las altas temperaturas características de Puerto Rico.
Finalmente, Buzzer Beater reafirma su compromiso con la protección de jóvenes atletas y ofrece su colaboración para implementar estas medidas. Aunque respaldan el espíritu del proyecto, enfatizan la necesidad de balancear protección con practicidad, sugiriendo un periodo de transición y evaluación de impacto antes de aplicar cambios radicales al sistema deportivo actual. Agradecen la oportunidad de aportar su perspectiva como organizadores de eventos nacionales con amplia experiencia en el deporte escolar puertorriqueño.
LIGA ATLÉTICA INTERUNIVERSITARIA (LAI)
La Liga Atlética Interuniversitaria (LAI), con 96 años de historia y 17 universidades afiliadas, expresa sus reservas sobre la aplicación del P. del S. 512 al deporte universitario. La organización destaca que su programa deportivo anual (20 disciplinas) está diseñado como complemento educativo y etapa de desarrollo para atletas de alto rendimiento, muchos de los cuales representan a Puerto Rico en competencias internacionales. Con solo ocho (8) atletas de 17 años y 336 (trescientos treinta y seis) de 18 años en el año académico 2024-2025, la LAI argumenta que sus participantes son mayormente adultos jóvenes con preparación física avanzada.
La LAI detalla sus protocolos de seguridad, incluyendo una Comisión de Salud y Seguridad con profesionales médicos que supervisan lesiones, organizan talleres preventivos y aplican evaluaciones específicas (como el protocolo de conmociones cerebrales con la UPR). Estos mecanismos, junto con acuerdos con instituciones como el Albergue Olímpico de Salinas, garantizan prácticas seguras sin necesidad de regulaciones adicionales. Ejemplifica casos como Gladymar Torres (UAGM) y Diego González (RUM), atletas que requieren entrenamientos intensivos para alcanzar marcas competitivas.
Sobre las disposiciones específicas del proyecto, la LAI solicita exenciones o ajustes: 1) Permitir más de dos combates/juegos diarios en deportes como judo o atletismo; 2) Flexibilizar los horarios bajo el sol (11:00 AM - 2:00 PM) debido a limitaciones de instalaciones y logística; 3) Eximir a los partidos universitarios de restricciones estrictas de finalización, ya que factores como lluvia o congestión vehicular pueden causar retrasos inevitables. Recomienda modificar el límite de edad a 16 años o excluir explícitamente al deporte universitario.
Finalmente, la LAI enfatiza que sus calendarios (como el Festival Deportivo 2026 en Mayagüez) ya equilibran competitividad y bienestar estudiantil. Ofrece colaboración para ajustar la redacción del proyecto, asegurando que no obstaculice el desarrollo de atletas universitarios ni la operación de eventos consolidados, que son vitales para el ecosistema deportivo y académico de Puerto Rico. Subraya que sus estándares actuales, avalados por rectores y profesionales médicos, son suficientes para proteger a sus 2,991 estudiantes-atletas.
Doctor Santiago E. Quiles Guzmán
El Dr. Santiago Quiles Guzmán, pediatra especializado en salud deportiva infantil y fundador de Q Pediatrics PR, presenta una ponencia fundamentada en evidencia médica y experiencia personal como exatleta. Destaca que los niños no son "adultos pequeños" y que su participación deportiva debe adaptarse a etapas de desarrollo, puramente recreativa hasta los 7-9 años, competitiva sin especialización hasta los 14, y con periodos de descanso intercalados (8 meses de práctica principal, 4 meses en otros deportes). En su memorial cita guías de la Academia Americana de Pediatría y estudios locales, como su investigación con el Dr. Micheo sobre lesiones por sobrecarga en voleibol, que demuestran cómo el exceso de competitividad temprana lleva al abandono deportivo.
El memorial propone cuatro acciones concretas: 1) Fomentar investigaciones locales sobre participación infantil en deportes, considerando factores únicos de Puerto Rico (clima, geografía y condiciones médicas prevalentes); 2) Crear un banco de datos centralizado para registrar tiempos de práctica, lesiones y desempeño de jóvenes atletas, evitando sobrecarga y exclusión de talentos por razones económicas; 3) Certificar entrenadores y árbitros para ingresar datos en tiempo real; 4) Establecer evaluaciones médicas obligatorias para atletas desde los 14 años que compitan a nivel nacional/internacional, previniendo riesgos de salud y dopaje. Reconoce que debe haber un portal universal, pero la implementación de este en todas las disciplinas deportivas en nuestro país es muy complicada. Por tal motivo, el Doctor entiende que tiene que ser uno de manera escalonada. Por lo tanto, expresa que no debemos esperar éxito a corto plazo. Destaca que tomará unos 15 a 20 años para que tengamos un sistema funcional y hábil para cosechar éxitos.
Como solución inmediata, el Dr. Quiles recomienda formar un grupo multidisciplinario (médicos, psicólogos, entrenadores y federaciones) para diseñar políticas basadas en evidencia. Critica la falta de datos locales que adapten modelos extranjeros (como los de la NBA o MLB) a la realidad puertorriqueña, donde factores como el calor extremo y la disponibilidad de instalaciones requieren enfoques diferenciados. Subraya la urgencia de actuar, citando su experiencia clínica con lesiones prevenibles en jóvenes sometidos a calendarios competitivos excesivos.
Finalmente, el médico enfatiza que el deporte infantil debe priorizar salud sobre resultados. Su propuesta busca equilibrar el desarrollo de talentos con protección integral, evitando el "burnout" y creando oportunidades equitativas. El memorial cierra con un llamado a invertir en investigación científica como base para políticas públicas sostenibles en deporte juvenil.
DR. JOSEPH FERNÁNDEZ CABRERA
El Dr. Joseph Fernández Cabrera, pediatra y especialista en Medicina Deportiva, respalda el Proyecto del Senado 512 pero propone enmiendas basadas en evidencia científica. Destaca como avances positivos los límites a días de práctica, la valoración del descanso y las regulaciones ambientales, alineadas parcialmente con estándares de la NBA y American Academy of Pediatrics (AAP). Sin embargo, advierte que limitar solo la frecuencia de prácticas no es suficiente, citando estudios como los de Jayanthi et al. (2015) que identifican la falta de fuerza neuromuscular como principal factor de riesgo de lesiones en jóvenes atletas.
El memorial presenta recomendaciones técnicas clave: 1) Incluir un día semanal obligatorio de fortalecimiento físico y técnica (no contabilizado como práctica), respaldado por un metaanálisis del British Journal of Sports Medicine (2018) que muestra reducción del 66% en lesiones por sobreuso; 2) Implementar exámenes físicos preparticipativos anuales y exigir “athletic trainers” certificados en todas las instituciones deportivas, medida que en Texas redujo emergencias en un 35%; 3) Adaptar cargas de entrenamiento por edad ( Ej. 7 horas semanales máximo para niños de 7 años) y fomentar la multiparticipación deportiva antes de los 14-16 años para prevenir burnout.
Como políticas complementarias, sugiere: 1) Campañas educativas para padres y entrenadores, 2) Equipos multidisciplinarios (psicólogos, nutricionistas, pediatras) en federaciones deportivas; y 3) uso de índices WBGT para regular exposición al calor. Propone flexibilidad en los parámetros según cada disciplina, previa validación del DRD, reconociendo diferencias entre deportes como baloncesto y natación. Incluye datos locales preocupantes como el es estudio del Hospital Pediátrico (2021) reveló que el 90% de lesiones juveniles ocurren sin supervisión médica inmediata.
Concluye que los proyectos deben trascender lo restrictivo para incorporar educación, ciencia del entrenamiento y acompañamiento profesional. Anexa evidencia visual, como la Figura #1 que muestra la eficacia de programas de fortalecimiento (reducción del 66% de lesiones) y la Figura #2 sobre el impacto de “athletic trainers” ( 40% menos incidentes). El Dr. Fernández enfatiza que esta medida, aunque requieren inversión inicial, son escalables y esenciales para proteger el desarrollo integral de los jóvenes atletas en Puerto Rico.
SR. ERNESTO RODRÍGUEZ, DEL NATIONAL WEATHER SERVICE WEATHER FORECAST
El Servicio Nacional de Meteorología (NWS) de San Juan respalda el Proyecto del Senado 512 y destaca la importancia de integrar criterios meteorológicos en la regulación de actividades deportivas juveniles al aire libre. Como agencia especializada, el NWS enfatiza los riesgos asociados al calor extremos en Puerto Rico, particularmente en deportes como fútbol, baloncesto y béisbol, donde la exposición prolongada al sol puede derivar en golpes de calor y otras emergencias médicas. Propone utilizar sus productos oficiales, como el Índice de Calor (Heat Index), para guiar decisiones basadas en evidencia científica.
Entre sus recomendaciones clave, el NWS sugiere: 1) Suspender actividades deportivas cuando se emitan Avisos de Calor Extremo (Heat Extreme Warnings), que indican índices superiores a 112 F; 2) Implementar medidas adicionales durante advertencias de calor (Heat Advisories), como hidratación frecuente y descansos obligatorios bajo sombra. Destaca que estados como Texas y California ya aplican estos protocolos con éxito, adaptándose a pronósticos en tiempo real en lugar de prohibiciones horarias fijas.
El memorial propone una colaboración formal entre NWS y el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para capacitar a entrenadores en la interpretación de alertas meteorológicas, desarrollar materiales educativos y establecer canales de comunicación ágiles. Además, recomienda campañas comunitarias con afiches informativos en instalaciones deportivas y difusión de alertas a través de redes del DRD, asegurando que las medidas preventivas lleguen a todos los actores involucrados.
Finalmente, el NWS ofrece su expertise técnico para enriquecer el proyecto, subrayando que integrar datos meteorológicos oficiales no solo protege la salud de los jóvenes atletas, sino que también optimiza la logística de eventos. Concluye que esta aproximación, basada en ciencia y adaptabilidad, complementaría efectivamente las disposiciones del P. del S. 512, especialmente en un territorio insular con clima tropical como Puerto Rico.
DR. PABLO A. MÉNDEZ LÁZARO
El Profesor Pablo Méndez Lázaro, experto en clima y salud ambiental de la UPR, presenta evidencia contundente sobre los riesgos del calor extremo para jóvenes atletas en Puerto rico. Basado en estudios locales (2012-2024), demuestra que las temperaturas en la isla han batido récords históricos, con episodios que superan los 39.9 C (103.8 F), agravados por la humedad tropical. Destaca que estos eventos causan desde deshidratación y golpes de calor hasta complicaciones cardiovasculares y renales, especialmente en poblaciones vulnerables como niños y adolescentes. Datos del Departamento de Salud (2024) revelan 28,400 visitas a salas de emergencia por enfermedades relacionadas al calor, aunque el 85% correspondió a mayores de 50 años.
El memorial identifica deportes de alto riesgo como futbol, atletismo y ciclismo, donde las enfermedades por calor son 11.4 veces más frecuentes que en otros. Contrasta con deportes acuáticos (vela) o en interiores climatizados, que ofrecen mayor seguridad térmica. Incluye testimonios impactantes de escuelas donde estudiantes y personal sufrieron mareos, desmayos y taquicardias durante olas de calor, evidenciando la urgencia de protocolos adaptados. Un estudio en colaboración con el NWS muestra que zonas urbanas como San Juan y Ponce son municipios de calor extremo con temperaturas muy elevadas.
Entre las recomendaciones clave, propone: 1) Identificar deportes de alto riesgo mediante análisis de vulnerabilidad; 2) Implementar medidas diferenciadas (hidratación obligatoria, sombra y ajuste de horarios) según cada disciplina; 3) Capacitar a entrenadores en el uso del Índice de Calor del NWS para suspender actividades cuando supere los 112 F; 4) Priorizar la reforestación en instalaciones deportivas para mitigar el efecto del calor. Destaca que, tras huracanes como María, se registraron hasta 11 días consecutivos de calor extremo, combinando peligros climáticos.
El Dr. Méndez Lázaro concluye que el P. del S. 512 debe integrar un enfoque científico y adaptativo, considerando las proyecciones del Lancet Countdown: el Caribe perdió 10,000 vidas por calor entre 2013-2022, con un aumento del 103% en mortalidad en adultos mayores. Destaca que la evidencia científica sugiere que los deportes acuáticos o deportes interiores con ambiente climatizado son considerados de menor riesgo al calor Extremo. Sin embargo, en el caso del deporte de vela, por ejemplo, los niños, los voluntarios, y los oficiales del Deporte pueden estar horas en el “BoatPark” y en el “Launching Area” expuestos a altas temperaturas. Una vez inicie la competencia, los niños están en el agua y el océano son termorreguladores, que ayudan a reducir la temperatura atmosférica y la temperatura corporal de los organismos.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) expresa su apoyo al P. del S. 512, que busca enmendar la "Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas" para regular prácticas y competencias deportivas. Destaca que el proyecto alinea con su misión constitucional de garantizar el desarrollo integral de los estudiantes, protegiendo su bienestar físico y emocional. El DEPR valora especialmente los parámetros propuestos sobre frecuencia de prácticas, periodos de descanso y condiciones climáticas, que consideran las limitaciones fisiológicas y psicológicas de los menores frente a los adultos.
No obstante, el DEPR aclara que su Programa de Educación Física (regido por la Carta Circular 09-2023-2024) ya opera bajo estrictos protocolos de seguridad. Este programa se estructura en tres fases (académica, intramural e interescolar), supervisadas por maestros certificados y enfocadas en objetivos educativos más que competitivos. Las actividades, que requieren autorizaciones parentales y planes de trabajo formales, promueven inclusión, estilos de vida saludables y uso responsable del tiempo libre, diferenciándose de iniciativas deportivas privadas no reguladas.
El memorial enfatiza que los maestros de Educación Física cumplen con descripciones de puesto (DE-16) que incluyen garantizar ambientes seguros, planificar actividades según edad y madurez, y evaluar riesgos. Además, el currículo revisado en 2022 y los procesos de evaluación docente aseguran que las prácticas cumplan con estándares de protección al menor. El DEPR subraya que sus normas actuales ya abordan preocupaciones como la sobrecarga física y la exposición a condiciones climáticas adversas durante el horario lectivo.
Finalmente, el DEPR respalda la aprobación del proyecto pero recalca la solidez de su marco regulatorio existente. Ofrece colaboración para implementar las disposiciones del P. del S. 512, reafirmando su compromiso con políticas públicas que equilibren desarrollo deportivo y seguridad estudiantil. El memorial concluye destacando la disposición del DEPR para aclarar dudas o proveer información adicional a la Comisión.
DEPARTAMENTO DE SALUD
El Departamento de Salud de Puerto Rico (DSPR), en cumplimiento de su mandato constitucional y legal, presenta su posición ante el Proyecto del Senado 512 (P. del S. 512), el cual busca enmendar la Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas. La medida propone regular juegos y prácticas deportivas para garantizar el bienestar físico y mental de los jóvenes atletas, alineándose con principios de equidad y derechos fundamentales promovidos por UNICEF. El DSPR, a través de la Secretaría Auxiliar de Servicios para la Salud Integral (SASSI), respalda la iniciativa por su enfoque preventivo y salubrista.
La SASSI, como parte del DSPR, coordina estrategias para promover la salud integral en todas las etapas de la vida, enfatizando la prevención, la equidad y los determinantes sociales de la salud. Sus divisiones trabajan en la promoción de estilos de vida saludables, la reducción de enfermedades crónicas y el fomento de políticas públicas basadas en evidencia. El P. del S. 512 se alinea con estos objetivos al establecer parámetros que protegen a los jóvenes deportistas, como límites en la duración de partidos, períodos de descanso adecuados y restricciones para actividades bajo condiciones climáticas adversas.
El memorial destaca los beneficios de la actividad física en el desarrollo infantil y adolescente, incluyendo la mejora de la salud física, mental y social. Sin embargo, advierte sobre los riesgos del exceso de ejercicio sin descanso adecuado, que puede afectar negativamente el crecimiento y bienestar de los jóvenes. La propuesta legislativa aborda estos riesgos al prohibir competencias oficiales para niños menores de nueve (9) años y limitar la carga deportiva para mayores de esa edad, garantizando un equilibrio entre recreación y competencia.
En conclusión, el DSPR endosa la aprobación del P. del S. 512 por su enfoque en la protección integral de los jóvenes deportistas y su congruencia con las políticas de salud pública. Reitera su disposición para colaborar en futuras iniciativas que fortalezcan la salud y el bienestar de la población, destacando la importancia de normas que prioricen el desarrollo saludable y la equidad en el ámbito deportivo.
BRIGGITE MERLANO PÁJARO (ESPECIALIDAD PSICOLOGÍA DEPORTIVA)
La ponencia, presentada por Briggite Merlano Pájaro, psicóloga deportiva y atleta olímpica, aborda la importancia de proteger los derechos físicos, emocionales y educativos de los jóvenes deportistas en Puerto rico, en el marco de la Ley Núm. 28-2019. Esta ley establece derechos fundamentales, como el disfrute del deporte como actividad recreativa, el trato digno y equitativo, la no discriminación, y la protección contra el abuso físico o verbal. La deponente enfatiza que respetar estos derechos previene el burnout deportivo, fomenta ambientes saludables y promueve la permanencia de los niños en el deporte, formando ciudadanos emocionalmente resilientes.
Se presentan estudios empíricos que evidencian los riesgos emocionales asociados a la competencia temprana. Por ejemplo, investigaciones como las de Contreras y ramos (2013) revelan que el 48% de los jóvenes atletas que abandonan el deporte presentan ansiedad social y conductas evitativas. Además, Burgos Corsino (2002) destaca que el 60% de los estudiantes atletas universitarios consideran dejar el deporte debido a la presión académica y la falta de apoyo psicológico especializado. Estos hallazgos subrayan la necesidad de políticas que equilibren las demandas deportivas con el bienestar integral de los jóvenes.
La ponencia también analiza las etapas psicosociales del desarrollo infantil (3-12 años) y su relación con la práctica deportiva. En la etapa de iniciativa vs. Culpa (3-6 años), se recomienda fomentar el juego libre y evitar reprimir errores para no generar culpa. En la fase de Laboriosidad vs. Inferioridad (6-12 años), se sugiere adaptar las actividades al nivel del niño para evitar sentimientos de inferioridad. Estos enfoques con clave para construir autonomía, resiliencia y valores éticos en los jóvenes deportistas.
Finalmente, se proponen acciones intersectoriales para implementar la Ley Núm. 28, como la creación de un Registro Nacional de Salud del Deportista Menor por parte del Departamento de Salud, y la promoción de talleres para padres y entrenadores por parte de federaciones deportivas. Se destaca el rol del Departamento de Educación en integrar la educación física obligatoria y el apoyo psicológico en las escuelas. La ponencia concluye que la colaboración entre agencias, familias y entrenadores es esencial para un modelo deportivo ético y sostenible, alineado con los derechos y necesidades de los jóvenes atletas.
IMPACTO FISCAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico, certifica que, el P. del S. 512 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
El Proyecto del Senado 512 es un paso firme hacia un deporte más humano y seguro. No se trata de limitar sueños, sino de proteger a quienes los construyen con esfuerzo y alegría. Cada niño que corre tras un balón o levanta una raqueta merece hacerlo con la certeza de que su bienestar está primero.
Esta medida honra el espíritu del deporte como herramienta de desarrollo, no de explotación. Al regular horarios, cargas de entrenamiento y competencias, estamos devolviendo a los niños el derecho a ser niños. Que el recuerdo de su infancia deportiva sea de camaradería, no de agotamiento.
En la Vista Pública celebrada el 21 de mayo de 2025, se discutió la propuesta de extender la protección de la enmienda propuesta a los 18 años, considerando la edad en la que los estudiantes comienzan en la universidad. Se mencionó la necesidad de una mesa participativa para adaptar las regulaciones a diferentes escenarios y temperaturas. El DRD sugirió un presupuesto para reclutar diez (10) inspectores adicionales para garantizar el cumplimiento de la Ley Núm.28-2019. Además, se habló sobre la carga física de jóvenes atletas, destacando la responsabilidad de los padres sobre ellos. Se mencionó que las prácticas deben comenzar y terminar a tiempo, evitando que haya una sobre carga en los jóvenes.
Además, se abordó la problemática de los padres que consumen bebidas alcohólicas durante eventos, y se sugirió una colaboración entre padres, entrenadores y municipios para mejorar la organización y seguridad de los eventos deportivos. Por otro lado, se mencionó que la participación de los jóvenes en torneos debe ser limitada para evitar cargas excesivas, con un máximo de participaciones permitidas. Se propuso una campaña educativa para informar a los padres sobre la importancia de un desarrollo equilibrado. También se abordaron los altos costos de los torneos y la necesidad de un sistema integrado para controlar la carga de juegos en los niños.
En la Vista Pública celebrada el 4 de junio de 2025, se discutió la necesidad de implementar protocolos de advertencia y prevención ante calor extremo en Puerto Rico, destacando la colaboración con el Departamento de Salud y el Servicio Nacional de Meteorología. Además, se propuso la creación de un plan de acción para el desarrollo sano del deporte en niños y jóvenes, incluyendo la creación de un banco de talento y la certificación de entrenadores. También se sugirió la formación de un grupo de trabajo interdisciplinario para abordar estos temas. Se recomendó el uso de vestimenta adecuadas y la hidratación obligatoria. Se mencionó la importancia de identificar áreas más calientes en Puerto Rico utilizando herramientas satelitales y sensores. Se propuso adaptar horarios y lugares de entrenamiento, y modificar actividades físicas en función de las temperaturas.
También se sugirió crear campañas de conciencia para aumentar la sensibilización sobre los riesgos del calor extremo. Se destacó la necesidad de flexibilidad en horarios y lugares de entrenamiento para reducir la exposición al calor. Se sugirió la creación de boletines informativos y charlas educativas para entrenadores y maestros, y se mencionaron ejemplos de protocolos. Se mencionó la necesidad de portales médicos digitales para registrar la participación en tiempo real. Además, se destacó la importancia de la educación y capacitación de entrenadores, psicólogos y padres para evitar el maltrato y la sobrecarga.
Se enfatizó la importancia de la fortaleza y la técnica desde temprana edad, y se propuso la creación de programas multidisciplinarios que incluyan médicos especializados en medicina deportiva, nutricionistas y entrenadores físicos. Además, se discutió la importancia de identificar y manejar los síntomas emocionales en deportistas, como el miedo, la ansiedad y la depresión. También se destacó la importancia de la participación intramural y la experiencia recreativa para los estudiantes. Finalmente, se propuso una campaña educativa para padres y entrenadores, enfocada en la prevención de lesiones y el desarrollo atlético adecuado.
Los testimonios de padres, entrenadores y atletas reflejan una realidad que no podemos ignorar. El exceso no es sinónimo de excelencia, y este proyecto sienta un precedente para cambiar esa narrativa. Puerto Rico tiene el potencial de ser ejemplo en deporte juvenil responsable.
Aprobarla es apostar por un futuro donde el deporte sea sinónimo de salud, inclusión y orgullo. Donde cada medalla ganada tenga detrás una historia de superación, pero también de disfrute.
Por todo lo anterior, la Comisión recomienda la aprobación del P. del S. 512 con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico.
Respetuosamente sometido,
Hon. Rafael “Rafy” Santos Ortiz
Presidente
Comisión Juventud, Recreación y Deportes
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