GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 272
23 DE ABRIL DE 2025
Presentada por el representante Márquez Lebrón
y las representantes Gutiérrez Colón y Lebrón Robles
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el alarmante aumento en las muertes de la población del sistema correccional de Puerto Rico; con énfasis en los hallazgos encontrados y recomendaciones contenidas en el “Informe sobre las Muertes de Personas Privadas de Libertad bajo la Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación” emitido por la Comisión de Derechos Civiles de Puerto Rico.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Comisión de Derechos Civiles de Puerto Rico (CDC) fue creada mediante la Ley Núm. 102 de 28 de junio de 1965, según enmendada, con el propósito de velar por la protección de los derechos fundamentales, gestionar ante los individuos y ante las autoridades gubernamentales la protección de los derechos y el estricto cumplimiento de las leyes que amparan esos derechos.
El pasado 27 de enero del año en curso, la Comisión de Derechos Civiles emitió un informe titulado: “Informe sobre las Muertes de Personas Privadas de Libertad bajo la Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación”. Según indica el informe: “[a] raíz del alza en las muertes de personas privadas de libertad en las instituciones correccionales del país y la constante radicación de querellas por parte de familiares denunciando violaciones de derechos por parte del sistema correccional, y la información publicada en distintos medios de comunicación, la Comisión realizó una investigación que concluye con la publicación de este informe”.
Del análisis de los datos revisados en el Informe, se identifica “un alarmante aumento en las muertes de la población del sistema correccional en el periodo entre 2011 y 2024”. Además, el informe concluye que: “[e]n los últimos seis años las muertes de confinados se han mantenido en un alza constante, siendo el 2021 el año con mayor cantidad de muertes para un total de 94. Contrario a lo que se ha reportado en la prensa del país, del análisis de los datos se desprende que la principal causa de muerte es por sobredosis de drogas y la segunda por sepsis, una condición que puede ser desarrollada por la ineficacia o insuficiencia de los servicios médicos. Esta es una de las alegaciones más frecuentes en las querellas que se presentan ante esta Comisión.”
El informe incluye unas recomendaciones al Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación, a la Directora Ejecutiva del Instituto de Ciencias Forenses y al Secretario de la Gobernación que deben ser atendidas con la seriedad que esta situación amerita.
Por todo lo antes expuesto, es fundamental que esta Cámara de Representantes investigue todo lo relacionado con el alarmante aumento en las muertes de la población del sistema correccional de Puerto Rico; con énfasis en los hallazgos encontrados y recomendaciones contenidas en el “Informe sobre las Muertes de Personas Privadas de Libertad bajo la Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación” emitido por la Comisión de Derechos Civiles de Puerto Rico.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1. – Se ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el alarmante aumento en las muertes de la población del sistema correccional de Puerto Rico; con énfasis en los hallazgos encontrados y recomendaciones contenidas en el “Informe sobre las Muertes de Personas Privadas de Libertad bajo la Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación” emitido por la Comisión de Derechos Civiles de Puerto Rico.
Sección 2. – La investigación deberá incluir, sin limitarse a, las recomendaciones contenidas en el “Informe sobre las Muertes de Personas Privadas de Libertad bajo la Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación”, a saber:
1. Por el gran flujo de drogas en las instituciones correccionales que ha provocado múltiples muertes asociadas con sobredosis recomendamos:
a. adoptar medidas basadas en evidencia para atajar los contrabandos;
b. que en las instituciones donde se ha documentado el mayor uso de Narcan@ sean las primeras a la hora de implementar estrategias para reducir el tráfico de drogas;
c. incorporar estrategias e inspecciones externas por un organismo independiente debidamente entrenado y capacitado;
d. articular una respuesta para atender las adicciones desde el sistema correccional;
e. la creación de programas de desintoxicación y rehabilitación de adicciones a sustancias controladas en los complejos correccionales;
f. determinar cuáles miembros de la poblaci6n correccional pueden ser clasificados coma personas con problemas de adicción a sustancias controladas para ser ubicadas en módulos donde reciban tratamientos y la ayuda adecuada;
g. identificar el número de personas privadas de libertad que hayan sido acusadas o sentenciadas bajo el Artículo 404 de la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico, Ley Núm. 4 de 23 de junio de 1971, según enmendada.
2. Por los múltiples reclamos y querellas atendidas y de acuerdo con la evidencia que surge de las informes sabre muertes y autopsias sobre la falta de acceso adecuado y oportuno a servicios de salud recomendamos:
a. establecer métricas para evaluar de forma periódica el cumplimiento con el operador privado de los servicios médicos.
3. Por el desconocimiento en la aplicación de los protocolos, la inconsistencia en su aplicación, las irregularidades en las investigaciones, las respuestas tardías, y las malas decisiones operacionales recomendamos que:
a. se revisen los protocolos y los procesos de intervención en situaciones de emergencia;
b. se establezcan planes de adiestramiento:
i. en materia de derechos humanos para que toda persona en confinamiento sea tratada con el respeto y dignidad que todo ser humano merece;
ii. normas vigentes, aplicación de los protocolos, y articulación de respuestas ante emergencias;
Estos adiestramientos se pudiesen ofrecer mediante acuerdo colaborativos.
4. Para cumplir con el acceso a la información, se recomienda al DCR la publicaci6n de todos los documentos públicos e informes preparados por la agencia incluyendo, pero sin limitarse a reglamentos, órdenes administrativas, estadísticas, e informes especiales.
5. Por la incongruencia en la recopilación de los datos estadísticos entre las agencias de seguridad pública se recomienda:
a. Establecer comités interagenciales de trabajo entre el DCR, el ICF, el Departamento de Justicia y la Policía de Puerto Rico para:
i. establecer mecanismos de comunicaci6n periódica;
ii. mantener actualizadas la información entre las agencias particularmente aquella relacionada con las muertes de personas privadas de libertad;
iii. establecer normas uniformes para la recopilación de datos.
Sección 3. – La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un término no mayor de ciento ochenta (180) días, a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 4. – Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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