GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. DE LA C. 262
INFORME POSITIVO
9 de junio de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 262, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:
“Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva para auscultar la posibilidad de adoptar nuevas medidas y/o métodos de inspección a las edificaciones privadas y públicas, dedicadas a eventos multitudinarios donde se puedan reunir y/o cuenten con una capacidad de doscientas (200) personas o más, ya existentes en Puerto Rico; para actualizar o enmendar el Código de Construcción de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.”
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara Núm. 262 tiene el propósito de realizar una investigación exhaustiva para auscultar la posibilidad de adoptar nuevas medidas y/o métodos de inspección a las edificaciones privadas y públicas, dedicadas a eventos multitudinarios donde se puedan reunir y/o cuenten con una capacidad de doscientas (200) personas o más, ya existentes en Puerto Rico; para actualizar o enmendar el Código de Construcción de Puerto Rico.
Según se detalla en la exposición de motivos, los códigos de construcción proporcionan normas mínimas para salvaguardar la vida, la salud, la prosperidad y el bienestar público, regulando el diseño, la construcción, la calidad, la ubicación y el mantenimiento de todas las edificaciones y estructuras dentro de una jurisdicción. Así, la industria de la construcción en Puerto Rico está regida por el “Puerto Rico Building Code”, conocido como el Código de Construcción de Puerto Rico, según adoptado en el año 2018 por la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), Reglamento Núm. 9049, 15 de noviembre de 2018.
Asimismo, indican que, en Puerto Rico, los códigos de construcción deben ser revisados cada tres años, a partir de la fecha de su adopción. No obstante, entienden que, por la ubicación geográfica, los huracanes, sismos y terremotos, la infraestructura ha sufrido daños, algunos de los cuales son perceptibles a simple vista y otros no.
Por otro lado, hacen referencia a la tragedia vivida en la República Dominicana, en donde el techo de una discoteca colapsó, dejando cientos de personas muertas y otras heridas. Esto, unido a la realidad de que en nuestra Isla existen muchas edificaciones multipisos y otras tantas que sirven de escenario para eventos multitudinarios, por lo cual estiman necesario que se realice una investigación sobre el particular.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
En atención a lo expuesto, la Comisión de Asuntos Internos concluye que la medida propuesta tiene un fin loable y cumple con los requisitos legales y constitucionales necesarios para su aprobación. Por nuestra parte, como comisión cameral, entendemos que la Resolución objeto de análisis cumple con los requisitos constitucionales, estatutarios y jurisprudenciales aplicables para su aprobación.
Por tal razón, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 262, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Respetuosamente sometido,
PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos
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